º . Aplicar bilateralmente el Tercer Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica número 59 suscrito el 30 de junio de 2006, entre Colombia y otro Estado signatario del Protocolo, a partir de la fecha en la cual la Secretaría General de la ALADI comunique la puesta en vigencia bilateral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Protocolo. El texto de dicho Protocolo es el siguiente:
Artículo 1
Decreto 2545 de 2006 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Tercer Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica número 59 suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercosur y los Gobiernos de la República de Colombia, de la República del Ecuador y de la República Bolivariana de Venezuela, Países Miembros de la Comunidad Andina.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.