°. Funciones . La Comisión ejercerá las siguientes funciones
Estudiar los problemas que en la práctica enfrentan los sujetos intervinientes en el proceso de extinción del derecho de dominio, en relación con la aplicación de las normas y procedimientos consagrados en la Ley 1708 de 2014 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o desarrollen.
Recomendar y participar en la coordinación de estrategias que busquen el desarrollo eficiente de los procesos de extinción de dominio.
Recomendar la realización de estudios específicos, revisiones de problemas y/o desarrollos metodológicos, así como la utilización e interconexión de bases de datos y sistemas de información de las entidades involucradas en el proceso de extinción de dominio.
Realizar diagnósticos sobre el estado de implementación y ejecución de la Ley 1708 de 2014 y de las demás normas que la modifiquen, adicionen o desarrollen.
Expedir su propio reglamento de funcionamiento y toma de decisiones.
Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.