Micelio

Artículo 2

Para Establecer Trabajos En La Sección De Santander, A Partir Del Límite Con Boyacá Hasta El Socorro, Se Traslada A' Esa Sección El Ingeniero Que Ha Estado Actuando En El Trayecto De Boyacá, Señor Diego Páez Rueda; Y Se Limitan A La Parte De La Sección De Santander, Comprendida Entre El Limite Con Boyacá Y El Socorro, Las Funciones Del Señor Pablo Camacho Nombrado Cajero Contador De La Sección De Santander Hasta Bucaramanga

Decreto 1010 de 1921 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la vía nacional del Noroeste

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2° Para establecer trabajos en la sección de Santander, a partir del límite con Boyacá hasta el Socorro, se traslada a' esa sección el Ingeniero que ha estado actuando en el trayecto de Boyacá, señor Diego Páez Rueda; y se limitan a la parte de la sección de Santander, comprendida entre el limite con Boyacá y el Socorro, las funciones del señor Pablo Camacho nombrado Cajero Contador de la sección de Santander hasta Bucaramanga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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