Micelio

Artículo 2.2.11.1.3

Verificación Bajo El Mecanismo De Desarrollo Limpio (Mdl) De La Cmnucc

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Verificación bajo el mecanismo de desarrollo limpio (MDL) de la CMNUCC. El organismo de verificación deberá expedir una declaración de verificación que responda a la metodología definida por la CMNUCC para el MDL o aquella que la ajuste y actualice.

El organismo de verificación de emisiones de GEI deberá estar acreditado como entidad operacional designada (DOE, por sus siglas en inglés) por la Junta Ejecutiva del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) o quien haga sus veces.

Parágrafo 1

Para el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) el titular de la iniciativa deberá recibir una declaración de verificación la cual es equivalente al reporte de verificación emitido por la DOE o quien haga sus veces.

Parágrafo 2

El reporte de verificación deberá estar acompañado de los certificados de reducción de emisiones de GEI (CERs por sus siglas en inglés), que expresen la cantidad de toneladas de CO2e que se han certificado y se utilizarán para demostrar la neutralización de emisiones.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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