° Facúltase a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero para celebrar como asegurador, el contrato de seguro contra los riesgos de pérdida o deterioro a que están expuestos los productos de la agricultura y la ganadería y los que pudiere correr el acreedor de un crédito, por la imposibilidad total o parcial en que llegare a encontrarse su deudor para efectuar el pago.
Decreto 2102 de 1954 →Vigente
Artículo 1
Facúltase A La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero Para Celebrar Como Asegurador, El Contrato De Seguro Contra Los Riesgos De Pérdida O Deterioro A Que Están Expuestos Los Productos De La Agricultura Y La Ganadería Y Los Que Pudiere Correr El Acreedor De Un Crédito, Por La Imposibilidad Total O Parcial En Que Llegare A Encontrarse Su Deudor Para Efectuar El Pago
Decreto 2102 de 1954 · Por el cual se crea algunos servicios en la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.