° Campo de aplicación. Las disposiciones del presente Decreto se aplicarán a los Productos Naturales y a las Preparaciones Farmacéuticas a base de los mismos, que tradicionalmente han sido utilizados en forma empírica con fines terapéuticos y que a través de este uso y por la sustentación bibliográfica, se consideran exentos de riesgos para la salud, incluyendo los descritos en las farmacopeas oficiales en Colombia, que se fabriquen, envasen y/o empaquen, almacenen y expidan en todo el territorio nacional.
Decreto 1524 de 1990 →Vigente
Artículo 1
Campo De Aplicación
Decreto 1524 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979 Título VI y XI en lo referente a fabricación, envase o empaque, almacenamiento y expendio de los Productos Naturales con usos terapéuticos tradicionales, empíricos y las Preparaciones Farmacéuticas a base de los mismos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.