Micelio

Artículo 28

De La Fecha Fijada Para Hacer El Pago En Adelante, Éste Podrá Verificarse Por Cuotas Mensuales, Trimestrales O Semestrales, Por El Sistema De Amortización Gradual O Por Otro Sistema Que Se Acuerde Entre Las Partes

Decreto 576 de 1941 · Por el cual se reglamenta el decreto legislativo número 1447 de 18 de julio de 1940

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la fecha fijada para hacer el pago en adelante, éste podrá verificarse por cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, por el sistema de amortización gradual o por otro sistema que se acuerde entre las partes. También pueden convenir éstas en que el servicio de la deuda se aligere durante un período inicial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 576 de 1941