Micelio

Artículo 13

Los Directores De Las Casas De La Moneda Y Los Jefes De Laboratorios Atrás Nombrados Que Maliciosamente Omitan La Práctica De Cualquiera De Las Formalidades Establecidas Ene L Artículo 2º De Este Decreto, Serán Considerados Como Coautores Del Fraude Y Sufrirán Las Sanciones Correspondientes

Decreto 178 de 1921 · Reglamentario de la Ley 97 de 1920

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los directores de las casas de la moneda y los jefes de laboratorios atrás nombrados que maliciosamente omitan la práctica de cualquiera de las formalidades establecidas ene l artículo 2º de este Decreto, serán considerados como coautores del fraude y sufrirán las sanciones correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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