Micelio

Artículo 27

La Junta De Administraci Ón Será El Órgano Ejecutor De Las Decisiones De La Asamblea General; Su Composición, Numero De Integrantes, Atribuciones, Funciones Y Término De Duración, Serán Determinados En Los Estatutos De La Empresa

Decreto 561 de 1989 · Por el cual se expide el régimen jurídico de las Empresas Comunitarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La junta de administraci ón será el órgano ejecutor de las decisiones de la asamblea general; su composición, numero de integrantes, atribuciones, funciones y término de duración, serán determinados en los estatutos de la empresa. Deberán preverse mecanismos para la rotación de los cargos de la junta de administración, de tal forma que todos los socios de la empresa se capaciten para desempeñarlos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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