Sección de Obras Civiles. Son funciones de la Sección de Obras Civiles, las siguientes
Construir directamente o por contrato, las obras para los sistemas de acueducto y alcantarillados rurales y urbanos, tratamiento de aguas residuales, sistemas viales, de electrificación rural y demás obras de infraestructura de servicios y comunicaciones que se requieran en el área de jurisdicción de la Corporación.
Construir directamente o por contrato, los pozos subterráneos que se programen para abastecimiento de agua a comunidades.
Coordinar con la Oficina de Informática el procesamiento de la información requerida por la dependencia para su normal funcionamiento.
Rendir informes a la División de Construcciones sobre las actividades de la dependencia y las especiales que le sean solicitadas.
Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.