Micelio

Artículo 16

Responsabilidad

Decreto 333 de 2014 · por el cual se reglamenta el artículo 160 del Decreto-ley 19 de 2012.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidad. Las entidades de certificación responderán por todos los perjuicios que causen en el ejercicio de sus actividades. La entidad certificadora será responsable por los perjuicios que puedan causar los prestadores de servicios a que hace referencia el artículo 12 del presente decreto, a los suscriptores o a las personas que confíen en los certificados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 333 de 2014