°. Todo objeto certificado debe entregarse personalmente al empleado de correos respectivos, debidamente acondicionado, con los nombres del remitente y el destinatario, escritos en la parte exterior, a fin de poder identificar estos envíos en cualquier momento, e iniciar las investigaciones a que haya lugar, valiéndose del recibo otorgado en el momento de la entrega.
Decreto 1375 de 1942 →Vigente
Artículo 7
°
Decreto 1375 de 1942 · Por medio del cual se reglamenta el Servicio de Certificados de y para el Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.