Micelio

Artículo 430

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reemplazo de Jurados. Si al practicar la diligencia resultaren sorteadas personas que no pueden ser Jurados o en quienes concurra cualquier impedimento; el juez procederá, a su reemplazo de oficio o a petición de parte. Si con posterioridad a la diligencia de sorteo se conocieren los motivos señalados en el

inciso anterior, el juez procederá a realizar sorteo parcial, dentro de los dos días siguientes, previo señalamiento de fecha y hora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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