Funciones de la Dirección de Informática. La Dirección de Informática tendrá, además de las funciones que le señale las disposiciones legales especiales y el artículo 64 de la Ley 489 de 1998, las siguientes
Asesorar en la definición y difusión de políticas, normas, procedimientos, metodologías y estándares relacionados con el uso de soluciones informáticas en el Ministerio de Defensa, Fuerzas Militares y Policía Nacional, para garantizar el oportuno intercambio electrónico de información en el Sector.
Asesorar al Ministerio de Defensa, Fuerzas Militares y Policía Nacional en la adquisición, implantación y puesta en funcionamiento de soluciones informáticas que apoyen la toma de decisiones.
Asesorar en la elaboración y actualización de los planes estratégicos para el desarrollo informático unificado en el Ministerio de Defensa, Fuerzas Militares y Policía Nacional.
Asesorar en el diseño, implementación y mantenimiento de los sistemas de información que se determinen en el Plan Estratégico Informático del Ministerio de Defensa, Fuerzas Militares y Policía Nacional.
Asesorar a las dependencias del sector Defensa en el mantenimiento de adecuados sistemas de administración y seguridad en las diferentes plataformas informáticas.
Reglamentar, desarrollar y proponer el uso de los servicios de internet, intranet y extranet como medio de información y divulgación con las entidades públicas y privadas, ciudadanía y al interior del Ministerio de Defensa, Fuerzas Militares y Policía Nacional, en coordinación con la Dirección de Comunicación Corporativa.
Promover las políticas tendientes a incrementar la cultura informática para lograr la mejor utilización de los recursos disponibles en el Ministerio de Defensa, Fuerzas Militares y Policía Nacional.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.