El Consejo Directivo estará integrado por los siguientes miembros:
1. El Ministro de Minas y Energía quien lo presidirá y sólo podrá delegar en el Viceministro de Minas.
2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público quien podrá delegar en uno de los Viceministros.
3. El Director del Departamento Nacional de Planeación quien podrá delegar en el Subdirector General.
4. El Director del Servicio Geológico Colombiano.
5. El Director de la Unidad de Planeación Minero Energética–UPME.
6. Dos (2) representantes designados por el Presidente de la República. El Presidente de la Agencia Nacional de Minería, ANM, asistirá a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo con voz pero sin voto.