º El funcionario o empleado cuya remuneración por concepto de asignación básica y prima de antigüedad excediere, actualmente la asignación básica del superior inmediato, tendrá derecho a continuar disfrutando del exceso, a menos que pase a ocupar un empleo de sueldo superior dentro del Ministerio Público, evento en el cual se le aplicara el tope y revisto en el presente Decreto.
Decreto 1951 de 1981 →Vigente
Artículo 2
El Funcionario O Empleado Cuya Remuneración Por Concepto De Asignación Básica Y Prima De Antigüedad Excediere, Actualmente La Asignación Básica Del Superior Inmediato, Tendrá Derecho A Continuar Disfrutando Del Exceso, A Menos Que Pase A Ocupar Un Empleo De Sueldo Superior Dentro Del Ministerio Público, Evento En El Cual Se Le Aplicara El Tope Y Revisto En El Presente Decreto
Decreto 1951 de 1981 · Por el cual se determina la jerarquía de funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.