Micelio

Artículo 110

Para Que Un Consignatario Pueda Obligar Al Dueño De Las Mercancías, Deberá Presentar Un Poder Suficiente De Dicho Dueño

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para que un consignatario pueda obligar al dueño de las mercancías, deberá presentar un poder suficiente de dicho dueño. Más cualquier consignatario puede obligarse así mismo, sin necesidad de autorización si presenta los fiadores respectivos (artículo 90, Ley 85 de 1915).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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