Micelio

Artículo 17

Las Listas Definitivas Se Extienden En Libros Que Se Custodian En El Archivo

Ley 119 de 1892 · Que reforma la 7a de 1888, y deroga la 43 del mismo año y la 41 de 1890, sobre Elecciones populares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 33 quedara así:

"Articulo 33. Las listas definitivas se extienden en libros que se custodian en el archivo. Copias de ellas se fijaran en un lugar público hasta el día siguiente al de la votación.

"En los libros referidos se anotaran las alteraciones de las listas a virtud de resoluciones posteriores del Jurado; y cuando llegue la época de otra votación, se extienden a continuación en los mismos libros las respectivas listas definitivas.

"Siempre que fuere posible se imprimirán las listas definitivas, y de esa manera serán custodiadas en el archivo.

"También irán de igual modo las copias de que trata este artículo."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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