Micelio

Artículo 8

Defensa Civil Contará Con Un Subdirector Que Será Un Oficial Superior De Las Fuerzas Militares, En Servicio Activo, Nombrado Por El Ministerio De Defensa Nacional Y Por Una Junta Asesora De Carácter Permanente Integrada Por Un Representante Del Ministerio De Gobierno, Dos Oficiales Superiores Representantes Del Ministerio De Defensa (Fuerzas Militares Y Policía Nacional), Y Un Representante Del Departamento Administrativo De Seguridad

Decreto 1463 de 1970 · Por el cual se define y prescribe la estructura administrativa de la Defensa Civil y se fijan las funciones generales de sus organismos superiores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Defensa Civil contará con un Subdirector que será un Oficial Superior de las Fuerzas Militares, en servicio activo, nombrado por el Ministerio de Defensa Nacional y por una Junta Asesora de carácter permanente integrada por un representante del Ministerio de Gobierno, dos Oficiales Superiores representantes del Ministerio de Defensa (Fuerzas Militares y Policía Nacional), y un representante del Departamento Administrativo de Seguridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1463 de 1970