Micelio

Artículo 1

Decreto 222 de 1978 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 18 del Decreto-ley 2351 de 1965

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El trabajador particular que obtenga o haya obtenido del Banco Central Hipotecario un crédito para adquisición de vivienda o lote, podrá exigir a su empleador que entregue al mismo Banco, en las oportunidades que este estipule con el trabajador, los anticipos de cesantía a que tenga derecho.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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