Articulo 5º Los Comités Regionales de Prevención, Protección y Control de la abeja africanizada estarán coordinados, a nivel nacional, por el Ministerio de Agricultura a través del Coordinador Nacional de la Campana de Prevención y Control, quien en todo memento mantendrá informados a los Comités Regionales sobre las medidas tomadas por el Gobierno, el desarrolla de las campanas a nivel nacional y se encargara además, de suministrarles la asesoría que los Comités requieran.
Artículo 5
Los Comités Regionales De Prevención, Protección Y Control De La Abeja Africanizada Estarán Coordinados, A Nivel Nacional, Por El Ministerio De Agricultura A Través Del Coordinador Nacional De La Campana De Prevención Y Control, Quien En Todo Memento Mantendrá Informados A Los Comités Regionales Sobre Las Medidas Tomadas Por El Gobierno, El Desarrolla De Las Campanas A Nivel Nacional Y Se Encargara Además, De Suministrarles La Asesoría Que Los Comités Requieran
Decreto 1026 de 1981 · Por el cual se crean los Comites Regionales de Prevención, Protección y Control de la Abeja Africanizada.
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.