La Junta Directiva será presidida por el Ministro de Desarrollo Económico y en ausencia de éste, por el Ministro de Relaciones Exteriores. A falta de los dos anteriores, por el viceministro de Desarrollo Económico. En ausencia de todos ellos, los miembros presentes designarán la persona que debe presidir la reunión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.