Micelio

Artículo 16

Secretaría General

Decreto 2724 de 1993 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Secretaría General, para ejercerlas directamente o a través de sus Direcciones, las siguientes

1.

Dirigir, planear y supervisar la marcha administrativa de la Unidad.

2.

Proyectar los actos en materia administrativa del Director General, los cuales llevarán su firma.

3.

Dirigir, de acuerdo con la Dirección Financiera y la Oficina de Planeamiento, la elaboración de los proyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento de la Unidad y presentarlos al Director General.

4.

Coordinar, planear y controlar la ejecución y la administración de los recursos financieros y físicos, y la prestación de los servicios generales en la entidad.

5.

Coordinar, planear y controlar las políticas sobre la selección, promoción y bienestar de los funcionarios.

6.

Coordinar el desarrollo de las políticas determinadas por la Dirección General en materia de representación externa.

7.

Unificar los criterios jurídicos para la interpretación de las normas presupuestales, de personal y de contratación administrativa.

8.

Organizar y supervisar la contratación administrativa; así como tramitar y llevar a la consideración del Director General los contratos que sean de su competencia.

9.

Certificar sobre los actos administrativos de la Unidad, expedir copias auténticas de los mismos, surtir su notificación, hacer constar la presentación personal de los recursos y reconocer los apoderados cuando sea el caso.

10.

Velar por la adecuada aplicación del régimen disciplinario y atender las funciones de la Comisión de Personal.

11.

Las demás que le sean asignadas o delegadas por el Director General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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