Secretaría General. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Secretaría General, para ejercerlas directamente o a través de sus Direcciones, las siguientes
Dirigir, planear y supervisar la marcha administrativa de la Unidad.
Proyectar los actos en materia administrativa del Director General, los cuales llevarán su firma.
Dirigir, de acuerdo con la Dirección Financiera y la Oficina de Planeamiento, la elaboración de los proyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento de la Unidad y presentarlos al Director General.
Coordinar, planear y controlar la ejecución y la administración de los recursos financieros y físicos, y la prestación de los servicios generales en la entidad.
Coordinar, planear y controlar las políticas sobre la selección, promoción y bienestar de los funcionarios.
Coordinar el desarrollo de las políticas determinadas por la Dirección General en materia de representación externa.
Unificar los criterios jurídicos para la interpretación de las normas presupuestales, de personal y de contratación administrativa.
Organizar y supervisar la contratación administrativa; así como tramitar y llevar a la consideración del Director General los contratos que sean de su competencia.
Certificar sobre los actos administrativos de la Unidad, expedir copias auténticas de los mismos, surtir su notificación, hacer constar la presentación personal de los recursos y reconocer los apoderados cuando sea el caso.
Velar por la adecuada aplicación del régimen disciplinario y atender las funciones de la Comisión de Personal.
Las demás que le sean asignadas o delegadas por el Director General.