Sera funcionario competente para la investigación y fallo en primera instancia de los delitos a que el presente Decreto se refiere, el respectivo Tribunal Superior de Distrito Judicial, por conducto de uno de sus Magistrados en la Sala Unitaria, que será sorteado, para cada caso, de la nomina de todos los Magistrados que integran el Tribunal.
Decreto 271 de 1957 →Vigente
Artículo 70
Sera Funcionario Competente Para La Investigación Y Fallo En Primera Instancia De Los Delitos A Que El Presente Decreto Se Refiere, El Respectivo Tribunal Superior De Distrito Judicial, Por Conducto De Uno De Sus Magistrados En La Sala Unitaria, Que Será Sorteado, Para Cada Caso, De La Nomina De Todos Los Magistrados Que Integran El Tribunal
Decreto 271 de 1957 · Por el cual se dictan disposiciones sobre prensa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.