Desde La Fecha De Expedición Del Presente Decreto Cursarán Libres De Porte, En Los Servicios De Correos Y Telégrafos: A) La Correspondencia Postal De La Caja De Vivienda Militar Con Relación Firmada Por El Gerente, Secretario O Empleado Autorizado Para Ello; B) Los Giros Que Hagan A La Caja Los Contadores De Las Diferentes Unidades O Reparticiones Del Ministerio De Guerra, Así Como Los Que La Caja Haga Por Concepto De Devoluciones De La Cuota Del 5%, Y C) Los Telegramas De La Caja, Con Límite Hasta De Treinta (30) Palabras, Para Lo Relativo Al Desarrollo De Sus Labores
Decreto 1140 de 1948 · por el cual se reglamenta la Ley 87 de 1947.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Desde la fecha de expedición del presente Decreto cursarán libres de porte, en los servicios de correos y telégrafos
a)
La correspondencia postal de la Caja de Vivienda Militar con relación firmada por el Gerente, Secretario o empleado autorizado para ello;
b)
Los giros que hagan a la Caja los Contadores de las diferentes unidades o reparticiones del Ministerio de Guerra, así como los que la Caja haga por concepto de devoluciones de la cuota del 5%, y
c)
Los telegramas de la Caja, con límite hasta de treinta (30) palabras, para lo relativo al desarrollo de sus labores. Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.