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Artículo 2

Los Fondos Votados En El Artículo 310, Capítulo 47 De La Ley De Apropiaciones Vigente, Se Distribuyen Así: Liceo Nacional Femenino

Decreto 77 de 1938 · Por el cual se distribuyen varias partidas

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los fondos votados en el artículo 310, capítulo 47 de la Ley de Apropiaciones vigente, se distribuyen así: Liceo Nacional Femenino. Mensual En el año Sueldos. De la Directora, en doce meses. $ 200.00 2,400.00 De-la Secretaria Habilitada, en doce meses. 120.00 1,440.00 De siete Profesoras internas, a $ 110 cada una, en doce meses. 770.00 9,240.00 Del Capellán Profesor, en doce meses. 50.00 600.00 Del Médico, en doce meses. 60.00 720.00 Del Dentista, en doce meses. 50.00 600.00 De la Profesora de Corte, en doce meses. 40.00 480.00 De los Profesores de francés y lenguaje para el ano superior, a $ 2 la hora de clase, en doce meses. 60.00 720.00 De la Ecónoma, en doce meses. 60.00 720.00 De la Portera, en doce meses. 30.00 360.00 Para el pago de servicio doméstico, en doce meses, de acuerdo con la distribución que haga la Directora. 160.00 1,920.00 Pensiones alimenticias. De once empleadas internas, a $ 16 cada una, en diez meses. 176.00 1,760.00 Gastos varios. Para biblioteca, gabinetes ele física y química, excursiones, botiquín, reparaciones, energía eléctrica, servicio de acueducto, útiles, arrendamiento de local donde funciona el Liceo, sostenimiento de la casa durante las vacaciones y demás gastos de material, en el año. 14,040.00 Total $ 35,000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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