Criterios diferenciales para la implementación del SDJE. La implementación y seguimiento de los lineamientos, protocolos, herramientas y principios del SDJE en las entidades públicas se realizará considerando criterios diferenciales que atiendan a sus características y especificidades que fije la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado como entidad coordinadora del SDJE mediante acto administrativo.
La verificación de la implementación y seguimiento del SDJE y de sus lineamientos, protocolos, modelos, herramientas, en cada entidad estará a cargo del (la) funcionario(a) de que trata el artículo 10 de la Ley 87 de 1993, o la norma que la sustituya, modifique o adicione.
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