Micelio

Artículo 1

Ley 18 de 1918 · por la cual se provee a la celebración del cuarto Congreso Médico Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destinase la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000) para atender a la reunión del cuarto Congreso Medico Nacional, que tendrá lugar en Tunja, con motivo de la celebración del Centenario de la Batalla de Boyacá.

Esta cantidad se imputará al artículo 559, gastos extraordinarios, del capítulo LVIII del Presupuesto de gastos para el presente año. En caso de que la partida de este artículo fuere insuficiente, el saldo que quedare pendiente se pagará en la próxima vigencia, con imputación a la partida que para gastos extraordinarios del Ministerio de Instrucción Pública figure en el Presupuesto para la próxima vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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