º OBJETIVOS. Las Corporaciones Financieras son establecimientos de crédito e inversión organizados conforme a las normas del presente Decreto y cuyo objeto fundamental es la movilización de recursos y asignación de capitales para promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de empresas manufactureras, agropecuarias, agroindustriales, mineras, hoteleras y parques industriales; para participar en el capital de ellas y promover la participación de terceros en tales empresas, como también otorgarles financiación a mediano y largo plazo y prestarles servicios financieros especializados que contribuyan al desarrollo de empresas productivas.
Las cooperativas o asociaciones cuyo objeto sea la comercialización de bienes de origen nacional producidos por la pequeña y mediana industria y agroindustria, podrán obtener financiación por parte de las Corporaciones Financieras específicamente constituidas para el fomento de esta última clase de empresas.