°. El Gobernador del Departamento del Huila queda encargado de hacer cumplir el presente Decreto y dictar las providencias que sean del caso con el objeto de lograr el traslado del personal del Juzgado y sus muebles y enseres del Municipio de Garzón al de Pitalito. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2248 de 1931 →Vigente
Artículo 2
El Gobernador Del Departamento Del Huila Queda Encargado De Hacer Cumplir El Presente Decreto Y Dictar Las Providencias Que Sean Del Caso Con El Objeto De Lograr El Traslado Del Personal Del Juzgado Y Sus Muebles Y Enseres Del Municipio De Garzón Al De Pitalito
Decreto 2248 de 1931 · Por el cual se reglamenta la Ley 123 del presente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.