Micelio

Artículo 1

Decreto 2752 de 1953 · Por el cual se modifica el número 51 de 1949

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con el fallo del honorable Consejo de Estado, de 2 de septiembre de 1949, modificase el articulo único del Decreto número 51 de 14 de enero de 1949, en la forma siguiente

a)

Con fecha 1° de febrero de 1949, asciéndese al Mayor Médico Eduardo Pinzón Neira, al grado de Teniente Coronel Médico. Este ascenso queda sometido para su validez a la aprobación del honorable Senado de la República.

b)

Oído el concepto de la Sanidad Militar, consignado en actas números 340 de 1948 de la Junta Médica y 341 del mismo año del Consejo Médico, retírase por invalidez relativa, con pase a la reserva, al Teniente Coronel Médico Eduardo Pinzón Neira. La presente novedad surte efectos con fecha 1° de febrero de 1949, y al Oficial Médico Pinzón Neira, se le concede un pIazo de tres (3) meses, a partir de la fecha señalada, para la formación de su correspondiente hoja de servicios militares, durante el cual tendrá derecho a sus sueldos, primas y demás prerrogativas de actividad en lo que hace a prestaciones sociales. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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