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Artículo 1196

Del Presupuesto Nacional Vigente, Así: Sueldos En 12 Meses, Enero A Diciembre Mensual Total Director

Decreto 842 de 1953 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Normales Agrícolas, Escuelas Normales Rurales, Escuelas complementarias (Vocacionales) Agrícolas y Cursos para Campesinos Adultos del pais

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo quince. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Fonseca (Magdalena), se distribuye la partida de cuarenta y siete mil pesos ($ 47.000.00), señalada en el Capitulo 94, artículo 1196 del Presupuesto Nacional vigente, así: Sueldos en 12 meses, enero a diciembre Mensual Total Director. $ 320.00 3.840.00 Profesor de los Cursos Campesinos 290.00 3.480.00 Profesor Habilitado 260.00 3.120.00 Capellán 100.00 1.200.00 Mayordomo Herramientero 120.00 1.440.00 Servicio doméstico 70.00 840.00 Sumas 1.140.00 13.680.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 3 empleados internos (Director y 2 Profesores), a razón de $ 35.00 mensuales cada uno 105.00 1.050.00 Del Mayordomo Herramientero y servicio doméstico 60.00 600.00 De 40 alumnos becados internos, a razón de $ 35.00 mensuales cada uno 1.400.00 14.000.00 De 20 alumnos externos de restaurante, a razón de $ 0.50 diarios, cada uno en 24 días de cada mes 240.00 2.400.00 Alimentación en 2 meses, enero y diciembre: De un Profesor, el Mayordomo Herramientero y servicio doméstico 90.00 180.00 Sumas $ 1.895.00 31.910.00 Gastos varios, febrero a noviembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, útiles de escritorio, excursiones, deportes y material de enseñanza 100.00 1.000.00 Para construcciones, reparaciones locativas, compra de maquinaria y herramienta agrícola, animales de servicio, cría y explotación, jornales, abonos, insecticidas, fungicidas, Cursos Campesinos y demás gastos 2.109.00 21.090.00 Total $ 54.000.00

Parágrafo

Las partidas a que se refiere el presente Decreto, serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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