El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), en el marco de sus competencias, velará por el fortalecimiento y mejoramiento del acceso y flexibilización de los requisitos de acceso y apertura de los servicios ofertados por el Sena destinados a la cualificación del talento humano, a fin de priorizar, facilitar y garantizar el acceso a los programas educativos, técnicos y tecnólogos del Subsistema de Formación para el Trabajo y el. Reconocimiento de Aprendizajes Previos, a la población objeto de la presente ley.
En esta estrategia se flexibilizarán los requisitos de apertura de los programas y servicios, considerando las necesidades y proyecciones de los jóvenes egresados del sistema de protección del ICBF.