Micelio

Artículo 4

Ley 32 de 1909 · Sobre formación del Escalafón Militar de la República, adicional a la 17 de 1907

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Tribunal durará en sus funciones por el término de un año; tendrá un Secretario y dos Escribientes de su libre nombramiento. La dotación de cada miembro del Tribunal y la del Secretario es de cien pesos mensuales; la de los Escribientes, de sesenta pesos cada uno, y para útiles de escritorio se destinan doscientos pesos, cantidades que se incluirán en la liquidación del Presupuesto Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 32 de 1909