Micelio

Artículo 3

Ley 77 de 1887 · Por la cual se establece un impuesto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3º El producto del impuesto fluvial será administrado directamente por el Poder Ejecutivo.

Para la dirección de los trabajos correspondientes á la limpia y canalización del río Magdalena, se pondrá el Gobierno de acuerdo con la Junta de que trata la ley 62 de 1878 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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