Micelio
ResoluciónResolución 01362 de 202627/04/2026· Dirección General

Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo segundo de la Resolución número 00596 de 23 de febrero de 2026, 'Por la cual se modifican delegaciones de ordenación de gasto en materia contractual a las Direcciones Regional Aeronáuticas de la Aerocivi/, la Secretaría de Servicios Aeroportuarios y sus Direcciones

t1i Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO ., 0 13 6 2 DE 2 7 ABR 2026 Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo segundo de la Resolución número 00596 de 23 de febrero de 2026, 'Por la cual se modifican delegaciones de ordenación de gasto en materia contractual a las Direcciones Regional Aeronáuticas de la Aerocivi/, la Secretaría de Servicios Aeroportuarios y sus Direcciones.• EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL· AEROCIVIL· En ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998, 1150 de 2007, los Decretos 1294 de 2021y 1265 de 2025, las demils disposiciones concordantes, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Polílica de Colombia, establece que "la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en el principio de igualdad, moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones'. Que el articulo 211 de la Constitución Politica establece la figura jurídica de la delegación, para el cumplimiento de las funciones institucionales, y se permite a las entidades asignar tareas, funciones y competencias en sus subalternos o en otras autoridades. Que el precitado artículo de la norma superior, en ooncordancia con los artículos 9, 10 y 12 de la Ley 489 de 1998, establecen que la delegación administrativa no implica la renuncia a la oompetencia ni al deber de dirección, control y seguimiento por parte del delegante, quien conserva en todo momento la facultad de revisar, orientar, reasumir y corregir las actuaciones desarrolladas por el funcionario delegatario, cuando ello resulte necesario para la adecuada protección del interés general. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Poutica y acorde con la citada ley, 'podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias (...) y podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por le léy y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Politica y en la presente Ley'. Que el numeral 1° del articulo 11 de la Ley 80 de 1993, dispone que 'La competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones o ... y para escoger contratistas será del jefe o representante de la entidad, según el caso', nonna que se armoniza con el numeral 5º del articulo 26 de la misma Ley, al establecer que 'La responsabilidad de la dirección y manejo de la actividad contractual y la de los procesos de selección será del jefe o representante de la entidad estatal(...)'. Que et articulo 12 de la Ley 80de 1993establece que 'Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente Ja competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes. En ningún caso, los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual'. >, t<;;1 / _, Cl.,dSTll.) O 11'! v. r,M:Sn: . JJ fed'lt; 10/JUl./2024 Pit in11 de 3 ~) I Transporte RESOLUCI ÓN N ÚMERO ... o 13 6 2 DE 2 7 ABR 2026 Continuación de la Resolución: 'Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo segundo de la Resolución número 00596 de 23 de febrero de 2026, "Por la cual se modifican delegaciones de ordenación de gasto en materia contractual a las Direcciones Regional Aeronáuticas de la Aerocivil, la Secretaría de Servicios Aeroportuarios y sus Direcciones.". Que el numeral 18 del artículo 8º del Decreto número 1294 de 2021, señala que, entre otras, son funciones de la Dirección General: "Expedir Jos actos y celebrar los convenios y contratos que se requieran para el nonna/ funcionamiento de la entidad'. Que mediante el articulo segundo de la Resolución 00596 del 23 de febrero de 2026, se modificaron las delegaciones en materia de contratación estatal y supervisiones en la Secretaria de Servicios Aeroportuarios, en las Direcciones de Operaciones Aeroportuarias y en la Dirección de Infraestructura y Ayudas Aeroportuarias, otorgando las facultades para ordenación de gasto en materia de contratación estatal sin limite de cuantía y en los témlinos del articulo 3 de la Resolución 01363 del 11 de julio de 2023. Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 12 de la Ley 80 de 1993, si bien los jefes y representantes legales de las entidades estatales pueden delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y ordenar el gasto, en ningún caso quedarán exonerados de sus deberes de control y vigilancia sobre la actividad precontractual y contractual, deber que subsiste aun cuando las actuaciones sean adelantadas por funcionarios delegatarios. Que el artículo 23 de la Ley 80 de 1993, establece que "Las actuaciones de quienes intervengan en Ja contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, econom/a y responsabilidad y de confonnidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las nonnas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo'. Que la Sección Tercera del Consejo de Estado, al interpretar el alcance de la delegación contractual, ha sostenido que el jefe o representante legal de la entidad conserva la responsabilidad por la dirección y manejo de la actividad contractual, incluso cuando se hayan delegado funciones en otros servidores, en tanto dicha delegación no implica renuncia a la competencia ni al deber de supervisión y control integral de la gestión contractual del Estado. En este sentido, se destaca la Sentencia de 2 de junio de 2021 , expediente 17001-23·00·000-2012-00064-01, en la cual se reafimla que las entidades contratantes -a través de su máxima autoridad- son las principales responsables de la planeación, control y ejecución contractual. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1. Adicionar un parágrafo al articulo segundo de la Resolución 00596 de 23 de febrero de 2026, 'Por la cual se modifican delegaciones de ordenación de gasto en materia contractual a las Direcciones Regional Aeronáuticas de la Aerocivil, la Secretaría de Servicios Aeroportuarios y sus Direcciones.·. el cual quedará así: "ARTICULO SEGUNDO: Modificar las delegaciones en materia de oontratación estatal y supervisiones en la Secretaría de Servicios Aeroporluarios y en las Direcciones de Operaciones Aeroporluarias y Dirección de Infraestructura y Ayudas Aeroporluarias otorgando las facultades para ordenación de gasto en materia de contratación estatal sin límite de cuantía y en /os ténninos de la resolución No. 01363 del 11/0712023 especialmente en el arlículo 3 y en /os demás aplicables. ~ / 'D Chive: ESTR-1.0.12.002 Versión: 10 Fech;11: 10/JUl/2024 P<ie;in;i 2 de 3 \;;· Transporte RESOLU CIÓN NÚMERO .. 01362 DE 2 7 ABR 2026 Continuación de la Resolución: "Por la cual se adiciona un parágrafo al artlcu/o segundo de la Resolución número 00596 de 23 de febrero de 2026, 'Por la cual se modifican delegaciones de ordenación de gasto en materia contractual a /as Direcciones Regional Aeronáuticas de la Aerocivil, la Secretarla de Servicios Aeroportuarios y sus Direcciones.". Parágrafo. Sin perjuicio de la delegación conferida en el presente articulo, e/ ejercicio de la ordenación del gasto en materia contractual por parte del Director de Infraestructura y Ayudas Aeroportuarias requerirá, en todo caso, la aprobación previa y por cualquier medio escrito del Secretario de Servicios Aeroportuarios y del Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil, conforme a los lineamientos estratégicos, las pollticas institucionales y las prioridades definidas por la Dirección General." ARTICULO 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y no modifica las demás disposiciones contenidas en la Resolución 00596 de 23 de febrero de 2026. Dada en Bogotá o.e., a los: 2 7 ABR 2026 PUBLIQUESE Y CÚMPLASE • o~ ut"·J.0.12.002 Vtrsldft: 10 Fecli•: JO/JUIJ2024 Página J de 3