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ResoluciónResolución 02095 de 202602/07/2026· Dirección General

Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil"

Transporte DE RESOLUCIÓN NÚMERO o2 JU\ 2026 '6 Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil" EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL· AEROCIVIL· En ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el numeral 14 del artículo 8° del Decreto 1294 de 2021, y de conformidad con el Decreto 1265 de 2025 y demás disposiciones concordantes, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política impone a la función administrativa el deber de servir a los intereses generales bajo los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, principios que se materializan a través de 'una adecuada distribución interna de competencias y de una asignación funcional coherente con la misionalidad de cada dependencia. Que la Ley 489 de 1998, en concordancia con el Decreto 2489 de 2006, faculta al representante legal de las entidades del orden nacional para crear, modificar y suprimir grupos internos de trabajo, así como para redistribuir sus funciones, siempre que la integración mínima y las fuAciones asignadas guarden relación directa con las competencias del área jerárquica a la que se adscriben. Que el artículo 8 del Decreto 2489 de 2006 señala que cuando los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, entre otros, creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente. ' Que el artículo 40 del Decreto 1294 de 2021 asigna a la Dirección Administrativa entre otras, funciones relacionadas con la administración de recursos físicos y servicios administrativos, el Plan Anual de Adquisiciones, la administración de bienes muebles, la gestión documental, la contratación, el aseguramiento de bienes patrimoniales y los servicios de apoyo logístico; por tanto, la ejecución armónica y coordinada de estas competencias resulta indispensable para el adecuado funcionamiento de la entidad. 1 Que los artículos 71 al 76 de la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivif' contienen las funciones a los grupos internos de trabajo adscritos a la Dirección Administrativa de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. 1 Que, revisadas las funciones y competencias asignadas en la Resolución No. 00354 de 2022, a los grupos internos de trabajo de la Dirección Administrativa, y atendiendo la dinámica de la operación y las delegaciones adoptadas, se hace necesario redefinir y precisar su alcance funcional, de manera que la ejecución de las actividades se articule de forma ordenada y estratégica. Que la distribución de actividades entre ·los grupos de procesos precontractuales y de procesos contractuales responde a la necesidad de optimizar la gestión de compras y contratación pública, atendiendo las diferencias Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 10 Fecha: 10/JUL/2024 Página 1 de 8 ~ ·~~ Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO DE 1 o2 JUL 2026 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivi/" sustanciales que el régimen de contratación estatal colombiano prevé entre las modalidades de selección que implican convocatoria pública y los procesos de contratación directa. ' Que los procesos de selección bajo las modalidades de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía o subasta inversa, concurso de méritos y mínima cuantía demandan el desarrollo de etapas de elaboración de estudios previos, convocatoria, publicación de pliegos de condiciones, respuestas a observaciones, evaluación de ofertas que presentan una pluralidad de oferentes, celebración de audiencias públicas, según corresponda, orientadas a la selección objetiva en un escenario de libre concurrencia y estricta competencia del mercado. Que la contratación directa es una modalidad de selección excepcional que procede únicamente en los casos expresos y taxativos previstos en la ley y permite a las entidades públicas adelantar la contratación sin un proceso o convocatoria pública, mediante un trámite simplificado y ágil. Es una excepción al principio de libre concurrencia. Que, bajo esta lógica, asignar las actividades de los procesos competitivos al Grupo de Procesos Precontractuales y la Contratación Directa al Grupo de Procesos Contractuales contribuye a materializar los principios de eficiencia y eficacia de la gestión pública, y a equilibrar las cargas de trabajo de la Dirección Administrativa. Que el ajuste de las funciones de los Grupos de Seguros, de Gestión Documental, de Servicios Administrativos y Grupo de Almacén y Activos Fijos se hace necesario para armonizar y precisar su alcance frente a las funciones asignadas a la Dirección Administrativa por el Decreto 1294 de 2021, sin que ello implique una modificación sustancial a las mismas. Que corresponde a la Dirección Administrativa liderar y administrar el Plan Anual de Adquisiciones (PAA), toda vez que dicho instrumento de planeación contractual constituye una herramienta estratégica para la entidad; por lo tanto, se precisa que esta función será ejercida desde el Despacho de la Dirección Administrativa, sin perjuicio de los apoyos técnicos que correspondan a los grupos internos de trabajo. Que, en consecuencia, la modificación de las funciones de los Grupos de Procesos Precontractuales, Procesos Contractuales, Seguros, Gestión Documental, Servicios Administrativos y Almacén y Activos Fijos responde a criterios objetivos de necesidad del servicio, especialización técnica, prevención del daño antijurídico, racionalización de cargas de trabajo y armonización con el marco normativo vigente, sin generar afectación presupuesta! adicional ni reformar la planta de personal, por corresponder al ejercicio de la potestad de organización interna prevista en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO. Modificar el artículo 71 de Resolución No 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedará así: 1 "Artículo 71º. Grupo de Servicios Administrativos. Son funciones del Grupo Servicios Administrativos, las siguientes: 1. Planear, estructurar, gestionar, ejecutar y controlar la prestación de los servicios administrativos requeridos para el funcionamiento de la entidad mediante la definición de lineamientos a nivel nacional y la ejecución directa de aquellos correspondientes al nivel central, tales como aseo, cafetería, transporte, publicaciones, Clave: ESTR-3.G-12-002 Versión: 10 Fecha: 10/JUL/2024 Páglna2de~ -~ Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO '•02 0 9 5 DE O2 JUL 2026 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil" 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. suministro de combustible, mantenimiento de áreas del nivel central y los demás servicios requeridos para el funcionamiento de la entidad. Planear, estructurar y proyectar los documentos y estudios previos para la contratación del mantenimiento del parque automotor administrativo del nivel central. Garantizar el pago de los impuestos del parque automotor de propiedad de la Aerocivil e informar oportunamente a la Dirección Administrativa cualquier situación que impida u obstaculice el cumplimiento de esta función. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulados por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo." V ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo 72 de Resolución No 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedará así: / "Artículo 72º. Grupo de Procesos Precontractuales. Son funciones del Grupo Procesos Precontractuales, las siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Adelantar, previa solicitud de las diferentes dependencias, la etapa precontractual de los procesos de selección, hasta la adjudicación, de los procesos de selección en las diferentes modalidades para la adquisición y suministro de bienes, obras y servicios que se adelanten en el nivel central, a excepción de las contrataciones directas. Orientar la formulación de los estudios previos de los procesos para contratar bienes, obras y servicios que pretenda adelantar la Aerocivil en el nivel central. Adelantar, previa solicitud de las diferentes dependencias, los procesos de mínima cuantía en el nivel central y proyectar las comunicaciones de aceptación de oferta, hasta su perfeccionamiento y registro presupuesta!. Proyectar, en coordinación con las áreas ejecutoras, las respuestas a las solicitudes y recursos que interpongan los proponentes en los procesos de selección dentro de la etapa precontractual. Asesorar y emitir conceptos, cuando se requieran o sean solicitados por las dependencias del nivel central, las Direcciones Regionales Aeronáuticas y/o las Gerencias Aeroportuarias relacionados con la etapa precontractual de los procesos de compra y contratación pública de la Entidad. Realizar las actividades correspondientes al cumplimiento de las políticas de prevención del daño antijurídico que apliquen en los procesos de contratación estatal en lo de su competencia. Asignar la numeración de los procesos de contratación a nivel nacional, de conformidad con las directrices dadas por la Aerocivil. 8. 9. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión : 10 Fecha: 10/JUL/2024 Página 3 de 8 \ f / ~ Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO --AERONAUTICA CML DE ' O2 JUL 2026 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil" 1O. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 11. Generar reportes de información de los registros actualizados en las bases de datos y sistemas de información de la entidad de la etapa precontractual, requeridos por las diferentes áreas, entidades y organismos de control, así como para la adecuada toma de decisión, seguimiento y control. 12. Coordinar los Comités de Evaluación por cada proceso de contratación que adelante la Aerocivil en el nivel central, revisando la evaluación de los requisitos ponderables y habilitantes técnicos, jurídicos y financieros de las propuestas presentadas. 13. Ejercer la secretaría de las audiencias públicas de los procesos Licitatorios, así como de las audiencias de revisión de ofertas económicas y establecimiento de orden de elegibilidad dentro de los Concursos de Méritos para procesos de interventoría a obras públicas en el Nivel central. 14. Verificar el registro y actualización de la información de los futuros contratistas en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP) del nivel central. , 15. Mantener actualizada la base de datos de los procesos radicados por las áreas técnicas estructuradoras en el Grupo de Procesos Precontractuales. 16. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo." ARTÍCULO TERCERO. Modificar el artículo 73 de Resolución No 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedará así: / "Artículo 73°. Grupo de Procesos Contractuales. Son funciones del Grupo Procesos Contractuales, las siguientes: 1. Proyectar, conforme a la resolución de adjudicación, pliego de condiciones o documentos previos los contratos y adelantar el trámite para su perfeccionamiento y legalización en el nivel central. 2. Tramitar, previa solicitud de las diferentes dependencias, los proc~sos de Contratación Directa de la Aerocivil en el nivel central. 3. Adelantar, proyectar y tramitar, previa solicitud de las diferentes dependencias y con el aval del supervisor y/o interventor, las aclaraciones y/o modificaciones incluidas adiciones y/o prórrogas de los contratos, comunicaciones de aceptación de oferta y órdenes de compra que se generen a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano en el nivel central. 4. Revisar y aprobar las garantías de los contratos y comunicados de aceptación de oferta en los términos allí previstos, en el nivel central. 5. Proyectar, en coordinación con las áreas ejecutoras y con el ordenador del gasto, las respuestas a las reclamaciones, solicitudes, peticiones y/o recursos que interpongan los contratistas dentro de la etapa contractual y poscontractual. 6. Asesorar y emitir conceptos cuando se requieran o sean solicitados por las dependencias del nivel central, las Direcciones Regionales Aeronáuticas y/o las Gerencias Aeroportuarias relacionados con la etapa contractual de los procesos de compra y contratación pública de l,a Entidad. 7. Proyectar para la aprobación de la Dirección Administrativa las certificaciones que se soliciten en relación con los contratos y aceptaciones de ofertas que se generen en el nivel central. 8. Elaborar los informes a la Cámara de Comercio de conformidad con la ley. 9. Proponer ante la instancia competente la utilización de métodos alternativos de solución de conflictos en las controversias contractuales de los contratos que se generen en el nivel central. 10. Adelantar, previa instrucción del Director Administrativo, el procedimiento administrativo sancionatorio de los contratos que se celebren en el nivel central, por solicitud de las diferentes dependencias y de conformidad a lo señalado por el artículo 40 del decreto 1294 de 2021 , Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión : 10 Fecha: 10/JUL/2024 Página 4 de 8 ("'\-.. 'J' 1 i t~~ ~ tt Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO DE o2 JUL 2026 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil" 11 . Sustanciar y proyectar para aprobacfón del director administrativo, los actos administrativos que surjan de las actuaciones del procedimiento administrativo relacionado con la afectación de las garantías de los contratos y/o aceptaciones de oferta, los procesos sancionatorios y/o declaratoria de siniestro, y/o declaratoria de la caducidad administrativa que se generen en el nivel central conforme a lo señalado por el Art. 40 del decreto 1294 de 2021. 12. Realizar las actividades correspondientes al cumplimiento de las políticas de prevención del daño antijurídico que apliquen en los procesos de contratación estatal en lo de su competencia. 13. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 14. Generar reportes de información de los registros actualizados en las bases de datos y sistemas de información de la entidad de la etapa contractual, requeridos por las diferentes áreas, entidades y organismos de control, así como para la adecuada toma de ,decisión, seguimiento y control. 15. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. 16. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. 17. Administrar la plataforma del SECOP 11, en la publicación de los contratos y sus modificatorios. 18. Mantener actualizada la base de datbs de los contratos a cargo del Grupo. 19. Las demás funciones que le asigne el sup7 r inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo. ARTÍCULO CUARTO. Modificar el artículo 74 de Resolución No 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedará así: "Artículo 74º. Grupo de Almacén y Activos Fijos. Son funciones del Grupo Almacén y Activos Fijos, las siguientes: Administrar, custodiar, distribuir, inventariar, almacenar, suministrar y disponer los bienes muebles de la Entidad, según los lineamientos, metodologías y normatividad aplicable 2. Proyectar, para aprobación de la Dirección Administrativa, los lineamientos sobre manejo de bienes muebles y almacén de acuerdo con la normatividad vigente y velar por su cumplimiento a nivel nacional. 3. Recibir, registrar y controlar los bienés muebles de la entidad de acuerdo con el sistema de inventario que se determine y velar por su conservación, seguridad y distribución. 4. Mantener debidamente clasificados, inventariados y actualizados los bienes muebles que sean de propiedad de la entidad, así como llevar el registro y control por cuentadante. 5. Tramitar conforme a los procedimientos establecidos las solicitudes de elementos por parte de las diferentes dependencias y velar por el control y consumo racional de los mismos. 6. Implementar los controles en los procedimientos definidos en la administración de bienes muebles para las actividades de ingreso, egreso, reintegro, traslados, inventarios y bajas en la entidad. 7. Llevar a cabo los inventarios físicos de bienes muebles en bodega y en servicio a nivel central y regional, de manera periódica de acuerdo con los procedimientos definidos. 8. Informar a la dependencia que corresponda, la perdida de bienes muebles, e impulsar y adelantar las acciones administrativas que correspondan. 9. Aplicar los procedimientos correspondientes para realizar las bajas o enajenación de bienes muebles que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente, a efectos de contar con los bienes suficientes e idóneos para el funcionamiento. 10. Coordinar la elaboración y entrega de los informes requeridos sobre la gestión del almacén a los entes de control. 1. Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 10 Fecha: 10/JUL/2024 Página 5 de 8 \ O / -.t'\,/ ~t Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO AERONAUTICA CML l.HDillO~T'IWNlr.(ftQlif. DE O2 JUL 2026 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil" 11. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 12. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulados por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. 13. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. 14. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuó de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. 15. Contribuir y participar en materia de seguridad operacional, seguridad de la aviación civil y ambiental, en el marco de su competencia y de acuerdo con la normatividad establecida. 16. Las demás funciones que le asigne el sup~r inmediato y que c~rrespondan a la naturaleza del grupo. ARTICULO QUINTO. Modificar el artículo 75 de Resolución No 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedará así: ¡ "Artículo 75°. Grupo de Gestión Documental. Son funciones del Grupo Gestión Documental, las siguientes: 1. Proponer directrices, lineamientos y asistencia técnica en materia de gestión documental a nivel nacional conforme a las políticas institucionales y normatividad vigente. 2. Liderar y garantizar la adecuada gestión, recepción, radicación y distribución de las comunicaciones oficiales de la entidad 3. Liderar y garantizar la gestión de la recepción, producción, distribución, tramite, organización, consulta y almacenamiento digital de documentos a través del aplicativo de gestión documental de la entidad 4. Planificar, determinar y desarrollar las actividades administrativas y técnicas para el manejo de la correspondencia y organización de la documentación recibida y.producida por la entidad, desde su origen hasta su destino final, con el objeto de facilitar su utilización y conservación integral, en coordinación con las dependencias de la entidad 5. Asegurar la adecuada clasificación, organización y conservación de los documentos de la Aerocivil. 6. Implementar herramientas que posibiliten la búsqueda, recuperación y consulta de los documentos de la Aerocivil. 7. Definir las directrices y documentar los procedimientos para la atención y control del servicio de consulta y préstamo de documentos. 8. Mantener actualizadas y hacer seguimiento a la aplicación las tablas de retención documental de la entidad teniendo en cuenta los cambios estructurales, funcionales y la creación o supresión de unidades administrativas. 9. Orientar y supervisar la organización técnica de los documentos existentes en las diferentes fases al interior de la Aerocivil, aplicando la normatividad archivística y políticas institucionales. 10. Proyectar a la Dirección Administrativa para su presentación ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, el estudio y aprobación de los proyectos, que optimicen la gestión de administración y conservación del archivo documental, así como los proyectos de clasificación, eliminación y transferencias documentales cuando aplique, en cumplimiento de lo ordenado en las tablas de retención documental y demás normativa archivística vigente. 11. Orientar, asesorar y apoyar a las dependencias de la entidad en todo lo relacionado con cambios y establecimiento de políticas y procedimientos de clasificación, identificación, organización y conservación de los archivos de gestión. · Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 10 Fecha: 10/JUL/2024 Página 6 de 8 Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO ·..,o 2 o 9 5 AERONÁUTICACMÍ t.lrOO~ llflCQlil. DE O2 JUL 2026 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil" 12. Controlar la consulta de los documentos que por ley se hallen restringidos o reservados en virtud de la privacidad individual, familiar, social y profesional; desde la producción, recibido y trámite documental tanto en físico como electrónico. 13. Controlar el préstamo y la devolución del material de archivo, tanto para uso interno como externo. 14. Brindar orientación a los servidores públicos de la Aerocivil, colaboradores y dependencias sobre temas relacionados con el área de su especialidad y preparar material didáctico para su difusión y publicación. 15. Operar y administrar funcionalmelilte el sistema de gestión documental y proponer las mejoras en coordinación con la Secretaría de Tecnologías de la Información TI; así como la actualización a los funcionarios involucrados en su operación. 16. Desarrollar y administrar el programa de gestión documental de la Aerocivil de acuerdo con lo establecido en la Ley 594 del 14 de julio de 2000 y demás reglamentación vigente. 17. Mantener actualizado el Sistema de Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. 18. Llevar a cabo las actividades necesarias para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanfa y los entes de control formulados por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil. 19. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información. 20. Adelantar las actividades encamina6las al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorías internas y externas. 21. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo." ~ ARTICULO SEXTO. Modificar el artículo 76 de Resolución No 00354 de 21 de febrero de 2022, el cual quedará así: v "Artículo 76°. Grupo de Seguros. Son funciones del Grupo Seguros, las siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Estructurar, proyectar, elaborar y preparar junto con los documentos y estudios previos, la solicitud del proceso de selección del intermediario de seguros de la Aerocivil. Definir con el intermediario de segu~os la estructuración de las condiciones técnicas para la adquisición de las pólizas de seguros que requiera la Aerocivil. Documentar la justificación para la obtención de los recursos financieros necesarios para la contratación de las pólizas de seguros. Capacitar a las dependencias sobre el programa de seguros contratado. Colaborar con el corredor de seguros en la gestión requerida para las reclamaciones de la Entidad ante las Compañías de Seguro. Garantizar el aseguramiento y protección de los bienes patrimoniales de la Entidad. Mantener actualizada la información sobre las reclamaciones y la siniestralidad de los bienes patrimoniales de la Entidad. Dar cumplimiento al programa de seguros de la Entidad para la atención eficaz y eficiente de los requerimientos de la ciudadanía y los entes de control formulados por cualquier canal, así como mantener la documentación a su cargo de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Aerocivil Mantener actualizado el Sistema d~ Gestión en cuanto a métodos, controles, procedimientos, manuales, guías, evidencias, registros digitales, indicadores, para las etapas de planificación, ejecución, medición, control, mitigación de riesgos y mejoramiento de los procesos a su cargo. Clave: ESTR-3.0-12·002 Versión: 10 Fecha: 10/ JULj2024 Página 7 de 8 w Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO AEROHAUTICACIVol ~~mw""'t""Ufil .,,02095 DE O2 JUL 2026 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022, "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo y se le asignan sus responsabilidades, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil" 1O. Dar cumplimiento a los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información - MSPI, asociados a la protección de la información y relacionada con el programa de seguros de la Entidad. 11. Adelantar las actividades encaminadas al mejoramiento continuo de los asuntos de su competencia y que sean inherentes al programa de seguros, en el marco de la implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MiPG, y frente a los hallazgos derivados de las auditorias internas y externas. 12. Las demás funciones que le asigne el superior inmediato y que correspondan a la naturaleza del grupo." ARTÍCULO SÉPTIMO. Ordenar que, en armenia con lo dispuesto en la presente Resolución, se expida el acto administrativo motivado mediante el cual se modifique en lo que corresponda, el Manual de Contratación de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, adoptado mediante Resolución No. 02059 de 20 de septiembre de 2024. ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente Resolución rige a pajtir de la fecha de su expedición y modifica parcialmente la Resolución No. 00354 de 21 de febrero de 2022. < Dada en Bogotá D.C., a los O2 .H11 2026 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ' V,~ LUIS ALFONSO MARTIN~~~NTY Director GeneraWP l>/- Proyectó: Maritza Gamero Torres/ Especialista Aeronáutico -Dirección Administrativa Jesús Mosquera Titimbo/ Profesional Aeronáutico- Grupo de Procesos Precontractuales JMT 9-- Revisó: Edilson Arenas Silva/ Director Administrativo Nelson Alirio Mufloz Leguizamón t Secretario Genew Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 10 Fecha: 10/JUL/2024 Página 8 de 8