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Resolución GeneralResolución 00128 de 202615/01/2026· Dirección General

Por la cual se realizan unas delegaciones de ordenación en Ja Regional Norte de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

RESOLUCIÓN NÚMERO ~ \.,i Transporte "' 0 Q 1 2 8 1 5 ~DE ENERO DE 2026. Por la cual se realizan unas delegaciones de ordenación de gasto en la Regional Norte de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civíl. El DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL - AEROCIVIL En ej ercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998, 1150 de 2007, Decreto 1294 de 2021, Decreto 1265 de 2025 del Ministerio de Transporte y demás disposiciones concordantes, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, establece que "la función administrativa está. al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en el principio de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones". Que el artículo 211 de la Constitución Política establece la figura jurídica de la delegación, para el cumplimiento de las funciones institucionales, y se permite a las entidades asignar tareas, funciones y competencias en sus subalternos o en otras autoridades. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y acorde con la citada ley, "podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias ( ... ) y podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley". Que el artículo 3° de la Ley 80 de 1993, establece que "al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la construcción de dichos fines. Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta que al celebrar ejecutar contratos con las entidades estatales que, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones". Que el numeral 1° del artículo 11 de la Ley 80 de 1993, dispone que "La competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones o ... y para escoger contratistas será del jefe o representante de la entidad, según el caso", norma que se armoniza con el numeral 5° del artículo 26 de la misma Ley, al establecer que "La responsabilidad de la dirección y manejo de la actividad contractual y la de los procesos de selección será del jefe o representante de la entidad estatal( ... )". Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 establece "Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la Cl11ve: CSTR·l.O 02 ~ Venlón: 10 Fechai: 10/JUl/2024 Pi¡ir111 1 de J RESOLUCIÓN NÚMERO Transporte "'-ºº 1 2 8 _1 ·p_ DE ENERO DE 2026 Por la cual se realízan unas delegaciones de ordenación en la Regional Norte de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes. En ningún caso, los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual". Que el artículo 23 de la Ley 80 de 1993, establece que: "Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, tas reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo". Que el artículo 110 del Decreto 111 de1996, dispone: "Los órganos que son una sección en el presupuesto general de la Nación, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de ta cual hagan parte, y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que constituye la autonomía presupuesta! a que se refieren la Constitución Política y la ley. Estas facultades estarán en cabeza del jefe de cada órgano quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces, y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el estatuto general de contratación de la administración pública y en las disposiciones legales vigentes". Que el Decreto No. 1294 de 2021, "por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil (Aerocivi/)", en su artículo 2° señala que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), tiene como objetivo: " ... garantizar el desarrollo de la aviación civil y de la administración del espacio aéreo en condiciones de seguridad y eficiencia, en concordancia con las políticas, planes y programas gubernamentales en materia económico-social y de relaciones internacionales para el crecimiento del transporte aéreo en Colombia (. . .)". Que el numeral 18 del artículo 8° del Decreto número 1294 de 2021, señala que, entre otras, son funciones de la Dirección General: "Expedir los actos y celebrar los convenios y contratos que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad". Que en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa, especialmente los de celeridad, economía y eficiencia, es necesario delegar algunas funciones en servidores que ejercen cargos de nivel directivo en la Aerocivil. Que en resolución No. 04567 del 31/12/2025 la Dirección General, reasumió en acto administrativo las delegaciones de ordenación de gasto en materia contractual. Que con el fin de mejorar la dinámica de la entidad y fortalecer su gestión institucional en el marco de la eficiencia y oportunidad, se tiene la necesidad de realizar delegaciones e introducir algunos cambios en materia de celebración de RESOLUCIÓN NÚMERO ~ Q Q 1 2 8 1 5 1 DE ENERO DE 2026 Por la cual se realizan unas delegaciones de ordenación en Ja Regional Norte de Ja Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. contrat os, ordenación del gasto, para lo cual resulta necesario mantener la delegación de algunas funciones de ordenación del gasto y de pago. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Asignar al empleo de Director(a) Aeronáutico Regional de la Dirección Regional Aeronáutica Norte de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, las Delegaciones de ordenación de gasto en los parámetros y condiciones est ablecidas en la Resolución 1363 del 11/07/2021 articulo 7 adicionada por el artículo 1 de la resolución No. 0778 del 02/05/2024 y demás normas específicas concordantes y vigentes. ARTÍ CULO SEGUNDO: Derogatorias. El presente acto administrativo deroga la resolución No. 04567 del 31/12/2025 y las demás disposiciones que le sean expresamente contrarias. ARTÍCULO TERCERO: Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., el día 15 de enero de 2026. LUIS AiJiiíiiso~N'rv Director General (E) Proyectó: Rubén Oarío perilla Cárdenas Asesor llI o-t:Í.Í'~ · Revisó: Netson Alirio Muñoz Leguizamón - Secretari~en Edilson Arenas Silva - Director Administrativo. ~ .fi Farid Stemberg Parra Caro Jefe de Oficina Aeronáuti~a .V\"'I Págil'la 3 dt 3