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Circular InformativaMAUT-5.0-22-01207/11/2023· Secretaría de Autoridad Aeronáutica

Esta Circular Informativa (CI) se constituye como un procedimiento informativo de carácter técnico y/o administrativo generado por la Dirección de Operaciones de Navegación Aérea (DONA) con el fin de brindar información clara y útil a aquellos explotadores para obtener la autorización de vuelos y áreas de vuelo UAS en cumplimiento de la norma RAC 100 acerca de operación de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas – UAS.

Página 1 de 9 CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DEL RAC 100 Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación:17/10/2025 1. PROPÓSITO Esta Circular Informativa (CI) es un documento de carácter técnico y/o administrativo generado por la Dirección de Operaciones de Navegación Aérea y el Grupo Gestión Operacional UAS con el fin de brindar información clara y útil a aquellos explotadores que deseen obtener una autorización de vuelo, autorización de área de entrenamiento o modificación de permiso vigente de los sistemas de aeronaves no tripuladas, en cumplimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia – RAC 100, acerca de operación de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas. 2. APLICABILIDAD La presente Circular Informativa aplica a todas las partes interesadas en la operación de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas, con fundamento en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia – RAC 100, que requieran gestionar una solicitud de autorización de vuelo de Aeronaves no Tripuladas. 3. ABREVIATURAS Y SIGLAS A menos que sea definido de otra forma en esta Circular Informativa, todas las definiciones y abreviaturas y siglas, tienen igual significado que aquellas mencionadas en el Capítulo II del RAC 1 y en el capítulo A del RAC 100. ATS: Servicios de Tránsito Aéreo. ATZ: Zona de tránsito de aeródromo. CEAC: Centro de Entrenamiento de la Aeronáutica Civil. CIA: Centro de instrucción Aeronáutico. CIAC: Centro de Instrucción Aeronáutica Civil. CTR: Región de Control de Tráfico. DONA: Dirección de Operaciones de Navegación Aérea. GDMUA: Grupo Drones y Movilidad Urbana Aérea. GOUAS: Grupo Gestión Operacional UAS. NOTAM: Aviso distribuido por la Red Fija de Telecomunicaciones Aeronáuticas- AFTN, que contiene información relativa al establecimiento, condición o modificación de cualquier instalación aeronáutica, servicio, procedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportuno es esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo. Página 2 de 9 CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DEL RAC 100 Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación:17/10/2025 OACI: Organización Internacional de Aviación Civil. RAC: Reglamentos Aeronáuticos de Colombia. SGDEA: Sistema de Gestión Documental. SSNA: Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea. UAS: Sistema de Aeronaves no Tripuladas. 4. ANTECEDENTES La República de Colombia, como Estado signatario del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago en 1944, aprobado mediante la Ley 12 de 1947 y, como tal, miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional se comprometió a dar cumplimiento a las normas y métodos recomendados en el citado Convenio, contenidos en sus anexos y documentos complementarios. Este convenio, en su artículo 8 “Aeronaves sin piloto”, enuncia lo siguiente: “Ninguna aeronave capaz de volar sin piloto volará sin él sobre el territorio de un Estado contratante, a menos que se cuente con una autorización especial de tal Estado y de conformidad con los términos de dicha autorización. Cada Estado contratante se compromete a asegurar que el vuelo de tales aeronaves sin piloto en las regiones abiertas a la navegación de las aeronaves civiles sea controlado de forma que se evite todo peligro a las aeronaves civiles”. En adición a lo anterior, la Organización de Aviación Civil Internacional en el año 2011, a través de la Circular 328 AN/90, estableció su visión sobre los Sistemas de Aeronaves No Tripuladas, catalogándolos como un nuevo componente del sistema aeronáutico, considerando que la integración segura de las aeronaves no tripuladas en el espacio aéreo no segregado será una actividad a largo plazo, en la que muchos participantes interesados contribuirán con su experiencia y conocimientos en diversos tópicos. En este sentido, la Aerocivil ha emitido el RAC 100 – Operación de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas que derogó el Apéndice 13 del RAC 91, estableciendo las reglas de operación para todo Sistema de Aeronave No Tripulada, que sea utilizado u operado en el territorio Colombiano, que, desde el Grupo de Gestión operacional de UAS de la Dirección de Operaciones de Navegación Aérea verifica el cumplimiento de lo establecido en el mencionado reglamento, para los explotadores, pilotos y aeronaves, garantizando de esta forma una operación segura dentro del espacio aéreo a cargo de la Aerocivil. En concordancia con el desarrollo de lo establecido en esta materia por el RAC 100, para que una persona natural o jurídica obtenga autorización de vuelo, autorización de área de entrenamiento o modificación de permiso vigente UAS, se documenta la presente circular informativa, para tramitar la solicitud de forma correcta haciendo uso de la Plataforma UAS Colombia. Página 3 de 9 CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DEL RAC 100 Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación:17/10/2025 5. REGULACIONES RELACIONADAS RAC 100 – Operación de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas y aquellas que contemplen la implementación de operaciones con aeronaves no tripuladas. 6. OTRAS REFERENCIAS 14 CFR 107 FAA, 20 de Junio de 2023, Small Unmanned Aircraft Systems. Circular OACI 101-1, 101-2, 102-37. 7. MATERIA En apoyo a la regulación vigente, y con el fin de presentar de manera explícita algunos puntos que requieren ser detallados a partir del RAC 100, la presente Circular Informativa, es una directriz de orientación y asesoría para los usuarios o explotadores, acerca de los lineamientos y actividades aplicables, desarrollando los siguientes ítems: 7.1 ¿Cómo solicitar una autorización de vuelo UAS? 7.2 ¿Cómo solicitar la autorización de las áreas de entrenamiento de vuelo UAS? 7.3 ¿Cómo solicitar la modificación de una autorización de vuelo UAS vigente? 7.1 ¿CÓMO SOLICITAR UNA AUTORIZACIÓN DE VUELO UAS? Todo explotador UAS certificado (o en proceso, según el régimen de transición del RAC 100), que requiera la obtención de una autorización de vuelo UAS, deberá seguir el siguiente procedimiento: i. Ingresar a la Plataforma UAS Colombia, haciendo uso del respectivo usuario y contraseña creado en el momento de realizar el registro de pilotos y/o equipos UA ante el Grupo Drones y Movilidad Urbana Aérea asumiendo que los pilotos y equipos UAS involucrados en la solicitud han cumplido el respectivo registro y/o certificación según corresponda. ii. Radicar la “Solicitud de autorización de vuelo UAS” ante la Dirección de Operaciones de Navegación Aérea, Grupo Gestión Operacional UAS de la Aerocivil, haciendo uso de la Plataforma UAS Colombia, diligenciando de forma correcta la información allí solicitada, módulo a módulo, y anexar los documentos adicionales, obligatorios (archivo .kml del área solicitada donde se observe la ubicación en formato sexagesimal de grados, minutos y segundos, incluidas sus centésimas, si aplica ,de cada coordenada consignada en el módulo de coordenadas del aplicativo UAS Colombia, copia de la póliza RCE según el RAC100 Sección 100.410.a.3., y formato diligenciado de análisis de riesgos (anexo apéndice A), utilizando el formato “Análisis de riesgos para la operación aérea UA”, el cual encontrará en la página web de la AEROCIVIL https://www.aerocivil.gov.co/autoridad_aeronautica/publicaciones/3781/aviacion-no-tripulada- uasdrones/ o no obligatorios , según se indica en la Plataforma UAS Colombia. Página 4 de 9 CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DEL RAC 100 Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación:17/10/2025 iii. Finalizando el proceso anterior mediante la opción “ENVIAR SOLICITUD”, se genera un número de radicación que servirá para la consulta por parte del solicitante, de la misma. iv. Una vez recibida y analizada la solicitud por parte del GOUAS, y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el RAC 100, se emitirá (o negará, según corresponda) la autorización del vuelo, la cual se tramitará a través del SGDEA de la Aerocivil y enviándola al correo electrónico registrado del explotador UAS solicitante. Nota 1. – Para el caso en que una solicitud de autorización de vuelo UAS requiera una coordinación previa con el Servicio de Control de Tránsito Aéreo, se realizará el procedimiento establecido con el fin de desarrollar un acta de Coordinación Operativa entre las partes involucradas, la cual establece horarios o ventanas operacionales, medios de comunicación principal y alternos, necesidad o no de publicación de NOTAM, procedimientos entre autoridad ATS y explotador UAS, entre otros, que consideren necesarios para las partes involucradas, con el fin de mitigar riesgos de seguridad operacional cuando ello sea necesario (operaciones desde aeródromos o en las inmediaciones de estos - ATZ, o en espacios aéreos que afecten rutas aéreas, radio ayudas, procedimientos de vuelo de aeronaves tripuladas, zonas de entrenamiento, CTR, entre otros) para garantizar la seguridad operacional en todo momento. Nota 2. – La autoridad ATS podría determinar si es procedente la publicación de un NOTAM para garantizar la seguridad operacional, de modo que la operación no podrá llevarse a cabo antes de dicha publicación y, en todo caso, no antes de cinco (5) días hábiles contados desde la realización del procedimiento establecido con el fin de elaborar un acta de coordinación operativa entre las partes involucradas, como resultado de la realización del procedimiento de coordinación UAS y de acuerdo con la circular AIC 02/2020 “Procedimiento para solicitar publicación de NOTAM”. Nota 3. – Para toda solicitud de autorización de vuelo que involucre el uso de espacio aéreo restringido, peligroso, prohibido o de operación militar, el explotador UAS debe dirigirla directamente a la Fuerza Aeroespacial Colombiana (nacionalesfac@fac.mil.co). Cabe resaltar que, si un área de vuelo solicitada por el explotador UAS se encuentra tanto en espacio aéreo de competencia de la FAC como de la Aerocivil, el explotador UAS deberá adelantar los trámites ante cada autoridad de aviación, de acuerdo con el procedimiento que cada una tenga establecido. Nota 4. – Toda solicitud de autorización de vuelo que involucre el uso de una Zona de No Vuelo Dron – ZNVD en constante actualización y publicadas en https://aerocivil.maps.arcgis.com/apps/instant/media/index.html?appid=b4be4d501c8d4bcabd0c 35297521c16e&center=-74.3578;4.7377&level=10 (por ser de tipo infraestructura crítica, no de carácter aeronáutico, como Zona de entrenamiento o aviación deportiva etc.) requerirá de una autorización escrita de la entidad responsable como anexo a la solicitud, en la cual se incluya entre otros, al menos la siguiente información: Nombre de la empresa, equipos UAS, pilotos UAS, fechas de aprobación de la operación y declaración que el explotador UAS cumple con los requisitos de seguridad para la operación aérea en las instalaciones de referencia y que la responsabilidad interna es del explotador UAS y de la entidad responsable de las facilidades en tierra del espacio aéreo declarado como zona de no vuelo dron. Página 5 de 9 CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DEL RAC 100 Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación:17/10/2025 v. Serán razón de rechazo de la solicitud: el incorrecto diligenciamiento de la información incluida en la Plataforma UAS Colombia, la ilegibilidad de la información contenida en algún documento, cualquier incongruencia en la información o documentos aportados, así como la ausencia de documentación de soporte requerida. vi. El rechazo o negación de la solicitud serán informados al solicitante indicando con claridad la(s) razón(es). Tabla 1. Documentos requeridos para la solicitud de autorización de vuelo UAS. REQUERIMIENTOS OBLIGATORIOS PARA EL TRÁMITE DE LA SOLICITUD (DOCUMENTOS) INSTRUCCIONES PARA LAS COORDENADAS DE LA OPERACIÓN AÉREA Nota. – Las coordenadas deben consignarse en sistema de referencia WGS-84 (en formato sexagesimal de grados, minutos, segundos incluidas sus centésimas si aplica), la primera coordenada deberá ser la ubicada más al norte, y las siguientes deberán estar en el sentido de las manecillas del reloj. Coordenadas de la operación aérea: - Delimitación del/las áreas(s) solicitada(s), en los cuales requiere realizar la operación aérea* donde se observe la marca de posición (marcador con información en grados, minutos y segundos incluidas sus centésimas si aplica) de cada punto y(o) vértice consignado en el módulo de coordenadas del aplicativo UAS Colombia, (el no cumplimiento de este requisito será considerado como motivo de negación de la solicitud). - La altura (sobre el terreno) máxima solicitada, en metros y pies. - Las coordenadas deben establecerse en sistema de referencia WGS-84 (en formato sexagesimal de grados, minutos y segundos incluidas sus centésimas si aplica). (*) Esta opción se podrá repetir de acuerdo con la cantidad de áreas a solicitar Para el caso de un POLÍGONO, la última coordenada debe coincidir con la primera coordenada ingresada, para así cerrar el polígono. Para facilidad en el ingreso de múltiples coordenadas, la Plataforma UAS Colombia, admite la carga de coordenadas SOLAMENTE desde un archivo .KML donde se requiere que estén agrupadas en un solo archivo que contenga claramente el(los) polígono(s), tramo(s) lineal(es), círculo(s) con su respectiva identificación (nombre) y vértices correspondientes (marcador con información en sistema de referencia WGS-84 en formato sexagesimal de grados, minutos y segundos incluidas sus centésimas, si aplica). DOCUMENTOS REQUERIDOS Documentos requeridos para el soporte de la solicitud de autorización de - Copia de la caución o póliza en formato PDF del seguro vigente que cubra el tiempo durante el cual se llevará a cabo la operación (acorde a la normatividad que incluya: empresa asegurada, número serial de los equipos UA asegurados, nombrar la cobertura en jurisdicción de todo el territorio Colombiano, tipo de operación/actividad asegurada). Página 6 de 9 CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DEL RAC 100 Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación:17/10/2025 vuelo - Archivo electrónico del (de las) área (s) de operación en formato KML, del(las) área(s) solicitada(s) en la(s) cual(es) requiere realizar la operación aérea y donde se observe la marca de posición (marcador con información en formato sexagesimal de grados, minutos y segundos, incluidas sus centésimas, si aplica, de cada punto y(o) vértice consignado en el módulo de coordenadas de la Plataforma UAS Colombia, (el no cumplimiento de este requisito, será considerado como motivo de negación de la solicitud). - Formato correctamente diligenciado de análisis de los riesgos operacionales específicos para el vuelo solicitado y su plan de mitigación (anexo apéndice A), si estos no están contemplados en el Manual de Operaciones UA del explotador certificado. - Para solicitudes de autorización de vuelo UAS, dentro de las zonas de entrenamiento, áreas de vuelo de parapente, cercana a pistas, zonas de fumigación aérea, o cualquier área de operación cercana de otros aerodinos, se debe aplicar lo indicado en esta circular informativa realizando el procedimiento de coordinación UAS, con el fin de suscribir un acta de coordinación operativa entre las partes involucradas, la cual estará firmada por el Jefe de Pilotos del explotador solicitante, explotador del aeródromo y/o por la dependencia ATS aplicable en el espacio aéreo de interés. El acta deberá contener como mínimo, fecha de la autorización de vuelo, altura aprobada, medios de coordinación entre el piloto y la dependencia de tránsito aéreo involucrada. -Para el caso de los Centro de Instrucción Aeronáutica Civil autorizados para impartir instrucción práctica a pilotos UAS, deberán adjuntar un acta de coordinación en formato libre, firmada por un representante del CIAC y por el representante, encargado, autoridad o propietario de cada una de las áreas físicas donde planea realizar esta fase del programa académico. - Para solicitudes de autorización de vuelo de UAS en prestación de servicios que incluyan el vuelo dentro de algún tipo de instalación especial (p. ej.: servicios de vigilancia y seguridad privada a contratantes con infraestructura pública o privada), se requiere copia del contrato de prestación del servicio o una autorización escrita de un funcionario competente de la entidad contratante, en donde autorice el sobrevuelo del área geográfica, instalación, facilidad etc. relacionada en la autorización que se solicita. - Para solicitudes de autorización de vuelo UAS de transporte de carga (“Drone Delivery”), el solicitante debe adjuntar una declaración de la carga, en formato libre y hoja membretada, detallando el tipo de mercancía que transportará en la UA. - Para solicitudes de autorización de vuelo UAS donde se requiera tipo de contacto visual UA - BVLOS, el solicitante deberá adjuntar un documento con descripciones adicionales, como: distancias, alturas, coordenadas, fechas y horarios y demás información de interés para análisis de la AEROCIVIL. Página 7 de 9 CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DEL RAC 100 Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación:17/10/2025 7.2 ¿CÓMO SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN DE LAS ÁREAS DE ENTRENAMIENTO DE VUELO UAS? Para solicitar la autorización de las áreas de entrenamiento de UAS se debe seguir el procedimiento descrito a continuación y aplicará para los CIAC, CEAC, CIA, con oferta educativa en Sistemas de Aviación No Tripulada, y fabricantes de UAS en cumplimiento de las exigencias del RAC 100, así: i. El CIAC interesado presentará formalmente su solicitud utilizando la Plataforma UAS Colombia, indicando el (las) área (s) de entrenamiento de vuelo de UAS pretendida/s, para su respectiva validación y autorización, acorde al tipo de operación y condiciones de vuelo que serán materia del entrenamiento. ii. Para el caso de áreas que no se encuentren sobre predios de propiedad del CIAC, se deberá anexar a la solicitud el contrato, convenio o documento privado que soporte la autorización de uso de tales predios para este fin, proveniente del propietario (administrador o morador si corresponde). iii. Así mismo, se deberá incluir un análisis de riesgos y estudio de seguridad operacional de la misma área. Nota 1: En todo caso se aclara que la autorización de un área de entrenamiento UAS, se concede únicamente para los fines que define el RAC 100, como es, ser un espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio nacional destinado a mantener capacitados a los pilotos UAS, a través de procesos de actualización, estandarización y autonomía, pero NO implica en ningún momento exclusividad de uso por parte del explotador UAS autorizado, concesión, transferencia de dominio, administración u otros, ya que el espacio aéreo pertenece a la Nación como lo establecen los artículos 101 y 102 de la Constitución Política de Colombia. Nota 2: Para cualquier operación de vuelo de instrucción y/u operativo, el CIAC, CEAC o CIA, deberá contar con la correspondiente autorización de vuelo UAS emitido por Aerocivil. 7.3 ¿CÓMO SOLICITAR LA MODIFICACIÓN DE UNA AUTORIZACIÓN DE VUELO UAS VIGENTE? En caso de requerir la modificación de una autorización de vuelo UAS vigente emitida por la Dirección de Operaciones de Navegación Aérea, Grupo de Gestión Operacional UAS, por extensión de la fecha de operación, modificación de pólizas RCE involucradas, modificación del área de operación, adición de pilotos y(o) equipos UAS, u otro motivo aplicable a la operación, se podrá solicitar la modificación de la autorización emitida de la siguiente forma: i. Ingresar a la Plataforma UAS Colombia, seleccionar el permiso que se requiere modificar (estarán desplegados para poder seleccionar los permisos vigentes susceptibles de modificación). ii. Según la necesidad se modificará el módulo que incluye el cambio a aplicar, ya sea extensión de fecha de operación (módulo operación aérea), adición de pilotos y/o Página 8 de 9 CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DEL RAC 100 Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación:17/10/2025 equipos UA o incluir variaciones de póliza RCE (módulo UAS y pilotos), modificación del área a volar (solo se podrá extender el área inicialmente aprobada, no podrá corresponder a un sitio geográfico diferente al ya autorizado y será modificado en el módulo Coordenadas de la operación). iii. Una vez incluidos los cambios solicitados, habiendo anexado los documentos obligatorios que indica la Plataforma UAS Colombia, se envía la solicitud mediante la opción ENVIAR SOLICITUD, generando un nuevo número de radicación que servirá para la consulta por parte del solicitante del estado de esta. iv. Una vez recibida y analizada la solicitud por parte del GOUAS, y verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el RAC 100, se emitirá o no una nueva autorización de vuelo, la cual se tramitará a través del sistema de gestión documental de la Aeronáutica Civil y enviándola al correo electrónico registrado del explotador UAS solicitante. 8. VIGENCIA: La presente circular entra en vigor a partir de la fecha de su publicación. 9. CONTACTO PARA INFORMACIÓN: Para más información o actualización de información no descrita previamente, favor contactarse con: Grupo Gestión Operacional UAS de la Dirección de Operaciones de Navegación Aérea Correo: gouas@aerocivil.gov.co Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. Avenida Eldorado # 103-23 Bogotá, D.C. ______________________________________ Ingeniero Jorge Enrique Saltarín Sánchez Secretario de Servicios a la Navegación Aérea Proyectó: Ing. Jhoan Palacios Manrique- GOUAS. Revisó: Ing. Edisson Unriza – Coordinador GOUAS. Ing. Jaime Rodriguez- GOUAS. Cr. Andrés Felipe Otero Acero -Director de Operaciones de Navegación Aérea. Jeannette Andrade Hernández. - SSNA- Despacho. Página 9 de 9 AERONÁUTICA CIVIL UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CIRCULAR INFORMATIVA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VUELO – AUTORIZACIÓN DE ÁREA DE ENTRENAMIENTO Y MODIFICACIÓN AUTORIZACIÓN VIGENTE UAS EN CUMPLIMIENTO DE LA NORMA RAC 100 Clave: Clave: MAUT-5.0-22-012 Versión: 02 Fecha de aprobación: 17/10/2025 APÉNDICE A “FORMATO ANÁLISIS DE RIESGO” Clave: MAUT-5.0-12-055 FORMATO 100 - ANÁLISIS DE RIESGOS PARA LA OPERACIÓN AÉREA UA Clave: MAUT-5.0-12-055 Versión: 01 Fecha de aprobación: 07/11/2023 SECRETARÍA DE AUTORIDAD AERONÁUTICA DIRECCIÓN DE AUTORIDAD DE SERVICIOS AÉREOS GRUPO DE DRONES Y MOVILIDAD URBANA AÉREA Nombre del Solicitante: (Persona Natural o Jurídica) Condiciones de la operación UA: Fecha en que se realiza el análisis: Día - Mes - Año Fecha de fin de la operación: Día - Mes - Año Lugar de la operación UA: Tipo de operación aérea UA: Fecha de inicio de la operación: Día - Mes - Año Número total de vuelos: 1. IDENTIFICACION DE PELIGROS Responda todas las preguntas a continuación, seleccionando SI en caso de que su respuesta sea afirmativa, o NO en caso de que su respuesta sea negativa. Este formato tiene celdas formuladas para ser arpovechadas, por lo cual se recomienda no modificar las celdas con formulas o listas de selección. 2. EVALUACIÓN DEL RIESGO Por cada respuesta Afirmativa (SI) diligencie las siguientes columnas. Considere la Probabilidad, la Severidad y la Tolerabilidad respectivamente: Haga uso del Instructivo para evitar errores. 3. MITIGACIÓN DEL RIESGO Si el Nivel de Riesgo es diferente a Aceptable justifique las defensas implementadas. 4. CONTROL DEL RIESGO Califique nuevamente el riesgo teniendo en cuenta la aplicación de las estrategias de mitigación en la operación UAS de esta solicitud. Si el Nivel de Riesgo Residual es diferente a Aceptable, justifique las acciones adicionales para aumentar sus defensas. Tipos de Peligros Ítem Preguntas (Posibles Preocupaciones de Seguridad Operacional) Respuesta (Si / No) ¿Por qué se presenta esa condición? (Causa) ¿A qué riesgo esta expuesta la operación dada esta condición? (Consecuencia) Probabilidad Severidad Índice de Riesgo Tolerabilidad Estrategias de mitigación Describa las estrategias de mitigación Probabilidad Severidad Índice de Riesgo Tolerabilidad Acción por riesgo residual (i) Personal Operativo 1 ¿La operación será realizada por menos de dos personas? (ii) Personal Ajeno 2 ¿Vuela sobre personas que no hacen parte de la operación? (ii) Personal Ajeno 3 ¿Habrá presencia de publico espectador de la operación aérea UAS? (ii) Personal Ajeno 4 ¿El vuelo captura información que vulnere la intimidad o privacidad de alguna persona? (iii) Tierra 5 ¿Va a sobrevolar propiedades, edificaciones o infraestructura? (iii) Tierra 6 ¿Le falta identificar alguno de los obstáculos en la trayectoria del vuelo BVLOS o autónomo? (iii) Tierra 7 ¿La UA es cautiva? (iii) Tierra 8 ¿El vuelo se realizará en un espacio cerrado, confinado o bajo techo? (iii) Tierra 9 ¿El punto de despegue o aterrizaje del UA se ubica sobre un vehículo, embarcación o aeronave en movimiento? (iii) Tierra 10 ¿Desde la posición del piloto o desde la posición del observador se esta expuesto a perder el contacto visual del UA en un radio de 750 metros horizontalmente ? (iv) Aire 11 ¿Realizará su vuelo posterior a que se oculta el sol? (iv) Aire 12 ¿Para cumplir la misión de vuelo es necesario que el UA exceda alguna de las limitantes establecidas por el fabricante? (iv) Aire 13 ¿La operación incluye el transporte de carga que pueda afectar la dinámica del vuelo? (iv) Aire 14 ¿La operación es autónoma y supera los 750 metros horizontales desde el punto de despegue? (iv) Aire 15 ¿Ha identificado la operación de otros UAS en mi zona de vuelo? (iv) Aire 16 ¿Han pasado mas de 60 días después del ultimo mantenimiento su UAS? (iv) Aire 17 ¿Ha identificado condiciones en la operación en las que se pueda perder o intervenir el enlace C2? (iv) Aire 18 ¿El vuelo es de tipo FPV? (iv) Aire 19 ¿Desconoce las condiciones meteorológicas del sitio de operación y durante las fechas de operación? (v) Estratégico 20 ¿Vuela en espacio aéreo controlado por ATC? (v) Estratégico 21 ¿La altura de vuelo será mayor a 400 metros AGL? (v) Estratégico 22 ¿En las cartas aéreas identificó rutas aéreas que crucen sobre su zona de vuelo UA? (v) Estratégico 23 ¿El vuelo se realizará a una distancia menor de 5 kilómetros del ARP de un aeródromo? (v) Estratégico 24 ¿El vuelo se realizará a una distancia menor de 2 kilómetros del ARH de un helipuerto? Identifique otros peligros relacionados con la operación de vuelo UAS que va a realizar, enlístelos a continuación e informe de la gestión del riesgo relacionada: Tipos de Peligros Ítem Otros peligros propios de la operación relacionada en esta solicitud de autorización de vuelo ¿Por qué se presenta esa condición? (Causa) ¿A qué riesgo esta expuesta la operación dada esta condición? (Consecuencia) Probabilidad Severidad Índice de Riesgo Tolerabilidad Estrategias de mitigación Describa las estrategias de mitigación Probabilidad Severidad Índice de Riesgo Tolerabilidad Acción por riesgo residual 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 JEFE DE PILOTOS UAS O QUIEN HAGA SUS VECES Nombre completo: Número de documento de identificación: FIRMA Tipo de documento de identificación: Número teléfono celular: Nota: se recomienda mantener este formato en digital en formato Excel o PDF, Para imprimir se recomienda imprimir en papel de tamaño A3, solo ajustando la pagina a lo ancho. Formato disponible en https://www.aerocivil.gov.co/autoridad_aeronautica/publicaciones/3781/aviacion-no- tripulada-uasdrones/ .