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Decreto63316/04/1995· Presidencia de la Republica

por el cual se reglamenta la Ley 9 de 1989.

Departamento Administrativo de la Función Pública Decreto 633 de 1995 Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos. DECRETO 633 DE 1995 DECRETO 633 DE 1995 (abril 17) por el cual se reglamenta la Ley 9 de 1989. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, DECRETA: Artículo 1º.- Los procesos de extinción del derecho de dominio a que hace referencia la Ley 9 de 1989, no proceden respecto de bienes imprescriptibles o de propiedad de las entidades de Derecho Público. Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 17 de abril de 1995. El Presidente de la República, ERNESTO SAMPER PIZANO. El Ministro de Gobierno, HORACIO SERPA URIBE. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, GUILLERMO PERRY RUBIO. El Ministro de Desarrollo Económico, RODRÍGO MARÍN BERNAL. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Diario Oficial No. 41816 Fecha y hora de creación: 2025-05-02 10:35:42 Decreto 633 de 1995 1 EVA - Gestor Normativo