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Circular InformativaMAUT-5.0-22-00111/11/2022· Secretaría de Autoridad Aeronáutica

Procedimiento para el proceso de actualización de explotadores de servicios aéreos RAC 121 y 135

CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 1 de 18 1. PROPÓSITO Esta circular informativa (CI) establece el procedimiento a seguir por parte de los Explotadores de Servicios Aéreos certificados bajo el RAC 4 que desarrollen operaciones aéreas con aeronaves de matrícula nacional o extranjera, que requieran la revisión y actualización del certificado de operación bajo los RAC 119, RAC 121 o RAC 135 y cumpliendo con los requisitos administrativos y técnicos en una forma aceptable para la AEROCIVIL. El explotador de un certificado de servicios aéreos (CDO) puede utilizar métodos alternos de cumplimiento, siempre que dichos métodos sean aceptables para la AEROCIVIL. La utilización del futuro del verbo o del término debe, se aplica a un solicitante o explotador que elige cumplir los criterios establecidos en esta CI. Así mismo, indica los requisitos y la documentación que debe ser remitida por el explotador para efectuar el análisis de viabilidad técnica, previo al inicio del proceso formal de actualización. Esta CI se constituye como un procedimiento informativo de carácter técnico y/o administrativo generado por la Secretaría de Autoridad Aeronáutica, pero no el único aceptable para la AEROCIVIL. En ningún momento, este procedimiento exime al solicitante de cumplir con las demás disposiciones vigentes y los requisitos de la Regulación Nacional, solicitados por otras dependencias de la AEROCIVIL. 2. APLICABILIDAD: Esta CI orienta a las empresas de transporte aéreo comercial regular y no regular, quienes deben efectuar la revisión y actualización al RAC 121- 135 de acuerdo con el RAC 119. Las empresas deben efectuar la actualización cumpliendo con el CRONOGRAMA PROCESO DE ACTUALIZACION DE SERVICIOS AEREOS RAC 121/135 (GCEP- 1.0-12- 239) 3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS A menos que sea definido de otra forma en esta Circular Informativa, todas las palabras, frases, definiciones y abreviaturas tienen igual significado que aquellos usados en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC). Adicionalmente, las definiciones y abreviaturas listadas a continuación son aplicables a los procedimientos descritos en este documento. CI. Circular Informativa DIP: Declaración de intención de Pre-Solicitud CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 2 de 18 POI: Inspector Principal de Operaciones PMI: Inspector Principal de Mantenimiento CDO: Certificado de Operación JEC: Jefe del Equipo de certificación. RAC: Reglamentos Aeronáuticos de Colombia MCM: Manual de control de mantenimiento MO: Manual de Operaciones. SMS: Sistema de gestión de la seguridad operacional MAC: Métodos aceptables de cumplimiento: Ilustran los medios, y métodos, pero no necesariamente los únicos posibles, para cumplir con un requisito específico del RAC 121 y RAC 135. MEI: Material explicativo e informativo: Proporciona la interpretación que explica el significado de un requisito del RAC 121 y RAC 135 MTAC: Manual de trámites relativos a las actividades aéreas civiles. 4 ANTECEDENTES: Los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia RAC 119 “Certificación de Explotadores de Servicios Aéreos” determinan que, ninguna empresa de transporte aéreo regular y no regular puede operar sin un CDO, emitido por la AEROCIVIL. 5 REGULACIONES RELACIONADAS: - Anexo 6- Operación de Aeronaves – Parte I, y III, Transporte Aéreo Comercial Internacional-Aviones. Operaciones internacionales Helicópteros. - DOC.8335.OACI. Manual de Procedimientos para Inspección de Operaciones. - RAC 119. Certificación de Explotadores de Servicios Aéreos. - - RAC 121. Requisitos de Operaciones Domésticas e Internacionales Regulares y no Regulares. - - RAC 135. Requisitos de Operaciones Domésticas e Internacionales Regulares y no Regulares. - - FAA AC 120-49 Certification of air carriers - MTAC Manual de trámites relativos a las actividades aéreas civiles. CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 3 de 18 6. OTRAS REFERENCIAS: - Res. 02412 del 15 agosto 2018 Publicada en el Diario Oficial N° 50.809 – 16-Dic- 2018, Requisitos de Operación – Operaciones Domésticas, Nacionales e Internacionales, Regulares y no Regulares. Se incorpora a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 121. - Res. 02411 del 15 agosto 2018 Publicada en el Diario Oficial N° 50.808 – 15-Dic- 2018, Requisitos de Operación – Operaciones Domésticas, Nacionales e Internacionales, Regulares y no Regulares. Se incorpora a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia como RAC 135. - Resolución 01791 de 17 Jun 2019 Publicada en el Diario Oficial N°50.988 – 18- jun-2019 Surte Efecto 18 junio 2019, Se adoptan nueva normatividad -con Normas de Transición - sobre Requisitos de Operación – Operaciones domésticas Nacionales e Internacionales, regulares y no regulares - RAC 121. - Resolución 02804 de 30-Dic-2020 Publicada en el Diario Oficial N°.51.544 de 31- Dic-2020 Surte Efecto 31 de diciembre de 2020, Se adoptan nueva normatividad -con Normas de Transición - sobre Requisitos de Operación – Operaciones domésticas Nacionales e Internacionales, regulares y no regulares - RAC 121. - Resolución 00247 de 10- feb-2021. Publicada en el Diario Oficial N°. 51.585 de 11 feb-2021- RAC 135. 7. MATERIA 7.1 Información sobre enmiendas VERSIÓN MOTIVO FECHA 1 Edición inicial 30/08/2021 2 Ajuste del orden de los procedimientos y requisitos para la solicitud inicial. Inclusión de nombre de dependencias según la estructura organizacional de la Secretaria de Autoridad Aeronáutica 26/10/2022 7.2 FASES DEL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 4 de 18 El proceso de actualización consta de 4 fases, las cuales se describen a continuación: PROCESO DE ACTUALIZACIÓN PORCENTAJE DE AVANCE PRE-SOLICITUD – (ORIENTACION) N/A FASE 1. SOLICITUD FORMAL 10 % FASE 2. EVALUACIÓN DE DOCUMENTACIÓN 30 % FASE 3. INSPECCIÓN Y DEMOSTRACIÓN 40% FASE 4. ACTUALIZACIÓN DEL CDO 20% 7.2.1 Pre – solicitud (Orientación) El explotador debe dirigir la solicitud de orientación para el inicio del proceso de actualización, al Coordinador del Grupo de Certificación de Proveedores de Servicios a la Aviación, quien convoca a una reunión de orientación inicial, en la cual se explica y se discuten los conceptos generales del proceso de actualización, se hace entrega al interesado del paquete informativo, compuesto por: DIP, Cronograma, Circulares Informativas y cualquier otro material relacionado, que resulte útil para el solicitante con el fin de llevar a cabo el proceso de actualización ante la AEROCIVIL. La documentación se encuentra en los siguientes enlaces: - Declaración de Intención de Pre-Solicitud – DIP: OPS - AIR - DECLARACIÓN DE INTENCIÓN DE PRESOLICITUD DIP https://isolucion.aerocivil.gov.co/Isolucion/Documentacion/frmListadoMaestroDocu mentos.aspx - Cronograma proceso de actualización (4 fases) AIR-OPS CRONOGRAMA PROCESO DE ACTUALIZACION EXPLOTADORES DE SERVICIOS AEREOS RAC 121/135 (4 fases) https://isolucion.aerocivil.gov.co/Isolucion/Homes/HomeConsulta.aspx CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 5 de 18 A la reunión de orientación debe asistir, por parte del explotador, el personal directivo de acuerdo con el RAC. 119.335 y 119.345 y responsables del desarrollo del proceso. El objetivo de la reunión es aclarar las dudas que surjan y responder preguntas sobre el proceso de actualización en temas como son: los reglamentos aplicables, el estatus del permiso, la información que el explotador debe presentar en la solicitud formal y se enfatiza en obligación de finalizar satisfactoriamente una fase, antes de iniciar la siguiente. 7.2.2 Solicitud Formal El explotador presenta la solicitud formal, firmada por el directivo responsable, dirigida al Coordinador del Grupo de Certificación de Proveedores de Servicios a la Aviación con la siguiente información: a) Una declaración de que la solicitud sirve como solicitud formal para la actualización, la cual debe contener la siguiente información: b) El nombre del Representante Legal y la dirección comercial del Explotador c) La dirección de la base principal de operaciones d) Una descripción de la organización y de la estructura del solicitante. e) Presentación del directivo responsable, director o responsable de operaciones, gestor de aeronavegabilidad, gerente o responsable del sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS), jefe de pilotos y jefe de instrucción. f) La naturaleza de las operaciones propuestas, p. ej., de pasajeros/carga/correo; diurnas o nocturnas; VFR o IFR y si transporta o no mercancías peligrosas. Nota. - En el Apéndice 1 de esta Circular se adjunta un modelo de carta de solicitud formal. Una vez recibida la solicitud formal, es analizada y si cumple con lo requerido en la Circular, se asigna al equipo de inspectores para llevar a cabo el proceso de actualización. Documentos requeridos en la Fase 2: a) Declaración de Intención de Pre-solicitud - DIP b) Borrador de las especificaciones de operación (OpSpecs); CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 6 de 18 c) Cronograma proceso de actualización. d) Declaración, carta o lista de cumplimiento inicial o una descripción detallada de cómo el solicitante demostrará el cumplimiento de los requisitos reglamentarios; e) Hojas de Vida del personal directivo; f) Detalles del sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS); g) Documentos de compra, arrendamiento, contratos o cartas de intención; h) Manual de operaciones (MO); i) Manual de control de mantenimiento (MCM); j) Programa de mantenimiento, incluyendo un cronograma de mantenimiento, detallará los requisitos de mantenimiento para las aeronaves particulares; k) Los demás documentos que se encuentran descritos en el CRONOGRAMA PROCESO DE ACTUALIZACION DE SERVICIOS AEREOS RAC 121/135 (GCEP-1.0-12- 239). A continuación, se describen los aspectos generales que el explotador debe considerar en la preparación de los documentos a presentar en la fase de solicitud formal. 7.2.2.1 Borrador de las OpSpecs. El explotador prepara y presenta el borrador de las OpSpecs en el formato establecido en el siguiente enlace: OPS - AIR - ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LAS OPERACIONES https://isolucion.aerocivil.gov.co/Isolucion/Documentacion/frmListadoMaestroDoc umentos.aspx El borrador de las OpSpecs incluye las autorizaciones, condiciones y limitaciones para cada modelo de aeronave de la flota del explotador. Las OpSpecs identificadas por el explotador deben estar sujetas a las condiciones establecidas en el MO del explotador. 7.2.2.2 Cronograma de actualización. a) El cronograma de actualización es un documento clave que el explotador debe presentar en la Fase 2 - Solicitud formal. Este cronograma detalla las actividades, programas, aeronaves e instalaciones que, el explotador debe demostrar en la fase de inspección por parte de la AEROCIVIL, antes de la actualización del CDO. El cronograma incluye la fecha estimada en la que CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 7 de 18 el solicitante proyecta dar cumplimiento de los requisitos para la inspección. b) El cronograma incluye las fechas en que: 1) Las aeronaves y las bases de mantenimiento y operaciones (principal y auxiliares) están listas para inspección; 2) Los manuales, documentos y programas requeridos, se encuentran listos para evaluación; 3) Las demostraciones de evacuación de emergencia, amaraje y las pruebas de demostración serán realizadas (Si aplica). c) El explotador desarrolla el cronograma de manera clara, lógica y secuencial. d) Mediante el cronograma, el explotador debe tener en cuenta un tiempo razonable para que el equipo de Inspectores de la AEROCIVIL revise y acepte o apruebe cada ítem o evento, antes de programar otras actividades o eventos que dependan de dicha aceptación o aprobación. e) Todo el proceso está previsto de manera integrada y secuencial. Si se presentan deficiencias durante la revisión de manuales y otros documentos, los mismos serán devueltos para su enmienda o corrección. De igual manera, si se presenta una falla en completar un ítem o evento en tiempo y en forma satisfactoria de acuerdo con el cronograma, puede ocasionar demoras adicionales en el proceso de actualización. f) Los procesos de actualización bajo RAC 121 y 135, se llevan a cabo mediante un cronograma de 4 fases, el cual se encuentra en el siguiente enlace: - AIR-OPS CRONOGRAMA PROCESO DE ACTUALIZACION EXPLOTADORES DE SERVICIOS AEREOS RAC 121/135 (4 fases) https://isolucion.aerocivil.gov.co/Isolucion/Homes/HomeConsulta.aspx 7.2.2.3 Declaración, carta o lista cumplimiento inicial. a) La preparación de la declaración, carta o lista de cumplimiento asegura sistemáticamente que todos los aspectos reglamentarios son apropiadamente referidos durante el proceso de actualización. Esta declaración, es un listado de los requisitos de cada reglamento que el solicitante, asegura conocer y que aplicará en sus operaciones. La declaración de cumplimiento se presenta en forma de un listado completo de todas las secciones apropiadas de los RAC 21, 39, 43, 91, 119 (Lo aplicable), 121, 135 y 175 (Si aplica). Del RAC 91 además de los requisitos de los capítulos A al C, los requisitos de los capítulos D al M de la parte I se aplicarán a todas las aeronaves (aviones y helicópteros), excepto cuando los mismos estén establecidos en las normas específicas de operaciones CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 8 de 18 contenidas en las normas RAC 121 o RAC 135, en cuyo caso se aplicarán estos últimos. b) El listado debe referenciar cada capítulo y sección relevante de dicho capítulo. Junto a cada sección, párrafo o subpárrafo, el explotador debe hacer referencia específica a sus manuales u otros documentos y puede también suministrar una descripción breve que detalle, la forma en la que cumple con la reglamentación. Esta declaración de cumplimiento es un índice del sistema de manuales del explotador y sirve para agilizar la revisión y aprobación del sistema de manuales por parte de la AEROCIVIL. No obstante, el proceso de actualización finalice, esta declaración de cumplimiento debe mantenerse actualizada y vigente, realizando la respectiva revisión, cada vez que existan cambios que sean incorporados al sistema del explotador. c) La carta de cumplimiento deberá ser desarrollada de acuerdo con la Circular Informativa Requisitos y procedimientos para elaborar una declaración, carta o lista de cumplimiento GCEP-1.0-22-028 https://www.aerocivil.gov.co/autoridad-de-la-aviacion-civil/biblioteca- tecnica/circulares-informativas 7.2.2.4 Estructura administrativa y hojas de vida del personal directivo. Este adjunto incluye las hojas de vida del personal directivo en cumplimiento con los requisitos de las secciones RAC119.330 y 119.335 para explotadores RAC 121 y de las secciones RAC 119.340 y 119.345 para explotadores RAC 135 y contiene información sobre los cargos directivos (organigrama), nombres, calificaciones, certificados y experiencia de gestión relevante y, donde sea apropiado, las licencias, habilitaciones y experiencia aeronáutica del personal seleccionado para los cargos o de equivalente denominación en la organización. Los siguientes cargos adicionales son mencionados en el Doc. 8335 de la OACI (si son aplicables) y por tanto se requiere remitir sus hojas de vida: 1) Jefe o jefes de flotas. 2) Gerente o responsable de la tripulación de cabina 3) Gerente o responsable de los servicios en tierra. 4) Gerente o responsable de seguridad de la aviación civil (AVSEC). De acuerdo con el RAC 119.330 (e) y 119.340 (e), la AEROCIVIL puede aprobar posiciones distintas de las listadas para una operación particular, a excepción del director o responsable de la gestión del mantenimiento de la CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 9 de 18 aeronavegabilidad (Gestor de Aeronavegabilidad), si el explotador demuestra que puede realizar la operación con el más alto grado de seguridad operacional bajo la dirección de un número menor o de diferentes categorías de personal directivo debido a: 5) La clase de operación involucrada; 6) El número y tipo de aeronaves utilizadas; y 7) El área de operaciones. 7.2.2.5 Detalles del sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS) El solicitante, establece un sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS) en su organización para cumplir con los requisitos aplicables del RAC 121.110. Para la implementación adecuada de un SMS, se debe tener en cuenta la orientación brindada por la OACI en el Documento 9859 “Manual de Gestión de la Seguridad Operacional” y en el siguiente enlace: https://www.unitingaviation.com/publications/safetymanagementimplementation/content/#/ Este sitio web, denominado Safety Management Implementation (SMI), complementa la cuarta edición del Manual de gestión de la seguridad operacional (Safety Management Manual - SMM) de la OACI y proporciona ejemplos, herramientas y material de apoyo para implementar y mantener el SMS de un explotador. 7.2.2.6 Aeródromos y áreas de operación El solicitante suministra una lista de los aeródromos de destino y alternos designados para las operaciones regulares propuestas y una lista de las áreas de operación para las operaciones no regulares. 7.2.2.7 Aeronaves que se operarán El solicitante suministra una lista de las aeronaves que serán operadas indicando el fabricante, modelo y series, así como la nacionalidad y las marcas de registro de cada aeronave. 7.2.2.8 Documentos de compra, contrato y arrendamiento a) Este adjunto suministra la evidencia de que el explotador posee aeronaves, instalaciones y servicios para llevar a cabo el tipo de operación propuesta. Esta evidencia puede ser presentada en forma de prueba de compras formales, arrendamiento o arreglos contractuales. Estos documentos deben suministrar evidencia de que el explotador está comprometido a realizar CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 10 de 18 acuerdos contractuales para la aeronave o aeronaves y a brindar instalaciones y servicios necesarios para la operación propuesta. Ejemplos de los tipos de equipo, instalaciones y servicios que deben estar comprendidos en estos documentos, contratos o arrendamiento, incluyen: 1) Aeronaves; 2) Instalaciones y servicios disponibles para la oficina principal y/o auxiliares; 3) Instalaciones y servicios disponibles de comunicaciones; 4) Instalaciones y servicios de mantenimiento y servicios de escala disponibles; 5) Cartas aeronáuticas y publicaciones relacionadas; 6) Análisis y datos de obstáculos de aeródromos de operación. (si es aplicable); e 7) Instrucción o instalaciones contratadas. (simuladores de vuelo, centros de instrucción, etc.). 8) Y los demás que sean aplicables. 7.2.2.9 Currículos de instrucción, instalaciones requeridas y programación de la instrucción a) En los Capítulos K del RAC 121 y H del RAC 135, se detallan los currículos de instrucción que deben ser desarrollados por el explotador en sus programas de instrucción. b) Junto con los currículos de instrucción para las tripulaciones de vuelo, tripulaciones de cabina, despachadores de vuelo y personal de operaciones en tierra, el explotador presenta el programa de instrucción para el personal de mantenimiento en sus áreas respectivas. c) El explotador presenta el detalle de las instalaciones requeridas y disponibles para la instrucción de su personal y la programación de dicha instrucción con las fechas de inicio y finalización de esta. 7.2.2.10 Manual de operaciones (MO) El Manual de Operaciones (MO), establece las políticas generales del explotador, los deberes y responsabilidades del personal, las políticas y procedimientos del control operacional y las instrucciones e información necesarias para permitir que el personal de tierra y de vuelo realice sus deberes con el más alto grado de seguridad operacional. El tamaño y el número de volúmenes del manual de CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 11 de 18 operaciones dependen del tamaño y complejidad de las operaciones propuestas y debe estar completamente desarrollado en el momento en que el explotador entregue la solicitud formal. El explotador debe asegurarse, que el MO cumpla con los requisitos de la Sección 121.415 y Apéndice 10 del RAC 121 o de la Sección 135.040 y Apéndice 1 del RAC 135, según corresponda. 7.2.2.11 Manual de control de mantenimiento (MCM) El MCM describe los acuerdos administrativos entre el explotador y las organizaciones de mantenimiento aprobadas (OMA). Este manual define los procedimientos a ser utilizados, los deberes y responsabilidades del personal de mantenimiento, personal de operaciones y las instrucciones e información que permitan que el personal de mantenimiento y operaciones involucrados realice sus deberes con el más alto grado de seguridad operacional. El explotador debe asegurarse que el MCM cumpla con los requisitos de las Secciones RAC 121.1130 y RAC 135.1430. Los detalles que contengan el MCM y el número de volúmenes dependen del tipo, la complejidad y la cantidad de aeronaves de que se trate. 7.2.2.12 Programa de mantenimiento El programa de mantenimiento que se presenta en la fase de solicitud formal detalla los requisitos para cada aeronave, establecidos en las Secciones RAC 121.1115 y RAC 135.1415. 7.2.2.13 Detalles del método de control y supervisión de las operaciones El explotador presenta una propuesta respecto al método de control y supervisión de las operaciones. Dependiendo de la clase de operación requerida, el explotador propone los siguientes sistemas de control operacional: el sistema de despacho de vuelo (operaciones regulares y no regulares RAC 121), o el sistema de despacho y/o localización de vuelo (operaciones RAC 135). Los demás documentos que se encuentran descritos en el Cronograma proceso de actualización de servicios aéreos RAC 121/135 (GCEP-1.0-12- 239). 7.2.3 El paquete de certificación está integrado, por los siguientes documentos: a) Esta circular de informativa (CI); b) Manual del inspector de operaciones (MIO); c) Manual del Inspector de Aeronavegabilidad (MIA): CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 12 de 18 d) Cronograma; e) OpSpecs; f) Ejemplo de la carta de solicitud formal que el solicitante debe entregar en la Fase 2 del proceso de certificación; y g) Otras publicaciones o documentos que el JEC considere apropiados. 7.2.4 Consideraciones finales sobre la pre-solicitud. (Orientación) a) La comprensión de los reglamentos aplicables, el contenido del material de asesoramiento y las guías es de gran importancia para el éxito del proceso de actualización en general. El personal directivo, así como los responsables del proceso por parte del explotador, deben conocer y entender los reglamentos y disposiciones que se aplican al tipo de operación propuesta. b) Durante las fases del proceso de actualización, el explotador debe presentar los documentos y manuales para ser puestos en consideración de la AEROCIVIL. Es recomendable que, el solicitante mantenga comunicación con el equipo de inspectores asignados al proceso, con el fin de presentarles los borradores de los documentos, para que se vayan corrigiendo o efectuando cualquier observación antes de la presentación formal de la documentación. c) Si bien los miembros del equipo de inspectores suministran orientación y asesoramiento, la producción de manuales y documentos aceptables para la AEROCIVIL, es de exclusiva responsabilidad del explotador. 7.3 Fase 1 – Solicitud formal El Grupo de Certificación de Proveedores de Servicios a la Aviación revisa la solicitud formal para verificar que contiene la información requerida. Esta revisión preliminar puede demorar hasta 15 días. En el evento que, la solicitud carezca de la información requerida, la solicitud será devuelta al solicitante con una aclaración de las razones de la devolución. Si la solicitud formal es aceptable, se asigna al equipo de inspectores para iniciar el proceso de actualización. El JEC, convoca de manera oficial al explotador a la reunión de solicitud formal, a la cual debe asistir todo el personal directivo y responsable del proceso por parte del explotador. El propósito de esta reunión es revisar y discutir la aplicación formal y resolver cualquier omisión, deficiencia, preguntas o dudas del explotador. Se hace un énfasis especial en la revisión y cumplimiento del cronograma, así como en los detalles de las fases subsecuentes. Una vez efectuada la reunión de solicitud formal, el JEC, envía una carta en la que se indique la recepción y la aceptación de la solicitud formal. CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 13 de 18 La aceptación de la solicitud formal no constituye una aceptación, ni aprobación individual de los manuales y documentos adjuntos. Este material es evaluado detalladamente en la Fase 2 – Evaluación de la documentación. 7.4 Fase 2 – Evaluación de la documentación Una vez la solicitud formal es aceptada, el equipo de inspectores coordina con el operador, la entrega y el inicio de la revisión detallada de manuales y documentos requeridos, para asegurar el cumplimiento de las reglamentaciones aplicables y la conformidad con las prácticas de operación seguras. El solicitante, debe remitir la siguiente documentación para evaluación del equipo de inspectores asignados a la actualización: a) Borrador de las OpSpecs; b) Declaración, carta o lista de cumplimiento. c) Hojas de Vida del personal de gestión que incluya calificaciones y experiencia en la aviación; d) Manual de operaciones (MO). Los manuales, programas y documentos listados a continuación forman parte del manual de operaciones: 1) Sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS), que incluya una descripción del sistema de documentos de seguridad de vuelo; 2) Plan de respuesta emergencias (PRE). Programa de asistencia a víctimas de accidentes de aviación y a sus familiares. (PAF); 3) Manual de vuelo de la aeronave (AFM/RFM); 4) Manual de operación de la aeronave (p. ej. AOM o POH o FCOM); Listas de verificación de cabina de pilotaje (normal, anormal y de emergencia) y procedimientos estándar de operación (SOP). 5) Lista de equipo mínimo (MEL) y Lista de desviaciones respecto a la configuración (CDL); 6) Manual de análisis de pistas, rutas y aeródromos (Manual de performance de la aeronave); 7) Manual del programa de control de peso y balance (masa y centrado); 8) Manual de servicios de escala (Manual de operaciones terrestres): Programa de asignación de asientos en las salidas de emergencia, Documento de carga/ recarga/vaciado de combustible en tierra, Programa de equipaje de mano, Programa de deshielo y anti - hielo (Si aplica). CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 14 de 18 9) Manuales de instrucción/Programas de instrucción para la tripulación de vuelo, tripulación de cabina, Despachadores de Vuelo, personal de operaciones de tierra; 10) Programa de Instrucción para Tripulación de vuelo y Personal Aero médico. (Modalidad de ambulancias aéreas) 11) Manual de Zonas, rutas y aeródromos (Guías de rutas y cartas / Manual de rutas); 12) Manual de mercancías peligrosas; 13) Manual del programa de seguridad de la aviación civil (AVSEC). (RAC 160) 14) Lista de verificación para procedimientos de búsqueda en la aeronave de bomba y artefactos sospechosos. 15) Manual de la tripulación de cabina (requerido solo para aeronaves certificadas para transportar más de 19 pasajeros); 16) Listas de verificación del equipo de emergencia y seguridad y las instrucciones para su utilización; 17) Tarjetas de instrucciones de emergencia para los pasajeros; 18) Manual de control operacional (Manual de despacho) 19) Información esencial relativa a los servicios de búsqueda y salvamento. (RAC 91.530, RAC 121.2280, RAC 135.215 y RAC 212.440). 20) Programa de prevención del uso indebido de alcohol y drogas en personal aeronáutico. (RAC 120) e) Manual de control de mantenimiento (MCM); f) Programa de mantenimiento; g) Listado de modificaciones y alteraciones mayores. h) Sistema de análisis y vigilancia continua del programa de mantenimiento (para aeronaves mantenidas según un programa de mantenimiento); i) Programa de confiabilidad de mantenimiento; j) Manual de instrucción para el personal de mantenimiento; y k) Manuales técnicos de mantenimiento: 1) Estructura / planta de poder; 2) Reparación estructural; 3) Catálogo ilustrado de partes; 4) Procedimientos de inspección; CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 15 de 18 5) Publicaciones y subscripciones técnicas, aeronave, motores y hélices. 6) Manual del fabricante o vendedor; 7) Manual de cableado; 8) Manual de reparación general (overhaul) (si es aplicable); l) Revisión de las fases de los procesos de aprobaciones específicas que tiene autorizadas el explotador, (PBN, EDTO, RVSM, EFB, etc.). m) Plan de demostración de evacuación de emergencia (si es aplicable); n) Plan de demostración de amaraje (si es aplicable); o) Plan de pruebas de demostración/vuelos de demostración (si es aplicable); p) Contratos de arriendo de aeronaves, de acuerdos de mantenimiento, servicios de escala, Contratos de instrucción; y q) Documento o declaración que acredite homologación por concepto de ruido. r) Sistema de registros del explotador. 7.5 Fase 3 – Inspección y demostración Durante la fase de inspección y demostración, el equipo de inspectores evalúa la efectividad de las políticas, métodos, procedimientos e instrucciones descritas por el explotador en sus manuales y documentos al momento que son llevados a la práctica. Las observaciones y deficiencias identificadas por el equipo de inspectores son comunicadas al explotador para la aplicación de una acción correctiva. La siguiente lista de actividades es representativa de los eventos que se realizan en la Fase 3 – Inspección y demostración. Esta lista no incluye todo, y ciertos aspectos pueden no ser aplicables para un tipo particular de explotador: a) Cumplimiento del programa de instrucción (instrucción en aula, en simuladores de vuelo y en aeronaves); b) Exámenes y certificación de los tripulantes y DV (según corresponda); c) Instalaciones de la base principal de operaciones (equipamiento, procedimientos y personal); d) Procedimientos de registro (documentación de la instrucción y el entrenamiento, programación de la actividad de vuelo de los tripulantes, limitaciones de tiempo de vuelo, períodos de servicio, períodos de servicio de vuelo y períodos de descanso); e) Control de las operaciones de vuelo (capacidad y procedimientos de despacho, iniciación, continuación, desviación y terminación de los vuelos); CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 16 de 18 f) Procedimientos aprobados del programa de mantenimiento; g) Actividades de mantenimiento (instalaciones, personal, información técnica y repuestos); h) Aeronaves (registros de conformidad de inspección y mantenimiento de las aeronaves); i) MEL y CDL (cumplimiento con el AOM, AFM y procedimientos de mantenimiento); j) Demostración de evacuación de emergencia (demostración de despegue interrumpido) y demostración de amaraje, si corresponde; y k) Pruebas de demostración (habilidad del solicitante para operar en forma independiente, segura y en cumplimiento con los reglamentos aplicables (RAC121 o RAC135). El equipo de inspectores puede programar reuniones con el explotador para revisar en detalle, las deficiencias identificadas en la Fase 3. Si es conveniente, el equipo de inspectores puede requerir al solicitante, un cronograma actualizado y determinar la necesidad de retornar a la Fase 2. 7.6 Fase 4 – Actualización del CDO. Una vez todos los ítems han sido corregidos, la AEROCIVIL expide al explotador el CDO debidamente actualizado, documento insumo para la actualización del Permiso de Operación por parte de la Dirección de Transporte Aéreo de la AEROCIVIL. Hasta tanto la AEROCIVIL determine que el operador cumple con sus responsabilidades, tal como lo establecen las leyes y las reglamentaciones vigentes, actualizará al explotador bajo la nueva reglamentación. A partir de este momento, el explotador es responsable por el cumplimiento continuo de los Reglamentos, autorizaciones, limitaciones y provisiones asociadas con su certificado y sus OpSpecs. En la medida en que las operaciones del poseedor de un CDO sufran cambios, se debe actualizar sus OpSpecs. El proceso de enmienda de las Opspecs es similar al proceso de certificación, pero naturalmente menos complejo en función de la naturaleza de los cambios. La AEROCIVIL, es responsable por realizar la vigilancia periódica del cumplimiento de los reglamentos y prácticas de operación seguras por parte del explotador. CIRCULAR INFORMATIVA PROCEDIMIENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE EXPLOTADORES DE SERVICIOS AÉREOS-RAC 121 y 135 Clave: MAUT-5.0-22-001 Versión: 02 Fecha de aprobación: 11/11/2022 Página: 18 de 18 Apéndice 1 - Modelo de carta de Solicitud Formal (Membrete de carta de la empresa) [Fecha] Sr. [Nombre del Coordinador Grupo de Certificación de Proveedores de Servicios a la Aviación] Secretaría de Autoridad Aeronáutica Estimado Sr. [Coordinador Grupo de Certificación de Proveedores de Servicios a la Aviación]: Por medio de la presente, me permito solicitar de manera formal, iniciar el proceso de actualización como Explotador de Servicios Aéreos bajo el RAC ¿??? [RAC 121 o 135]. Nuestra intención es continuar operando con [#aeronaves] aeronaves [marca y modelo]. Adjuntamos a la presente, el Certificado de Existencia y Representación Legal, protocolizada e inscrita ante la respectiva Cámara de Comercio y/o documento equivalente. Nuestra compañía tendrá su sede comercial en el [Hangar xxx del Aeropuerto zzz (anotar las direcciones completas] y su base principal de operaciones ubicada en [anotar dirección en [lugar]. Nuestra base de mantenimiento estará ubicada en [anotar dirección en [lugar]; todos los períodos de inspección [anotar los períodos de inspección y verificación (por ejemplo. servicios tipo "C" y "D")], se realizarán bajo contrato con la empresa [Nombre de la organización de mantenimiento aprobada- OMA], cuya copia se adjunta a la presente. Nuestro personal directivo de gestión es el siguiente: ° Gerente o directivo responsable: [Luis Fernández No. identificación ¿???] ° Director o responsable de operaciones: [Manuel González PTL. ¿????: ° Director o responsable de la gestión de mantenimiento de la aeronavegabilidad: [Pedro Adams No. identificación ¿???] ° Jefe de pilotos: [Gustavo Bermúdez No identificación ¿????] ° Director o Jefe de Entrenamiento: [Eduardo Rodríguez No. identificación. ¿????] ° Gerente o responsable del sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS): [Pedro García No. Identificación ¿???] Nuestro representante legal es el [Sr. Juan Pérez No. identificación ¿???], [dirección completa, incluyendo teléfonos y correo electrónico]. Atentamente, (Firma) (Nombre y cargo) Adjuntos: Cámara de comercio o documento equivalente y documentos enunciados.