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Circular Informativa5103-082-01802/06/2010· Secretaría de Autoridad Aeronáutica

Exámen Práctico Instructor

CIRCULAR INFORMATIVA EXAMEN PRÁCTICO INSTRUCTOR Clave: CI-5103-082-18 Revisión: 01 Fecha: 02/06/2010 Pág: 1 de 3 1. PROPÓSITO Esta Circular Informativa es emitida para explicar a los interesados sobre la metodología adoptada por la UAEAC, para exámenes prácticos de obtención de la Licencia IET (Instructor Tierra Especialidades Aeronáuticas, para personal de Mantenimiento). 2. APLICABILIDAD Todo aspirante a licencia IET para personal de mantenimiento debe someterse a un examen práctico en cuanto a su capacidad didáctica. 3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS A menos que sea definido de otra forma en esta Circular Informativa, todas las palabras, frases, definiciones y abreviaturas tiene igual significado que aquellos usados en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC). Adicionalmente las definiciones y abreviaturas listadas a continuación son aplicables a los procedimientos descritos en este documento. CI: Circular Informativa IET: Instructor de Tierra de Especialidades Aeronáuticas. PMI: Inspector Principal de Mantenimiento 4. ANTECEDENTES Código de Comercio, Artículo 1782 y 1801 Premisa: El Instructor es la primera autoridad técnica del salón. Mejorando la calidad de los Instructores, obtendremos técnicos de mejor calidad. 5. REGULACIONES RELACIONADAS R.A.C. 2.6.6.3. 6. OTRAS REFERENCIAS NO APLICA CIRCULAR INFORMATIVA EXAMEN PRÁCTICO INSTRUCTOR Clave: CI-5103-082-18 Revisión: 01 Fecha: 02/06/2010 Pág: 2 de 3 7. MATERIA Examen Práctico IET - Para Personal de Mantenimiento Solicitar examen práctico ante el PMI del centro de instrucción donde se realizaron las 60 horas supervisadas de experiencia de acuerdo al RAC 2.6.6.3 mediante original de carta del centro de instrucción, solicitando el examen con copia de los resultados de los exámenes teóricos y certificando que el aspirante cumple con los requisitos para optar dicha licencia. Allegar copia del planeamiento de clase que se desarrollará como examen práctico para optar a la licencia IET, el cual será evaluado por el inspector de la UAEAC. Una vez cumplidos los requisitos anteriores se programará el examen. Los resultados del examen serán comunicados al centro de instrucción que presente al aspirante. 8. VIGENCIA La presente CI cancela, revoca o supersede la CI 101-E-16 Rev. 02 del 04 de Enero del 2002 y a partir de la publicación de esta se recomienda seguir los procedimientos aquí indicados. 9. CONTACTO PARA MAYOR INFORMACIÓN Para cualquier consulta técnica adicional con respecto a esta Circular Informativa, dirigirse al Jefe de Grupo Inspección de Aeronavegabilidad de la Secretaria de Seguridad Aérea de la UAEAC. Fax (57-1) 4147079. En las regionales contactar al respectivo inspector PMI y al POI y/o al Grupo Control y Seguridad Aérea. CIRCULAR INFORMATIVA EXAMEN PRÁCTICO INSTRUCTOR Clave: CI-5103-082-18 Revisión: 01 Fecha: 02/06/2010 Pág: 3 de 3 CR (R) GERMAN RAMIRO GARCIA ACEVEDO. ING. JAIRO SALAZAR M. SECRETARIO DE SEGURIDAD AÉREA DIRECTOR ESTÁNDARES DE VUELO Revisó : CR (R) Gilberto Alemán Peñaloza Jefe Grupo Inspección de Aeronavegabilidad Proyectó: Ing. Iván Andrés Toledo Bueno Inspector de Seguridad Aérea