Circular Informativa5103-082-01802/06/2010· Secretaría de Autoridad Aeronáutica
Exámen Práctico Instructor
CIRCULAR INFORMATIVA
EXAMEN PRÁCTICO INSTRUCTOR
Clave: CI-5103-082-18
Revisión: 01
Fecha: 02/06/2010
Pág: 1 de 3
1. PROPÓSITO
Esta Circular Informativa es emitida para explicar a los interesados sobre la metodología
adoptada por la UAEAC, para exámenes prácticos de obtención de la Licencia IET
(Instructor Tierra Especialidades Aeronáuticas, para personal de Mantenimiento).
2. APLICABILIDAD
Todo aspirante a licencia IET para personal de mantenimiento debe someterse a un
examen práctico en cuanto a su capacidad didáctica.
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
A menos que sea definido de otra forma en esta Circular Informativa, todas las palabras,
frases, definiciones y abreviaturas tiene igual significado que aquellos usados en los
Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC). Adicionalmente las definiciones y
abreviaturas listadas a continuación son aplicables a los procedimientos descritos en este
documento.
CI: Circular Informativa
IET: Instructor de Tierra de Especialidades Aeronáuticas.
PMI: Inspector Principal de Mantenimiento
4. ANTECEDENTES
Código de Comercio, Artículo 1782 y 1801
Premisa: El Instructor es la primera autoridad técnica del salón.
Mejorando la calidad de los Instructores, obtendremos técnicos de mejor calidad.
5. REGULACIONES RELACIONADAS
R.A.C. 2.6.6.3.
6. OTRAS REFERENCIAS
NO APLICA
CIRCULAR INFORMATIVA
EXAMEN PRÁCTICO INSTRUCTOR
Clave: CI-5103-082-18
Revisión: 01
Fecha: 02/06/2010
Pág: 2 de 3
7. MATERIA
Examen Práctico IET - Para Personal de Mantenimiento
Solicitar examen práctico ante el PMI del centro de instrucción donde se realizaron las 60
horas supervisadas de experiencia de acuerdo al RAC 2.6.6.3 mediante original de carta
del centro de instrucción, solicitando el examen con copia de los resultados de los
exámenes teóricos y certificando que el aspirante cumple con los requisitos para optar
dicha licencia.
Allegar copia del planeamiento de clase que se desarrollará como examen práctico para
optar a la licencia IET, el cual será evaluado por el inspector de la UAEAC.
Una vez cumplidos los requisitos anteriores se programará el examen.
Los resultados del examen serán comunicados al centro de instrucción que presente al
aspirante.
8. VIGENCIA
La presente CI cancela, revoca o supersede la CI 101-E-16 Rev. 02 del 04 de Enero del
2002 y a partir de la publicación de esta se recomienda seguir los procedimientos aquí
indicados.
9. CONTACTO PARA MAYOR INFORMACIÓN
Para cualquier consulta técnica adicional con respecto a esta Circular Informativa,
dirigirse al Jefe de Grupo Inspección de Aeronavegabilidad de la Secretaria de Seguridad
Aérea de la UAEAC. Fax (57-1) 4147079.
En las regionales contactar al respectivo inspector PMI y al POI y/o al Grupo Control y
Seguridad Aérea.
CIRCULAR INFORMATIVA
EXAMEN PRÁCTICO INSTRUCTOR
Clave: CI-5103-082-18
Revisión: 01
Fecha: 02/06/2010
Pág: 3 de 3
CR (R) GERMAN RAMIRO GARCIA
ACEVEDO.
ING. JAIRO SALAZAR M.
SECRETARIO DE SEGURIDAD AÉREA
DIRECTOR ESTÁNDARES DE VUELO
Revisó : CR (R) Gilberto Alemán Peñaloza
Jefe Grupo Inspección de Aeronavegabilidad
Proyectó:
Ing. Iván Andrés Toledo Bueno
Inspector de Seguridad Aérea