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Resoluciones a los RAC0238704/12/2020· Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos

Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 – Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves

Principio de Procedencia: 1061.492 REPÚBLICA DE ceLeMBIA MINISTERIO. DE TRANSpeRTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AEReNÁUTICA CIVIL Resolución Número 00238~ . - . ... ~ It~) ) La movilidad Mintransporte es de todos "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205· Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL En use de sus facultades legales y, en especial, las cenferidas en les artícules 1782 y 1790 del Código. de Cemercie, en cencerdancia cen le establecido. en les artícules 2° y 5° numerales 4, 5 Y 6 , Y el artículo. 9°, numeral 4 del Decrete 260 de 2004, medificade mediante Decrete 823 de 2017, y CONSIDERANDO: Que la República de Celembia es miembro de la Organización de Aviación Civil Internacienal (OACI), al haber suscrito. el Cenvenie sebre Aviación Civil Internacienal, celebrado. en Chicage en 1944, aprobado. mediante la Ley 12 de 1947, y ceme tal, debe dar cumplimiento. a dicho. Cenvenie y a las nermas centenidas en sus anexes técnices. Que, de cenfermidad cen le previste en el Artículo. 37 del mencienade Cenvenie internacienal, les Estades miembres se cemprometieren a celaberar a fin de legrar el más alto. grade de unifermidad pesible en sus reglamentacienes, nermas, procedimientes y erganización relatives a las aerenaves, persenal, aerovías y servicies auxiliares y en tedas las cuestienes en que tal unifermidad facilite y mejere la navegación aérea, para le cual la Organización de Aviación Civil Internacienal -OACI, adepta y enmienda las nermas, métedes recemendades y procedimientes internacienales cerrespendientes, centenides en la anexes técnices a dicho. Cenvenie, entre elles el Anexe 5 - "Unidades de medida que se emplearan en las eperacienes aéreas y terrestres". Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), ceme auteridad aeronáutica de la República de Celembia, en cumplimiento. del mandato. centenide en el mencienade Artículo. 37 del Cenvenie sebre Aviación Civil Internacienal y debidamente facultada per el artículo. 1782 del Código. de Cemercie, el artículo. 47 de la Ley 105 de 1993, el artículo. 68 de la Ley 336 de 1996 y el artículo. 5° del Decrete 260 de 2004, medificade per el Decrete 823 de 2017, ha expedido. les Reglamentes Aeronáutices de Celembia (RAC), cen fundamente en les referides Anexes Técnices al Cenvenie sebre Aviación Civil Internacienal acaecido. en Chicage de 1944. Que, igualmente, es función de la Unidad Administrativa Especial de Aerenáutica Civil - UAEAC, armen izar les Reglamentes Aerenáutices de Celembia - RAC cen las dispesicienes que al efecto. promulgue la Organización de Aviación Civil Internacienal y garantizar el cumplimiento. del Cenvenie sebre Aviación Civil Internacienal, junte cen sus Anexes, tal y ceme se estipula en el artículo. 5° del Decrete 260 de 2004, medificade per el Decrete 823 de 2017. Que, mediante Reselución No. 01313 del 26 de marzo. de 2007, la UAEAC, en use de sus facultades legales, adeptó e incerperó a les Reglamentes Aerenáutices de Celembia, la Parte Décime-Octava de diches Reglamentes, sebre "UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AÉREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES", desarrollando. el Anexe 5 al Cenvenie sebre Aviación Civil I nternacienal. Que, para facilitar el legre del propósito. de unifermidad en sus reglamentacienes aeronáuticas, según el citado. Artículo. 37 del Cenvenie de Chicage de 1944, varies Estades miembros de la Cemisión Latineamericana de Aviación Civil (CLAC), a través de sus respectivas auteridades aerenáuticas, implementaren el Sistema Regienal de Ceeperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacienal (SRVSOP), mediante el cual vienen preparando. les Reglamentes Aeronáutices Latineamericano.s Clave: GDIR-3.0-12-010 Versión: 04 ~ ~ , Fecha: 13/07/2020 4' , \ Página:1 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos I Resolución Número .0 '¿ Ole 2020 00 2 387 . , . '- .. - .' Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". (LAR), también con fundamento en los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, en espera de que los Estados participantes desarrollen y armonicen sus reglamentos nacionales en torno a tales LAR. Que la UAEAC es miembro del SRVSOP, según el convenio suscrito por la Dirección General de la Entidad el día 26 de julio de 2011, mediante el cual acordaron la armonización de los RAC con los LAR propuestos por el Sistema a sus miembros, con lo cual se lograría, también, mantenerlos armonizados con los Anexos promulgados por la OACI, con los reglamentos aeronáuticos de los demás Estados suscriptores del Convenio de Chicago y, especialmente, con los de los demás Estados latinoamericanos miembros del SRVSOP. Que, mediante resolución No 06352 del 14 de noviembre de 2013, la UAEAC, igualmente adoptó una nueva metodología y sistema de nomenclatura para los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, en aras de su armonización con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos -LAR, con lo cual, la Parte Décimo-Octava de los Reglamentos Aeronáuticos, pasó a denominarse RAC 18, renumerada luego como RAC 100, mediante Resolución 3548 de diciembre 21 de 2015. Que es necesario modificar las disposiciones contenidas en la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, para actualizarlas incorporando en ellas las enmiendas que ha efectuado la Organización de Aviación Civil Internacional al Anexo 5, lo cual comprende ffis Enmiendas 1 al 17 al mencionado Anexo. Que, aun cuando entre los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos- LAR, no existe actualmente una norma sobre Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves, en desarrollo del Anexo 5 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, el proceso de armonización que se viene adelantando impone la necesidad de hacer movimiento en las normas y su nomenclatura, para ajustarla a la estructura propia de los reglamentos aeronáuticos armonizados, con lo cual es necesario renumerar la norma RAC 100, como RAC 205 y modificar su sistema de nomenclatura, para que resulte compatible con el resto de la normatividad que se viene armonizando con el sistema LAR. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO. Modifíquense la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, renumérese e incorpórese a dichos Reglamentos como RAC 205 denominada "Unidades de medida para las operaciones aéreas y terrestres de las aeronaves", así: "RAC 205 UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AÉREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES 205.001 Aplicación Capítulo A Generalidades CI~R-3 . 0-12-010 ...--cv~- Versión: 04 ,.....--~cha: 13/07/2020 <--..1 J ~ . -·Página:2de33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número 0 0 2 ,381 . D 1 Ole 2020~, .. . - . ... - Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". (a) Este Reglamento contiene disposiciones para la utilización de un sistema normalizado de unidades de medida en las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil, basado en el Sistema Internacional de Unidades (SI) y en ciertas unidades que no pertenecen a ese sistema pero cuyo uso se considera necesario para satisfacer las necesidades especiales de la aviación civil, en concordancia con el Adjunto A del Anexo 5 de la OACI. (b) Las normas contenidas en este Reglamento serán aplicables en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil nacional o internacional, que se desarrollen en, hacia, o desde Colombia. Nota.- Este Reglamento hace relación al uso de unidades de medida para a aviación civil, en aplicación de lo previsto en el Anexo 5 -Unidades de medida que se emplearán en las operaciones aéreas y terrestres- al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, sin perjuicio de las competencias que, en el país, correspondan a otras autoridades, y particularmente al Instituto Nacional de Metrología de Colombia. 205.005 Definiciones y símbolos (a) Cuando se utilicen los términos siguientes en las normas y métodos recomendados relativos a las unidades de medida que han de emplearse en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil internacional, los mismos tendrán los significados que se expresan a continuación: Actuación humana. Capacidades y limitaciones humanas que repercuten en la seguridad y eficiencia de las operaciones aeronáuticas. Amperio (A). Es la unidad SI de intensidad de corriente eléctrica. Se define al fijar el valor numérico de la carga elemental, e, en 1.602 176 634 x 1 0-19, cuando se expresa en la unidad C, igual a A- s, donde el segundo se define en función de Llvcs Becquerel (Bq). La actividad de un radionúclido que sufre una transición nuclear espontánea por segundo. Candela (cd). Es la unidad SI de intensidad luminosa en una dirección dada. Se define al fijar el valor numérico de la eficacia luminosa de la radiación monocromática de frecuencia 540 x 1012 Hz, Kcd, en 683, cuando se expresa en la unidad Im'W-l, igual a cd'sr'Wl, o a cd·sr·kg-1. m-2 ·s3, donde el kilogramo, el metro y el segundo se definen en función de h, c y Llvcs. Culombio (C). La cantidad de electricidad transportada en 1 segundo por una corriente de 1 amperio. Estereorradián (sr). Ángulo sólido que tiene su vértice en el centro de una esfera y que corta sobre la superficie de la esfera un área igual a la de un cuadrado cuyos lados tienen una longitud igual al radio de la esfera. Faradio (F). Capacidad de un condensador entre cuyas placas aparece una diferencia de potencia de 1 voltio cuando está cargado con una cantidad de electricidad igual a 1 culombio. ~R-3 . 0-12-010 ~ ~ Versión: 04 ~echa : 13/07/2020 J ') Página:3 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL ~ ~ La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número o 2 Ole 2020 0023~7 Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". Grado Celsius (oC). Nombre especial con que se designa la unidad kelvin para utilizarla en la expresión de valores de temperatura Celsius. El grado Celsius se usa para expresar la unidad de temperatura Celsius, que por definición es igual en magnitud a la unidad kelvin. El valor numérico de una diferencia de temperatura o intervalo de temperatura es el mismo cuando se expresa en grados Celsius o en kelvin Gray (Gy). La energía entregada por radiación ionizante a una masa de materia correspondiente a 1 julio por kilogramo. Henrio (H). La inductancia de un circuito cerrado en el cual se produce una fuerza electromotriz de 1 voltio cuando la corriente eléctrica en el circuito varía uniformemente con una cadencia de 1 amperio por segundo. Hertzio (Hz). Frecuencia de un ciclo por segundo. Julio (J). Trabajo realizado cuando el punto de aplicación de una fuerza de·1 newton se desplaza una distancia de 1 metro en la dirección de la fuerza. Kelvin (K). Es la unidad SI de temperatura termodinámica. Se define al fijar el valor numérico de la constante de Boltzmann, k, en 1.380649 x10-23, cuando se expresa en la unidad J·K-\ igual a kg·m2·s-2·K-\ donde el kilogramo, el metro y el segundo se definen en función de h, c y Llvcs. Kilogramo (kg). Unidad de masa; es igual a la masa del prototipo internacional del kilogramo. Se define al fijar el valor numérico de la constante de Planck, h, en 6.626 070 15 x10-34, cuando se expresa en la unidad J·s, igual a kg·m2·s-1, donde el metro y el segundo se definen en función de c y Llvcs. Litro (L). Unidad de volumen para medir líquidos y gases, que es igual a 1 decímetro cúbico. Lumen (1m). Flujo luminoso emitido en un ángulo sólido de un estereorradián por una fuente puntual que posee una intensidad uniforme de 1 candela. Lux (Ix). Iluminación producida por un flujo luminoso de 1 lumen distribuido uniformemente sobre una superficie de 1 metro cuadrado. (1 Ix = 1 Im/m2) Metro (m). Distancia que la luz recorre en el vacío en 1/299792458 de segundo. Se define al fijar el valor numérico de la velocidad de la luz en el vacío, c, en 299 792 458, cuando se expresa en la unidad m·s-1, donde el segundo se define en función de la frecuencia del Cesio Llvcs Milla marina (NM). La longitud exactamente igual a 1 852 metros. Mol (mol). Es la unidad SI de cantidad de sustancia. Un mol contiene exactamente 6.022 14076 x 1 023 entidades elementales. Esta cifra es el valor numérico fijo de la constante de Avogadro, NA, cuando se expresa en la unidad mol-1 y se denomina número de Avogadro. La cantidad de sustancia, símbolo n, de un sistema, es una medida del número de entidades elementales especificadas. Una entidad elemental puede ser un átomo, una molécula, un ion, un electrón, cualquier otra partícula o un grupo especificado de partículas. ~-3.0-12-010 ~~ . Versión: 04 .......--~a : 13/07/2020 <:..J )I'-, . --Página:4 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL ~ l~~11 ,. La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número 002387 ) D 20IC 2020 .. - . - Continuación de la Resolución: "Por la cual;e modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". Newton (N). Fuerza que, aplicada a un cuerpo que posee una masa de 1 kilogramo produce una aceleración de 1 metro por segundo al cuadrado. Nudo (Id). La velocidad igual a 1 milla marina por hora. Ohmio (O). Resistencia eléctrica entre dos puntos de un conductor cuando una diferencia de potencial de 1 voltio, aplicada entre estos dos puntos, produce en ese conductor una corriente de 1 amperio, no siendo el conductor fuente de fuerza electromotriz alguna. Pascal (Pa). Presión o tensión de 1 newton por metro cuadrado. Pie (ft). La longitud exactamente igual a 0,3048 metros. Radián (rad). Ángulo plano entre dos radios de un círculo que corta, sobre la circunferencia, un arco de longitud igual al radio. Segundo (tiempo) (s). Duración de 9 192631 770 períodos de la radiación correspondiente a la transición entre los dos niveles hiperfinos del átomo del cesio-133 en estado normal. Siemens (S). Conductancia eléctrica de un conductor en el cual se produce una corriente de 1 amperio por una diferencia de potencial eléctrico de 1 voltio. Sievert (Sv). Unidad de dosis de radiación equivalente que corresponde a 1 julio por kilogramo. Temperatura Celsius (t 1°C ). Temperatura igual a la diferencia t ¡OC = T/K- To entre dos temperaturas termodinámicas T y To, donde To = 273.15 K. Tesla (T). Densidad de flujo magnético dada por un flujo magnético de 1 weber por metro cuadrado. Tonelada métrica (t). Masa igual a 1 000 kilogramos. Vatio (W). Potencia que da origen a la producción de energía al ritmo de 1 julio por segundo. Voltio (V). Unidad de diferencia de potencial y de fuerza electromotriz, que es la diferencia de potencial eléctrico entre dos puntos de un conductor que transporta una corriente constante de 1 amperio, cuando la potencia disipada entre estos dos puntos es igual a 1 vatio. Weber (Wb). Flujo magnético que, al atravesar un circuito de una sola espira produce en ésta una fuerza electromotriz de 1 voltio cuando el flujo disminuye uniformemente a cero en un segundo. Capitulo B. (Reservado) Capitulo C. Aplicación normalizada de las unidades de medida ~-3.0-12-010 ~ 1Versión: 04 '" Fecha: 13/07/2020 r \ Página:5 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número ( 0·0 "2 ',~ '87-: La movilidad Mintransporte es de todos ~ , Continuación de la Resolución: "Por la cual'se modifiéa la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", 205.300 Unidades del Sistema Internacional (SI) (a) El Sistema Internacional de Unidades - preparado y actualizado por la Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM), se utilizará en Colombia, teniendo en cuenta las secciones 205.305 y 205.310 previstos en los numerales 3.2 y 3.3 del Anexo 5 de la OACI,como sistema normal de unidades de medida en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil. (b) Prefijos. Se utilizarán los prefijos y simbolos que figuran en la Tabla C-1 para componer los nombres y los símbolos de los múltiplos y submúltiplos decimales de las unidades (SI). (1) El término "unidades SI", tal como se emplea aqui, comprende tanto las unidades básicas como las derivadas y así mismo, sus múltiplos y submúltiplos. (2) Véanse en el Apéndice 2 las instrucciones sobre la aplicación general de los prefijos. """m"m "'" ""'" " "" " "" " Iéll?,l,éI " ~,:~" :""~,~~f.ij,~,~,,,,cj,~ ,, 1" éI,~",,~,,~,!cj~cj~~§I , Factor por el que debe multiplicarse la unidad """"""""""""" """"""", PrfJfijC! ", 1 000 000 000 000 000 000 = 1018 fm,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,, 1 O 10 = 101 deca 0,1 = 10.1 deci 001 = 10.2 l I ¡ centi 0,001 = 10.3 mili 0,000001 = 10.6 micro 0,000000001 = 10.9 nano 0,000000000001 = 10.12 pico 0,000000000000001 = 10.15 femto 0,000 000 000 000 000 001 = 10.18 ! atto 205.305 Unidades ajenas al sistema SI Símbolo E p T G M K h da d e m n p a (a) Unidades ajenas al SI para uso permanente junto con el sistema SI. (1) Las unidades ajenas al sistema SI que figuran en la Tabla C-2, se utilizarán bien sea en lugar de las unidades SI o como alternativa de ellas, en calidad de unidades primarias de medición, aunque únicamente como se especifica en la Tabla C-4. ~IR-3 .0-12-010 ~ Versión: 04 <:J ~L-... Fec~: : 13/07/2020 JL-... Página:6 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE . ' (l ... La movilidad Mintransporte Principio de Procedencia: 1062.492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL • t es de todos Resolución Número ( O '02 :',3,8 .1 . o 2 Ole 2020 ~ ... ' .. _ • A Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". Tabla C~.~.~ .... ~r.:!i~ades ajenél~él!§II?~~éll:J.~ºp~~l!Iélnente jU"nto con el sistema 51 Magnitudes específicas de la Tabla C-4 1........... Definición , ...... á .... n ..... g .... U .... I.O ........ p .... I.a .... n .... o ....... r .... e .... ' .. a .... t .... i.v .... a ..... ~ ........ i) ................................................... " ................................. -illt u.-- _ S~_ ~~~~~Q_ 1 t = 103 kg Masa ~onelada métrica Temperatura Celsius oc 1 unidad oC = 1 unidad Ka) ! c ·· .. ··············· ............. . Tiempo to min 1 min = 60 s I hora h 1 h = 60 min = 3 600 s dia d 1 d = 24 h = 86 400 s semana, mes, año Volumen litro L a) Para la conversión, véase la Tabla 3-2 en el Apéndice 3 en concordancia con el Adjunto C Tabla C-2 del anexo 5 de la OACI. (b) Otras unidades permitidas temporalmente con carácter opcional junto con el sistema SI, se permitirá el uso temporal de las unidades de medida que no pertenecen al sistema SI que figuran en la Tabla C-3, únicamente para las magnitudes que figuran en la Tabla C-4. Nota.- Existe el propósito de que las unidades ajenas al SI que figuran en la Tabla C-3 y que se aplican como se indica en la Tabla C-4, dejen de utilizarse, de acuerdo con las fechas que determine Consejo de la OACI. Estas fechas de terminación, una vez establecidas, por la OACI, se indicarán en el Capítulo D, de este Reglamento. 205.310 Aplicación de unidades específicas (a) La aplicación de unidades de medida para ciertas magnitudes que se utilizan en las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil internacional, estarán de acuerdo con la Tabla C-4. (b) Con el fin de facilitar las operaciones en ambientes en los que se utilicen unidades de medida específicas normalizadas y otras ajenas al SI, o en la transición entre ambientes que utilicen diferentes unidades; toda magnitud expresada en unidades ajenas al SI, en los presentes Reglamentos Aeronáuticos y en todo documento escrito con fines aeronáuticos, irá seguida de su correspondiente conversión al SI (entre paréntesis), según sea aplicable. Nota.- Las Unidades ajenas al SI, se emplearán con el fin de evitar posibles confusiones, solo en aquellos casos en que su uso sea más común y generalizado internacionalmente, en las operaciones aéreas y terrestres de las aeronaves, como sucede con el Nudo, como unidad de velocidad, la Milla Marina como unidad de distancia, y el Pie como unidad para altitud, entre otras (ver tablas C-2, C-3 y C- 4). Tabla C-3. Otras unidades cuyo uso se permite temporalmente con carácter opcional junto con las unidades 51 Definición Magnitudes específicas de la Tabla C-4 relativas a Unidad ! Símbolo .. ..... J~II~~~~illC!~t!.f!'iI.~ll.llicl.il.cI.~~$.!L .................................... ! .......... . cia (longitudinal) milla marina NM 1 NM = 1 852 m ~ ve:-GDIR-3.0-12-010 Versión: 04 Fecha: 13/07/2020 ft, Página:7 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos o 2 Ole 2020 Resolución Número 002387 Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205· Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", distancia (vertical)a) pie ft 1 ft = 0,304 8 m Velocidad nudo kt 1 kt = 0,514 444 mIs a) altitud, elevación, altura, velocidad vertical. Tabla C-4, Aplicación normal de las unidades específicas de medida -' ................................................................................................................................................................. ·· ·· ·· · ······· l¡lii·~ d=a·iJ · ········ Unidad op ~Ofl al i"~.úm ,ero de priman .a aj ena a'J S, .... ~t~.~.~:~ ............................................. ~ .~~.~~.~ ............................................... f~.~'~.~~.~~l .............. (~ ~~'.~.? ~.~~ ...... . 1. Djre~ón/Espa c;iolTiennpo "1. 1 a -,ud .2 a rea .3 di: :ancia (larga)"" .4 d'i: f.anc:ia [corta .. .:5 ;:;Je·\(.~i6 a o omia .3111:1:.1' .¡¡¡ ll-¡¡¡ -i ud ngitlKl 1. 'l O ngitud !OIeog .áJfica ~ gulo 7~ 1.3no (oua d o !:€a necesario se 1.1 1 !J.tilíz ará.1il L3l.: subd- isione-.Ei dec im ales d el .;¡'r,ado) 1. '12 ngitud e pis1a 1. '13 ,311ca ce "'L ¡al en , - pise 1. '14 cap.:;,cid .~ de ' : . d epósiios {-:;,~ ro n a · .. er 'l 1. 15 T ie po 1, '1,5 visibilidad 1:" 1.1 7 V·olum en '1.1 8 d irec -6 d el , .. ien"o (o"ras d irec c iones d el ... ien'io q; e no s ean pa ra - .aterrizaje ',. ej . ' espegue, se e.:o:Jpresari!m en grad.Ei verdadef'O'.Ei; las ¡J i re o~ -o e!:· d el ·¡,Iie. t.c· para el ate ' · a~ =- 'f el d\e!:;;:.egue se exp e :3,r.3n radas m ag ef :Ds ) .2. Un i dad es refa cjonadas ,c on ro asa' 2.1 2 .2 2 .:), 2 .4 2.:5 2 . ~ --o _. L. . • ' 2.03, .jl.ensidad d el aire ,j';ensidad d e .3érea. ':::a .:iIcid .~ d'e .:::arga d'-ensidad de c-.arga d'ensidad (de rrtalS-5) c a acid .~ d= .:::.om bus tible (gra'Jim·ét k-..a} d'-ensidad d e gas c a¡;g.Ei ~ !Ha a cEirga úfl e lell.5r _.' de asas m m k IT • m m h 'f m in m .,. . m .:¡ , • ., n, m s m in h d s em ana m es -,- a <O km m :lo ., k gl m::l k g ,'m :¿ k g k g"m" k g .'m::l k g Io:g,'m" k g T k g it MI ft ift ~-3.0-12-010 ~~Versión: 04 <J ~l _ Fec~:.: 13/07/2020 1" Página:8 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE ~ IX!?) J La movilidad Mintransporte es de todos Principio de Procedencia: 1062.492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número 1)'2 OIC 2020. ( 002: 3 ~ ·1 · Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", .................................................................................................................................................................. ··············lliiiaao·········· .J]nJrlaa -opcJonal Nf1mINU a-.s {Ji 'mar~a' aj ena aY sr ..... ~~~~~~.~~ ....... ~.~~.~~.~:~ ........................................................................................... f.~~·~.~.~~'~!~ ................ J~.I:~~~.~?-:'. ... . 1. :) 2. 4 2. :5 d _ ~~ad li-l .;,Ji d_, ,,;~ad .'o!:! liquidas ' ~ó3 !:W<!I 1 anr~ ::' do!:! im!f"cia n ~Jrn~ ':'!l ·:.:i ~Ii ca c~nlid<ld dE rno\'i n '_nlo 3.; ¡:.¡ r ~:, k':n d ,;:nr~ iUJe:nt!rnl ~ '''1;.2 r _, ~ JI!' &.:1 11. I'"loe!lra .- .3 ¡:.¡ r~ i: n 031 lCI!:Wrt!ri::~ 3.4 .~ .:' ' .... ' ·~.6 ;3,7 3.8 n ':rnll!' .", d o!:! _:~ i o .. ¡:-'J Erz~~ ¡:.¡resi:n de- !Su ni-1i!:itru de- COI 1xJ!S.~ir le­ ¡:.¡rl!'5K:n hki . ¡jl!:a 3.9 IPrl! ", K:Jn :1.. O ::!-. i ., J . --, ..:. :1. :) n ':lnre- ~" do!:! • "r!:Wió¡ :1, 4 V~ ío 4. A.'w:ianfC¡;¡ 4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6 4.7 ·.·dct::i~ d rl!' ti ... - LI., ó3C _J~ ~do "m _ la ·.\~Io:.:i d.., gu' r ~rn!gj;!l o a b;:¡jo ~,I!:.1 I e" c ' ~q j'. II!' o!! ~n_, 1 ;lrbal F t!L:U I!'nCI;!I ';¡'dCt:::id:td rl!'5 ' ~r:- '.:: , ,<11 ,t" t:k: 4.8 I r'!l L: " 4.9 en~ rg í <!l c í n &. t:: ~ OCIsarL-4di!! Fa:: d f .~..,:: 4·. 'O ;::¡c ._I~ a L:Íó ' i t!-~I ,4. 1 lPoll!' d o':! ,.:j" 2 F.;n ~I ¡je ':::I!'r'llnJdc 4 . 3 ¡:.¡ol .:j,. 4 .:j .. -5 . .:j .. "6 5. GaSi:óD VI!' k.II: jd~· '.',!:! 1 o:: i d ... o!:!rlicO!iI ·.·~Io.:;i d dt!1 ".it! 1':1<" :', 1 ,:'jire d~ 1 molar 5.2 ~g a dl!'l 1 c¡:or k91 1 ko:;¡l 1 :J kg kg .. . 1 - kg . I n:}.i ~ kg . 1 li ~ ~. p ~ hP hP ~. N k ~ k 1i:!tJ MP~ V 'i:!! MP-<l rnNt 1 ~; N · 1) p,~ k.rl ,i r" ::U!;J! r 3r. ,llJ J k'.'\, ..: k Ir Ji 2 MJ .., nl.-!J. ... ~·w ..... ~ k." n I' .... . 11 _ nll· .... kg¡'!!O k.g.1'l .1 IR-3.0-12-010 Versión: 04 Fecha: 13/07/2020 Página:9 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos o 2 Ole 2020 Resolución Número t\ n ~ ~". ~ . ~ , 7 '.' Continuación de la Resolución: "Por la cual se módifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". J •••••••••••••••••••••••••• •••••••••• ••••••••••••••••••••• ••• •••••••••••• ••• ••••• ••••••• ••••••••• •••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••• •••••••••• ••••••••• •••• ••••••••• UiliJi:í"i:ia ......... . UfI ~ aa<1Jl opc-J01'J1i 'i,lfJffl&ro de ¡!J f.lmar~.a aJel'Ja! alJ S ..... ~~~~.~~ ....... ~~.~~.~ ~.'!!:~ ........................................................................................... ~~~.~.~~.~J. ............. r.~.~~~~:~ ....... . 5.3 5 .€; 5.8 :1.9 5.1>;'.1 5. 1 ' S.12 :;. 1 ::J ~ .. 1· 5. 15 6.1 ~ ") '-..... ():: n ~u ..:. d t! ,.. ..:m b l..rSli . ~ r. ~ ~pt.!.:: i fi L:o) 1 ::X¡. 'e ~ d I:!- I:!" 1 .. 'alD lu 'o r _3é:tore ... de .il rl: ::~ c ..:mbu!:ilibie "¡¡'oelo::íd::rd de l ien~:! D d d~ F'::~·:: de '::o:Jmbus; li Li ~ ~ g r.<J·.irl ~I it: ~) g L!l!:i li:.¡uida ';g r,;:¡·.i n ~! iL:o) liq u da . 'la I ni! i c.:.r) Có:l u di:! I . ~i !:a a..:m;u 00' :J~ ' L:eíl . lu ¡¡iml de g ::!o!l I :: ~ ..: e ~ d e I:!" ro 'alr::, I.oe~~e-.:.: í fic . ..:': L it . c~p::!o>:.: · ::Il!Id CÍo!! OOIl"l!.:.3 ' ir,!:! ~ ·.~ nljl ::!o>:: ¡':::n .·e:.:':i.J ..::j.:llld (dlmin k:-"(I .•.. ::;.:.:r;x:;;idllo (':.:i t!1 ~ Ii r:::!o :, 0::": _ ficie l .I!" • e ~ . n !::mi!::ió Ii:!- Ir: 1 j o L~ rr ~:: L' pm '-I,ú lllo &..! .:Jrl!"<1 11 jo l~ rr i:':D hu 1 _d' ¡j ,.;rb!lL:' 1:.:(1 diló:ll:·::tó·.Jn lint!1.!I1 c::mlid.<Jd de c' k . 7.. E I B~frrclClad "Y m9<gl1li·&tlBm o 7.1 '::i!lp~::k;.,o 7.2 (..;o:.:nd C ~.<J l ci~ 7.:3 7.4- 7.S evrrie lo!! t!le-o-..;lri:.:::!o 7.ti In L n!:i ~::llld ~ ':.:-<1 po ~ ':'0: -:, .:.;':.:. 7. 7 ~~rr!:<i ó ,!;! I ~Llr i r.:;., 7.6 t!n:i:!¡ I!"ier.: ~r,:.r mol r iz 7,9 rnlen~ "J;sd de!:! ':.:-ó:\ 1 po. 1 I::!o>:¡ 1 ~l i L:¡;' 7.1{i j o n l agrr~! i L:o '(. 1·j d _ ~~:l .' dt! ' j j o m:30;;l ~ I it:o 7.12 poL o:: 7.1:1 .;;::mlidlld d,_ e _ l: . .;;':!;;ru 7.1.::i _ ~i~ o!!n::i<l kg ,'~ kW · l kgn .. w · l ~. ,:¡ ,'.;kl'" . h: kg,h k.g''n in kg" __ r:i~ U !S- kg ".~ kg' g l'r: ~;lll,' . g "~ Umir"l n l ".Si.,' nn p .<J ' !:: ", m , .. 'IV ,'" I ~ ' / : Ji nA! W g '1-;.g "'C" J "'C ::;: S.'m ,l'1,.'n l:l. ,I'~ e, ., ~ V 'i)' ,I\'nl Wb 'l~' e (jo Clave: GDIR-3.0-12-01 O ____ Versión: 04 ___ /' ~ Fecl a: 13/07/2020 Página:10 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 REPÚBLICA DE COLOMBIA l. L Itl.,I~-J r Oldon MINISTERIO DE TRANSPORTE , .. . , ... , La movilidad Mintransporte es de todos Principio de Procedencia: 1062.492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número O O 2 ,3 8 1. o 1. Ole 20201 ) ' .. Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves" . .................................................................................................................................................................. ··············Ui;iJaaa·········· UfIJdiOl.d ,DpC-JOI'JC'J N,lme.ro de ¡!tn m a na' a)'e l'Ja a'J s r ..... ~~~.~~ ....... ~.~W! ~.~.r? ........................................................................................... ~!.~.~.'?~.~J. ............. !'~!~.í?~:~~:~ ....... . 6 . 1 6.3 8.4 8.5 8 .6 8.7 8.8 .9'. ACQSlfcii' 9 . 1 9 .-;. 9. 3 9.4 9.5 9.Eí q"- _. , 9 .8 9 .9 9.Hl 9 . 1 9. 1.2 0 . 1 10 .2 0 .3 '0 .4- 10 . 5 0 .6 ilurn i l!I :.:iiol ~n-,i l~ r :.:~ l.Jm ir·tC~ jo I ;'050 inler s "' l!Id I IÍn o 5'" ':''-i:! n l i d~ d d eo luz ~n!'! r9r· rooiar ~ lo r .. :¡i t.u d d'!! -::¡,r', d::! 'tre _ I!" .:'1 d e l_idad d ~ l.:'Is a n i ... e l ~ -lid-..:. du dó ... r::k: '-In pl!1"1·_d¡:. p r ~ién ~¡:úsl i c21 i\'eol de ~aJrri L:k ~ r ~.z: ¡"' '::n e. ~ ' C.::J 'insli!U ':~I e~t ·.'!:! I o :.:i ~d d !'!1 s¡:4",ir.:b 11 jo d~ "I!" lad d~:l r:::' s b.·· ~ tns!.:'I r", I · 'le;,!! :, 101 : it d do!'.! e d-l:I d o~ i !:i .::tb~L"4" b i ~ 1!:![;II ~ !'! .a sorc.::¡'::: r dI!" d-..:sís. ~c j-•• ':l;-:¡;:i ~ las r~¡;:r :Jn ' c i dos d osis ~ Q i ',-~ I I'!i"'r lJ!:! e:~pos t:.: íL , I>!I r oo í <!l :.: í L~1 r-eg rr,e ... ~ ~ ,..¡::ro s í ¡: í D ... : .. I.::orr.::. s,.-.:, us.. .. e:n 101 n ..... L!g -¡!Jn. g>:"'"tCrO!l e .... . m :J::o .1 1J.;11o de: las. 4 ODe 1'1"0 Ix Ir "r'lI~ Ir r:::d Ir J M kg ''n ;j d o.'" :s. '1\' P .a d O! · p ", e , '9 e .'k9 . s t:.: P '::4' " .I<:m plr.. c!lmt! ::;Ilbk: dí:: la .. crr, n il',e:. liq ¡do:! hhfr:'u l cr.. . • 1 ~ "' . ¡;¡Cí:: Í"K: ~. -e e Ir.o ÓC" t1 e: s. de: c x i::¡L!r.o de: .. II;:¡ ¡::r·s::s. t'! n c ', L oa ·.is. bll d ild 1'i'k:rl!H .. !:i ~: m ¡:: e-doe ¡-..:I lC ilrs.l:: ", n mc..¡rr..;;. . 1.:::1: E n I ;:¡~ !Jf!cr :u:. Ot-JI[!~ .:1.1::: .. ' .Jcla. 1.1. .•.• ? c .: -.:I 3d r:.!:::,-",l "l1.1 ::ac IrIl1i1:.,;, i:I ..-cCA:.."'!i. n ".ca i;:,", ":: e l t i..J l'"ftCrO d .1:: .. ,.!..C C" . P .lr Sl 1;] ~c r- r r: ~ n l ;Jc i6"'1 d..:- 1;) .. t[: "::.dd..:l de l l .. k:: n tc ·. Cf, Ic:i. ,L...rIlC:..8 I:-::; ck: I ~ C).;}!..C 1 ~r: ,-rS;] rl ~ -= ':'-I.·C~ .~ I'"'I d 1 ~ = O. !i m ,'::;. ') E l dec j ~c l :d S ". C::; ..Inal ~c l ;]c ió1l""1 q....K: p ....w:::rh::: ..J U i Z:: i:I ~t:: c e •• 1O i..l "'II~ ;»j P ;:' -i'l C:Xfír,:-SiJr I:!" n r."d de ... rc::. i ~ n ~ r..Ú'S CL¡ )' (:1 n ¡ .. ·.el (1;_ p¡:;tc r..:l ;:¡ acO!,,; I ~:.2t ·Cuando:sC' .J II I ~¡}¡ . hLl',' Q U~ ~~.:"<Hk.;¡¡¡r el n t.·~ d r c:rL!r cn.:í.2a . 205.315 Expresión de la unidad empleada Siempre que se expresen magnitudes en forma verbal o escrita, deberá indicarse claramente la unidad empleada. 205.400 CAPITULO D TERMINACION DEL USO DE LAS UNIDADES OPCIONALES AJENAS AL SISTEMA INTERNACIONAL -SI (a) Las unidades que no pertenecen al sistema SI y que figuran en la Tabla C-3 del presente reglamento, habiendo sido conservadas temporalmente en la tabla 3-3 del Anexo 5 al Convenio C~IR-3.0-12-01 o ~_____ Versión: 04 ~cha : 13/07/2020 J, Página:11 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número o 2 Ole 2020 002387 ) Continuación de la Resolución: "Por la cual 'se ~odifica 1; norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". sobre Aviación Civil Internacional, se conservan igualmente en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, para utilizarlas como unidades opcionales, debido a su amplia difusión y para evitar posibles problemas de seguridad que podrían surgir, debido a la falta de coordinación internacional en cuanto a su uso. (Ver Nota subsiguiente a capítulo C, 205.310). (1) En razón a que internacionalmente no se ha fijado una fecha para la terminación del uso del Nudo, como unidad de velocidad, de la Milla Marina como unidad de distancia, ni del Pie como unidad para altitud; en las operaciones aéreas y terrestres, tales unidades se seguirán empleando de modo que, sobre su eventual terminación se reglamentaría tan solo después de que exista una determinación internacional. (b) La utilización, en las operaciones de la aviación civil internacional, de las unidades opcionales que no pertenecen al Sistema Internacional -SI, enumeradas en la Tabla 3-3 del Anexo 5 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional y en la tabla C-3 de este Reglamento, se dará por terminada en las fechas que indique la Organización de Aviación Civil Internacional. 1. Introducción APENDICE 1 (RESERVADO) APÉNDICE 2 GUIA SOBRE LA APLICACiÓN DEL SI 1.1 . El Sistema Internacional de Unidades es un sistema completo y coherente que comprende tres clases de unidades: a) unidades fundamentales; b) unidades suplementarias; y c) unidades derivadas. 1.2. El SI se basa en siete unidades para otras tantas dimensiones independientes, que figuran en la Tabla 2-1 . 1.3 Las unidades suplementarias del SI figuran en la Tabla 2-2 y pueden considerarse como unidades fundamentales o como unidades derivadas. Tabla 2-1 . Unidades fundamentales SI r··········································· .. ·······.............................................................................................. ,..: ........................................................................... , Unidad Símbolo Mol , ..... 01 .......................... _ ..................................... _+ ............................................................................................ + ........................................................ .. Amperio A Candela cd Metro m ~IR-3 . 0-12-010 <Jt: ~ . Versión: 04 j Fecha: 13/07/2020 ~ Página:12 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE • .... : • f La movilidad Mintransporte es de todos Principio de Procedencia: 1062.492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número JI 2 Ole 2020 j OQ 23 8 t Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la .... norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 · Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". masa Kilogramo kg t"mperatura termodinámica Kelvin ...... ~:::: ::!::.:._ ... _ ...... _..............._. __ ....................... ¡ .......... __ . .. ............................................ ..¡ ................................................................... -, K tiempo Segundos s Tabla 2-2. Unidades suplementarias SI Magnitud Unidad Símbolo ángulo plano Radián rad ángulo solido Estereorradián sr 1.4 Las unidades derivadas del SI se forman combinando unidades fundamentales, unidades suplementarias y otras unidades derivadas, de acuerdo con las relaciones algebraicas entre las magnitudes correspondientes. Los símbolos para las unidades derivadas se forman con los signos matemáticos de multiplicación, división y utilizando exponentes. Las unidades SI derivadas que poseen nombres y símbolos especiales figuran en la Tabla 2-3. Nota. En la Tabla C-4 se indica la aplicación de las unidades derivadas que figuran en la Tabla 2-3 y de otras unidades comunes, en las operaciones de la aviación civil internacional . Ma nitud actividad de los radionúclidos cantidad de electricidad, carga eléctrica capacidad eléctrica .................................................... _ .. _---_ ................................................................................. _ .......................................................... _ ..................................... .. conductancia eléctrica . .........•.....••.•••.•.•................•...... -- -- ------ ---- - --_ ..................... . densidad de flujo magnético dosis absorbida (radiación) ......... : ..................................... : ............• - ------ ------ nte (radiación) Unidad gray sievert ................................... _ ......................... ,. .......................... _ ............................ . Símbolo Bq C A · s F CN . ......................................................... _ ........................................................................................ . Sv AN Wb/m2 Jlkg ..................... _ .... _............. -¡ ................................................................ . Jlkg energía, trabajo, cantidad de calor flujo luminoso 90 julio J ............................................................................................................. j ...................... : ........................................................ + ...... _ .................................... --................... .. flujo magnético frecuencia (de un fenómeno periódico) fuerza iluminancia ductancia ............................................. _-_ ............................................. _ .......................................................................................... . potencia, flujo radiante presión, tensión mecánica resistencia eléctrica tensión eléctrica, diferencia de potencial, fuerza electromotriz lumen 1m Wb cd . sr V's Hz ....... I ............... '~'s~ .. ___ ........................ j ............................ _ . .¡. .................................................. _ ....... . N kg · m/s2 Ix Im/m2 H Wb/A •...•.•.•.....•..•.•.•.•• _, ---- -- -- ---,_ ........ . VV J/s Pa N/m2 o V/A V VV/A 1.5 El SI es una selección racional de unidades del sistema métrico que individualmente no son nuevas. La ventaja mayor del SI es que existe únicamente una unidad para cada magnitud física - el metro para la longitud, el kilogramo (en lugar del gramo) para la masa, el segundo para el ~DIR-3.0-12-010 ~ Versión: 04 ~ Fecha: 13/07/2020 J') Página:13 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución ~~ero (.l\~ ~~ ~ ~ , ) '0 2 Ole 2020 . ~ . Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", tiempo, etc. De estas unidades elementales o fundamentales, derivan las unidades para todas las demás magnitudes mecánicas. Estas unidades derivadas se definen mediante relaciones simples como: velocidad igual a régimen de variación de la distancia; aceleración igual a régimen de variación de la velocidad; fuerza igual a masa por aceleración; trabajo o energía igual a fuerza por distancia; potencia igual a trabajo realizado por unidad de tiempo, etc. Algunas de estas unidades tienen únicamente nombres genéricos, por ejemplo, metro por segundo para el caso de la velocidad; otras poseen nombres especiales, como newton (N) para la fuerza, julio (J) para el trabajo o la energía, vatio (W) para la potencia. Las unidades SI de fuerza, energía y potencia, son invariables ya se trate de un proceso mecánico, eléctrico, químico o nuclear. Una fuerza de 1 newton aplicada en una distancia de 1 metro puede producir 1 julio de calor, que es una magnitud idéntica a la que puede producir 1 vatio de potencia eléctrica en 1 segundo. 1.6 Además de las ventajas resultantes del empleo de una sola unidad SI para cada magnitud física, está la comodidad de utilizar un juego de símbolos y abreviaturas individuales y bien definidos. Estos símbolos y abreviaturas eliminan la confusión que puede surgir de las prácticas corrientes en diferentes disciplinas, tales como el uso de "b" tanto para el bar, que es una unidad de presión, como para el barn, que es una unidad de superficie. 1.7 Otra ventaja del SI es que conserva la relación decimal entre múltiplos y submúltiplos de las unidades básicas para cada magnitud física. Se establecen prefijos para designar múltiplos y submúltiplos de las unidades, que van desde "exa" (1018) hasta "atto" (10-18) para mayor comodidad de la expresión oral y escrita. 1.8 Otra gran ventaja del SI es su coherencia. Las unidades podrían seleccionarse arbitrariamente, pero si se establecieran unidades independientes para cada categoría de magnitudes comparables entre sí, los factores numéricos de las ecuaciones parecerían provenir de una escala diferente de valores. Con todo, es posible yen la práctica resulta más conveniente, seleccionar un sistema de unidades de modo que las ecuaciones establecidas con valores numéricos, inclusive los factores numéricos, posean exactamente la misma forma que las ecuaciones correspondientes efectuadas con magnitudes. Un sistema de unidades determinado de este modo se designa como coherente con respecto al sistema de magnitudes y ecuaciones en cuestión. Las ecuaciones entre unidades de un sistema de unidades coherentes contienen como factor numérico únicamente el número 1. En un sistema coherente, el producto o cociente de dos magnitudes unitarias cualesquiera es la unidad de la magnitud resultante. Por ejemplo, en un sistema coherente, la superficie unitaria resulta de la multiplicación de la longitud unitaria por la longitud unitaria; la velocidad unitaria resulta de la división de la longitud unitaria por el tiempo y la fuerza unitarios resulta de la multiplicación de la masa unitaria por la aceleración unitaria. Nota: En la Figura 2-1 se ilustra la relación existente entre las unidades del SI. 2. Masa, fuerza y peso 2.1 La excepción principal del SI con respecto al sistema gravimétrico de unidades métricas de uso en la tecnología, consiste en la diferenciación explícita de las unidades de masa y de fuerza. En el SI, la designación kilogramo se limita a la unidad de masa y no ha de emplearse la designación kilogramo-fuerza (en la cual frecuentemente se comete el error de omitir el sufijo fuerza). En su lugar se utiliza la unidad SI de fuerza, que es el newton. Del mismo modo, se utiliza el newton y CI~-3.0-12-010 ~~ Versión: 04 ---~ha: 13/07/2020 <J h . ·PAgina:14 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL ~ 1m , La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número 8.2 Ole 2020 o 0:2 :3 :·8 ~7 !· Continuación de la Resolución: "Por la cual ~e modTficá la-norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", no el kilogramo-fuerza para formar unidades de fuerza derivadas, por ejemplo, presión o tensión mecánica (NI m2 = Pa), energía (N . m = J), Y potencia (N . mIs = W). 2.2 Existe mucha confusión en el empleo del término peso como magnitud que puede significar fuerza, o bien masa. En el uso común, el término peso significa casi siempre masa; por lo tanto, cuando se habla del peso de una persona, la magnitud que se alude es la masa. En la ciencia y en la tecnología, el término peso generalmente ha significado la fuerza que, aplicada a un cuerpo, le impartiría una aceleración igual a la aceleración local en caída libre. El adjetivo "local" en la frase "aceleración local en caída libre" generalmente ha significado emplazamiento en la superficie de la tierra; en este contexto, la "aceleración local en caída libre" posee el símbolo 9 (designado a veces como "aceleración de la gravedad"), cuyos valores difieren en más de 0,5% en diferentes puntos de la superficie de la tierra, y disminuyen a medida que aumenta la distancia con respecto a la tierra. Por lo tanto, como el peso es una fuerza = masa x aceleración debida a la gravedad, el peso de una persona depende del lugar en que se encuentre, lo que no sucede con la masa. Una persona que posea una masa de 70 kg puede experimentar en la tierra una fuerza (peso) de 686 newtons (=155 Ibf) Y solamente una fuerza (peso) de 113 newtons (=22 Ibf) en la luna. Debido al uso doble del término peso como magnitud, debería evitarse esta designación de peso en el uso tecnológico, salvo en las circunstancias en que su significado resulte totalmente inequívoco. Cuando se utilice ese término, importa saber si se hace referencia a la masa o a la fuerza y utilizar correctamente las unidades SI, que correspondan, o sea, el kilogramo para la masa o el newton para la fuerza. 2.3 Al determinar la masa con una balanza o báscula, interviene la gravedad. Cuando se utiliza una masa patrón para pesar la masa que se mide, se elimina el efecto directo de la gravedad en ambas masas, aunque por lo general no se evita el efecto indirecto debido a la flotabilidad del aire o de otros fluidos. Al utilizar una balanza de resortes, la masa se mide de un modo indirecto, ya que el instrumento responde a la fuerza de la gravedad. Esas balanzas pueden calibrarse en unidades de masa, si la variación en cuanto a aceleración de la gravedad y las correcciones por flotabilidad no afectaran mucho su uso. 3. Energía y momento de torsión 3.1 El producto vectorial de fuerza y brazo de momento se designa comúnmente por la unidad newton metro. Esta unidad de momento flector o momento de torsión causa confusiones con la unidad de energía, que también es el newton metro. La relación con la energía se esclarecería si el momento de torsión se expresara como newton metro por radián, ya que el producto del momento de torsión y de la rotación angular es energía: (N . mIrad) . rad = N . m 3.2 Si se mostraran los vectores, la diferencia entre energía y momento de torsión sería evidente, ya que la orientación de la fuerza y la longitud son diferentes en los dos casos. Es importante tener en cuenta esta diferencia cuando se utilicen el momento de torsión y la energía; el julio no debería utilizarse nunca para expresar el momento de torsión. 4. Prefijos SI 4.1 Selección de prefijos Clav . GDIR-3.0-12-010 Versión: 04 Fecha: 13/07/2020 Página:15 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL , La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número o 2 Ole 2020 00238J Continuación de la Resolución: "Por la cual se mocfifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", 4.1.1 En general, los prefijos SI deberían utilizarse para indicar órdenes de magnitud, eliminando de este modo los dígitos no significativos y los ceros iniciales en las fracciones decimales, con lo cual se deja abierta la posibilidad de una notación en potencias de 10, que se prefieren en los cálculos. Por ejemplo: 12300 mm resulta 12,3 m 12,3 x 103 m resulta 12,3 km 0,001 23 IJA resulta 1,23 nA 4.1.2 Al expresar una magnitud entre un valor numenco y una unidad, los prefijos deberían seleccionarse preferentemente de modo que el valor numérico se encuentre entre 0,1 Y 1 000. Para reducir la diversidad al mínimo, se recomienda utilizar los prefijos que representen potencias de 1 000. Sin embargo, en los casos siguientes puede resultar útil proceder de otro modo: a) al expresar superficie y volumen, puede ser necesario utilizar los prefijos hecto, deca, deci y centi; por ejemplo: hectómetro cuadrado, centímetro cúbico; b) en las tablas de valores de la misma magnitud, o al tratar de esos valores dentro de un contexto dado, por lo general es preferible utilizar siempre el mismo múltiplo de unidad; y c) en el caso de ciertas magnitudes de aplicación en casos particulares, comúnmente se utiliza siempre el mismo múltiplo. En los planos de la técnica mecánica, por ejemplo, se utilizan los hectopascales para los reglajes de altímetro y los milímetros para las dimensiones lineales, aunque esos valores se encuentren más allá de la gama de 0,1 a 1 000. 4.2 Prefijos en las unidades compuestas1 Se recomienda que se utilice un solo prefijo al formar cualquier múltiplo de una unidad compuesta. Normalmente debería agregarse el prefijo a la unidad en el numerador. Se presenta una excepción cuando una de las unidades es el kilogramo. Por ejemplo: V/m, no mV/mm; MJ/kg, no kJ/g 1 Unidad compuesta es la unidad derivada que se expresa mediante dos o más unidades, o sea que carece de nombre individual simple. C~.0-12-010 ~ ~ ___ Versión: 04 • Fecha: 13/07/2020 } L.) Página:16 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA ~ LlIMIUd'l Otdon MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número O Q:2 '3\81" D 1 Ole 2020. , - . - ' Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", li..1nidaoo.s. S~ flrllDllbm nlaJk!os 1.0NGLT'lm MASA "11 . {PO c' . :\TilDAD DE MATERlA CORRH~l"E EI..EC1R1CA U MPERATIJRA TER ~ mNii.M[CA rNTENS[J)\\D l.CM[No.r;;A , :\,"(JL '"LO PUl. NO mclra kit" gramo mol Imoll Figura 2-1 ~ I . DIR-3.0-12-010 Versión: 04 ,,- ~~echa : 13/07/2020 <:r }'-) . Página:17 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número o 2 Ole 2020 I Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". 4.3 Prefijos compuestos No han de utilizarse prefijos compuestos, formados por yuxtaposición de dos o más prefijos SI. Por ejemplo: 1 nm no 1 mlJm; 1 pF no 11JIJF Si se necesitaran valores que se encuentren fuera del alcance de los prefijos, los mismos deberían expresarse utilizando la unidad básica con potencias de 10. 4.4 Potenciación de las unidades Un exponente agregado a un símbolo con un prefijo indica que el múltiplo o submúltiplo de la unidad (la unidad con su prefijo) se eleva a la potencia expresada por el exponente. Por ejemplo: 1 cm3 = (10-2 m)3 = 10-6 m3 1 ns-1 = (10-9 st1 = 109 S-1 1 mm2/s = (10-3 m)2/s = 10-6 m2/s 5. Estilo y utilización 5.1 Reglas de escritura de los símbolos de las unidades 5.1.1 Los símbolos de las unidades deberían imprimirse en tipo redondo (vertical), cualquiera sea la tipografía que se utilice en el resto del texto. 5.1.2 Los símbolos de las unidades no sufren modificación alguna en el plural. 5.1.3 Los símbolos de las unidades no van acompañados por un punto, salvo que se trate de fin de frase. 5.1.4 Los símbolos de unidades que se expresan en letras se escriben en minúsculas (cd), salvo que el nombre de la unidad se haya derivado de un nombre propio, en cuyo caso la primera letra del símbolo va con mayúscula (W, Pa). Los símbolos del prefijo y de la unidad conservan su forma indicada, cualquiera que sea la tipografía empleada en el texto. 5.1.5 En la expresión completa de una magnitud, debería dejarse un espacio entre el valor numérico y el símbolo de la unidad. Por ejemplo, escríbase 35mm, no 35mm, y 2,37Im, no 2,37Im. En otros idiomas, cuando la magnitud posee valor de adjetivo, con frecuencia se intercala un guión, por ejemplo, 35-mm film. Excepción: No se deja espacio alguno entre el valor numérico y los símbolos que indican grado, minuto y segundo de ángulo plano, ni en los grados Celsius. 5.1 .6 No se deja espacio alguno entre el prefijo y los símbolos de la unidad. - .0-12-010 Versión: 04 Fecha: 13/07/2020 Página:18 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número ( .0 0. ,! ,~~ 7 .o l Ole 2020 i . Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". 5.1 .7 Para las unidades deberían emplearse símbolos y no abreviaturas. Por ejemplo, utilícese "A", y no "amp", para indicar amperio. 5.2 Reglas para la escritura de los nombres 5.2.1 Los nombres de las unidades no abreviados se escriben como si fueran nombres comunes. Por lo tanto, la primera letra del nombre de una unidad no lleva mayúscula, salvo al comienzo de frase o en un texto escrito totalmente con mayúsculas, por ejemplo un título, aunque el nombre de la unidad se derive de un nombre propio y por lo tanto se represente por un símbolo con mayúscula (véase 5.1.4). Por ejemplo escríbase normalmente "newton" y no "Newton", aunque el símbolo sea N. 5.2.2 Cuando lo exijan las reglas gramaticales, se utilizarán plurales, los cuales se forman regularmente. Por ejemplo, henrios como plural de henrio. No obstante, existen algunas unidades cuyos nombres son invariables en plural. Ejemplos de ellos son: Singular lux hertz siemens Plural lux hertz siemens 5.2.3 No se deja espacio alguno ni se pone guión entre el prefijo yel nombre de la unidad. 5.3 Unidades formadas por multiplicación y división 5.3.1 Con los nombres de la unidad: Para el producto, utilícese (preferentemente) un espacio, o bien un guión: newton metro o newton-metro. En el caso del vatio hora, puede omitirse el espacio: vatiohora. Para el cociente, utilícese la palabra por y no una barra: metro por segundo no metro/segundo. En las potencias, utilícese el modificador al cuadrado o al cubo, a continuación del nombre de la unidad: metro por segundo al cuadrado. En el caso de superficie o de volumen, el modificador se coloca después del nombre de la unidad: ~ I : GDIR-3.0-12-010 Versión: 04 ~ ~Fecha: 13/07/2020 ~ 1~ Página:19 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número ( OOi '~ 'a7 1\ 1 DIe 2020 Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", milímetro cuadrado, metro cúbico. Esta excepción se aplica también a las unidades derivadas en las que se utiliza superficie o volumen: vatio por metro cuadrado. Nota.- En las expresiones complicadas se prefieren los símbolos, en lugar de las palabras, para evitar ambigüedades. 5.3.2 Con símbolos de unidades: El producto puede indicarse de uno de los dos modos siguientes: Nm o N . m para el newton metro. Nota.- Cuando se utilice como prefijo un símbolo que coincida con el símbolo de la unidad, deberían adoptarse precauciones especiales para evitar confusiones. Por ejemplo, la unidad newton metro para indicar el momento de una torsión, debería escribirse Nm o N . m para no confundirla con mN, que es el milinewton. Se exceptúan de esta regla las páginas impresas por computadora, la escritura de la máquina de escribir automática, etc., que no pueden imprimir el punto alto, en cuyo caso puede utilizarse el punto sobre la línea. Para el cociente, utilícese una de las formas siguientes: mIs o m . S,1 . o m . s En ningún caso debería emplearse más de una barra en la misma expresión, salvo que se agreguen paréntesis para evitar ambigüedades. Por ejemplo, escríbase: J/(mol . K) o J . mol,1 . K-1 o (J/mol)/K pero no J/mol/K. 5.3.3 Los símbolos y los nombres de las unidades no deberían mezclarse en la misma expresión. Escríbase: julios por kilogramo o J/kg o J . kg,1 pero no julios/kilogramo ni julios/kg ni julios· kg,1 5.4 Números Cla~3.0-12-010 ~ ~_____ Versión: 04 Fecha: 13/07/2020 t~ Página:20 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE • • • • • . . • , La movilidad Mintransporte es de todos Principio de Procedencia: 1062.492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número j) 2 Ole 202OJ . . ;. ~ Continuación de la Resolución: "Por la cual ~'e m·odlfica la-norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". 5.4.1 El separador decimal preferido es el punto sobre la línea. Nota.- La Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM por siglas en francés) admiten en el Sistema Internacional de Unidades (SI) desde 2003 y la norma ISO 80000 desde 2009 el uso del punto o la coma como signo de separador decimal, los mismos documentos mencionados prefieren e incorporan en sus textos el uso punto. 5.4.2 No ha de utilizarse coma ni punto para separar dígitos. En cambio, deberían separarse los dígitos por grupos de tres, a izquierda y a derecha a partir del punto decimal, dejando un pequeño espacio de separación. El separador decimal preferido es el punto sobre la línea. la Conferencia General de Pesas y Medidas Por ejemplo: 73655 7281 2,567321 0,13347 El espacio entre grupos debería tener la anchura de la letra "i" aproximadamente y ser constante aunque se utilice un espaciado de anchura variable entre las palabras. 5.4.3 El signo de multiplicación de números es una cruz (x) o un punto a media altura. En otros idiomas, sin embargo, si se utilizara el punto a media altura como signo de multiplicación, no debe utilizarse el punto sobre la línea como signo decimal. 5.4.4 Es incorrecto agregar letras al símbolo de una unidad con el fin de indicar la naturaleza de la magnitud. Por lo tanto, no son aceptables MWe por "megawatios de potencia eléctrica", ni Vac por "voltios de corriente continua", ni kJt por "kilojulios de energía térmica". Por esta razón, no debería intentarse la creación de equivalentes SI de las abreviaturas "psia" y "psig", que se encuentran con frecuencia en bibliografía inglesa para establecer una distinción entre presión absoluta y presión manométrica. Si del contexto surgieran dudas en cuanto a lo que quiere expresarse, la palabra presión debería utilizarse cuando corresponda. Por ejemplo: " . .. con una presión manométrica de 13 kPa" o " ... con una presión absoluta de 13 kPa". 1. Generalidades APÉNDICE 3 FACTORES DE CONVERSION 1.1 . La lista de factores de conversión que figura en este Apéndice se ha establecido para expresar los equivalentes de diferentes unidades de medición como múltiplos numéricos de unidades SI. 1.2. Los factores de conversión se presentan de modo que sea fácil adaptarlos para la presentación visual de computadora y para la transmisión de datos electrónicos. Los factores se escriben como ~DIR-3.0-12-01 o ~ Versión: 04 b Fecha: 13/07/2020 JL.,. Página:21 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE La movilidad Mintransporte es de todos Principio de Procedencia: 1062.492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número 02 Ole 2020' Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves". número mayor que la unidad e inferior a 10, con seis decimales o menos. A continuación del número va la letra E (exponente), el signo más o el signo menos y dos dígitos que indican la potencia de 10 por la cual hay que multiplicar el número con el fin de obtener el valor correcto. Por ejemplo: 3,523 907 E - 02 es 3,523 907 x 10-2 ó 0,035 239 07 De un modo análogo, 3,386 389 E + 03 es 3,386 389 x 103 Ó 3 386,389 1.3 Un asterisco (*) colocado a continuación del sexto decimal indica que el factor de conversión es exacto y que todos los dígitos siguientes son ceros. Si se indican menos de seis decimales, quiere decir que no se justifica una precisión mayor. 1.4 Otros ejemplos del uso de las tablas: Para convertir libra-fuerza por pie cuadrado pulgada donde: 1 Ibf/pie2 = 47,880 26 Pa 1 pulgada = 0,0254 m (exactamente) 2. Factores que no figuran en la lista a Pa m Multiplíquese por 4,788026 E + 01 2,540 OOO*E - 02 2.1 Los factores de conversión de unidades compuestas que no figuran en la tabla pueden deducirse fácilmente de los números indicados en la lista, mediante sustitución de las unidades convertidas, del modo siguiente: Ejemplo: Para hallar el factor de conversión de lb . piesls a kg · mis: en primer lugar conviértase 1 libra 1 pie a a y después sustitúyase: 0,4535924 kg 0,3048 m (0,453 592 4 kg) x (0,304 8 m)/s = 0,138 255 kg . mIs Siendo el factor 1,38255 E - 01. Clave: GDIR-3.0-12-010 ~ versi6n:04 Fecha: 13/07/2020 ' ~ Página:22 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA l Llbe,UdyOrdon MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL 5·· . . • ) La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número 02 Ole 2020 j (002:381. ) 'Woo .. - .. ~ .... Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", Tabla 3-1. Factores de conversión a unidades SI Para convertir Multipliquese por * E + 01 b coulomb (C) 1.000000 * E + 01 abfaradio faradio (F) 1.000 000 * E + 09 abhenrio henrio (H) 1.000000 * E - 09 abmho siemens (8) 1.000000 * E + 09 abohmio ohmio (O) 1.000000 * E - 09 abvoltio voltio M acre (Estados Unidos. agrimensura) metro cuadrado (m2) amperio hora coulomb (C) 3.600 000 * E + 03 año (calendario) 3.153600 E + 07 año (sidéreo) 3.155815 E+07 año (tropical) 3,155693 E + 07 año luz 9,46055 E + 15 área metro 1,000 000 * E + atmósfera 9.806 650 * E + 04 atmósfera (tipo) 1.013250* E+O l ~¡~~ ,mm .............. "' mm,cmmmm = ............. " ," ! P~~~91IJ~'~ ................. mm .......................................... m ......................................................... mmmL ... 1.,~Iººººº0 ·* E+05 metro E + 00 ••••••••••••••• •••••••••••• • ~H .. H __ • bla internacional)/h vatio (W) E -01 Btu (termoquimica)/h vatio (W) mm'mmmm mm mm mmmmmm ............ ¡ ............ mm .. m .. ' ................................... mm mm mm ........................ mm mmmmmm mmmmm¡ Btu (termoquimica)/min I vatio (W) E -01 E + 01 ;....... . . ............................ , ................................................ . , Btu (termoquimica)/s ! vatio (W) E + 03 Btú(fabiainiemaCionaijiti :pie2--: o¡= --·-.---- -- C, coeficiente de transmisión térmica l ~t~ ... ~~~r~()~e.~~i;~J;~~ .·t~~; .~.~~9~ .!~~~i(;9)...... . ..J Y.~!i.() ... p()r.~e.!r() .. (;.l!~~r~~() .... ~.e. .lyi~(Y.Y.!~~ .. :mt5) ................................... ?§?4 .. 4~§ .... i Btu (Tabla internacional)/s : pi~~ ..:._o ~ __ ! vatio por metro cuadr~??~~~ ~n ~':'.:''.r:!l~ _ · ~L _m ?g~~~?~ Btu (termoquimica)/s . pie 2 : o~ __ Lvati~P?_~~.~~~o CU~~~~??~:~i n~':'.:''.~~_ · K) 2.042 808 _._~_~~_~ Btu (Tabla internacional)/pie2 : julio por metro cuadrado (J/m2) 1,135653 E + 04 Btu (termoquímica)1 pie2 química)1 pie2 . h oquímica)1 pie2 . s .................................... : .. julio por metro cuadrado (J/m2) _m J vatio por metro cuadrado 0Nlm2) : vatio por metro cuadrado 0Nlm2) vatio por metro cuadrado 0Nlm22) 1 .134 893 E + 04 3.152481 E + 00 E + 02 4 * Un asterisco (*) colocado a continuación del sexto decimal indica que el factor de conversión es exacto y que todos los digitos siguientes son ceros. Si se indican menos de seis decimales, quiere decir que no se justifica una precisión mayor. t Btu = British thermal unit (unidad térmica británica). CI~IR-3.0-12-010 ~ Versión: 04 ~ Fecha : 13/07/2020 ~ ~ Página:23 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL , La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número (.OO l~~1 1\'l Ole 2020 Continuación de la Resolución: "Por la cuai'se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", l ~:~:~~~~ . e.; ... rt ... , .. ¡ ... r ................... ; ................. ;.: ............... : ....... c .................. : ..... ~ .......... :.::::. ........................... ¡ .. .................................................................................................................................................................................................................................... . : Btu (Tabla internacional) . pielh . pie2 . °F quesepor l (~!~º-I]_duc.~ly.!9. .~º ... ~~r~ .l~9.t............... .. __ ._ . y9.!i9.pº-r ~~!~º- _~~JDJ'!Y~I!) : ~l Btu (termoquímica) . pie/h . pie2 . °F 35 E+OO .. J!5.L~º-D9.\:I~!iy.iº9.ºJ~!'!l i~) ... __ ._.. \I.ª!i9.pº-r'!l~t~9.~~Lv1~J'!Y!'!l ~!9 ................. 12?ª~?? E + 00 I Btu (Tabla internacional) . pulg/h . pie2 . °F L .. (~.! .... ~9.~.º. LJc;ti\li .º.ª.º .... t.~.~~.i .~2. ¡ ...... v., .. :a:::.t:::i.:o: .... r.: .. o :~.:r .... :m .. : .. :.e::::.t.: . :r .. o:: .... k: .. :.e :~.:I.v .: .. :i.:n .. : ... , . , ... :.: .. : .. : .. : ......... : ... :t ...............................................................................• +-.1.: ... , ... 4 .. :.4 ... :.::::2 .. ??ª~ ~. O 1 ." ! Btu (termoquímica) . pulg/h . pie2 . °F L (~, c;9.I1ºLJc;!i\liº9.º!~r.~i~ª) 314 E - 01 . Btu (Tabla internacional) . pulg/s . pie2 . °F cond uctividad térmica . . ............................ y9.! i9.pº-r'!l~!!9.~~Iy.il]<YII!'!l : !9 E + 02 ulg/s . pie2 . °F , conductividad térmica .............................................................................. y.9.!i9.pº- r. ~~!!9.~~I\I!~<YII!'!l : ~) Btu (termoquímica)/pulg2 . s vatio por metro cuadrado CNlm2) .......................................................................................................... _-........................................................................... . .............. : ....................... : .............................................................................. , Btu (Tabla internacional)lIb ! Btu (termoquímica)lIb ! Btu (Tabla internacional)lIb . °F ! c, ca acidad térmica [ Stu (termoquímica)lIb . °F amo kelvin 4,186800 * E + 03 f .......... (c;., ... ~.Pªc;iºªº ... !~r.I!) .i.c;ª.)'................................................. ................................ : JLJII9. ... P9.I: ... ~.I .Iº-glr~~al .l1ml .. ~o~ .. lk~.~e~.II.:v~. li.l1n .... ~~!~g .: ... ~L.................................................................. . '4~ .,:1Ii 8~.4~ ... 0'::!10~\0~ .... *~... tE:: .. +:t: .. '::!'~ ! ¡ bujía pie 1,076 391 E + 01 9.~ªII() ... º~ ... fLJ.~ .. r.?;.ª ... (§~ºp i~~ .. : .. I:.=b.f::/ .. :s:1... ....................................................... .. aballo de fuerza (eléctrico) 7,460000 * E + 02 fuerza (hidráulico) 7,46043 E + 02 7,35499 E + 02 caballo de fuerza (Reino Unido) 7,457 O E + 02 caída libre (g), normal 9,806650 * calibre (pulgada) cal (termoquímica)/cm2 cal (Tabla internacional)/g cal (termoquímica)/g 4,184000* E+03 cal (Tabla internacional)/g . oC . K) 4,186800 * E + 03 . oC 4,184000 * E + 03 vatio 6,973333 E - 02 vatio (W) 4,184000* E+OO . min vatio por metro cuadrado CNlm2 ) 6,973333 E + 02 · s vatio por metro cuadrado CNlm2 ) 4,184000 * E + 04 cal (termoquímica)/cm . s . oC vatio por metro kelvin CNlm . K) 4,184000 * E + 02 caloría (Tabla internacional) julio (J) 4,186800 * E + 00 caloría (media) julio (J) 4,19002 E + 00 caloría (termoquímica) julio (J) 4,184000 * E + 00 caloría (15°C) julio (J) 4,18580 E+OO caloría (20°C) julio (J) * E + 00 caloría (kilogramo, Tabla internacional) (J) ¡ ... I 00 000 * E + 03 caloría (kilogramo, media) julio (J) E + 03 C~-3.0-12-010 ~ . 1Versión: 04 ? Fecha: 13/07/2020 J Página:24 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número o 2 Ole 2020 ( o o 2 3 8.1- " .. " ~ Continuación de la Resolución: "Por la cuai'se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", Para convertir A caloría (kilogramo, termoquímica) julio (J) : cemtírnetr'o die merclJri'o ((O°G) pascal (Pa) 11<> (4°C) pascal (Pa) mmmmmm ............. mmmmmmm ... _.mmm ................. ] ~~~~~i~~~~nnn(p~ · S) centistokes metro cuadrado por segundo (m2/s) elo kelvin metro cuadrado por vatio (K . m21W) copa metro cúbico (m3) cuarto (Estados Unidos, áridos) metro cúbico (m3) cuarto (Estados Unidos, líquidos) metro cúbico (m3) curie becquerel (Bq) Multiplíquese por 4,184000 * E + 03 1,33322 E+03 9,806 38 E + 01 1,000000 * E 03 1,000000 * E - 06 2,003712 E - 01 2,365 882 E - 04 1,101 221 E-03 i ~ , "O':> ~¿:9 E - 04 I 3,700 000 * E + 10 ; d.: ... í .. a,.: .... (,. s.'-.o .. : ... I .. a.:.:.r: .. · ... m :.: .. :.e .. ,-.. d.:.I .. i i .. o.: .. ), ..................................................................................................................................... ¡ ...... s.'-.. e .. '-.. g"'. u.:.:.n: .. :.d."I .. o,: ..... (,. se, ) ....................................................................................................................................................................... ; ª ,.§1ºººº ........... ~ ... :I: ... º1 .... . día (sidéreo) segundo (s) 8,616409 E + 04 dina newton (N) 1,000 000 * E - 05 dina . cm newton metro (N . m) 1,000 000 * E - 07 dina/cm2 pascal (Pa) 1,000 000 * E - 01 ; .mm mmm mm mmmmmmmmm mmm ............ mmmm.mm ¡ mmm mmmm: ............ mmmmm ............ mmmm ................................................................ mm.m.¡ i ei~I:I~'e~c7t~ro :::m . I: .. :.v :. O~I;.t;~i~oi;:¡;:;;:¡----.-- ;;;ii;;;;::t;;::;;:;::;;~;:;;:;;.:~¡:i;::;;;i mm m ;:¡~; l·'ju ::::.I:.i: .. O ::: .... (,(. J,l...) ......................................................................................................................... __ ............................................ m¡ .... 1,.§º? __ !~._ .... ~ ... = ... !~ __ EMU [unidad "',"'''UU,"'dHII",,,,,d] de faradio (F) 1,000000 * E + 09 Capi::I""d' ''''c ............................ ~_. __ .~ EMU de corriente amperio (A) 0000 * E + 01 EMU de inductancia henrio (H) 1,000000 * E - 09 ;mm mmmmmmmmm ............. mm mm ........................................................................................ ¡ ............................... : ........•................................................................................................... mmmmm mm mmmm+ EMU de potencial eléctrico voltio M 1,000000 * E - 08 ~ .............. mm mm .............................................................................. _____ o m ............................ _._;_mmm . __ .............................................................................................. _. m m ,. EMU de resistencia ohmio (Q) 1,000 00 0* E - 09 ;_ .................................................................................................................................................... _ ................................................ .¡-.............................................. _ ... --................................. _._ .................................. _ ................................ _---_ ................................... ¡.... .. ............................................................. .. ergio julio (J) 1,000 000 * E - 07 ergio/cm2 . s vatio por metro cuadrado 0N1m2) 1,000 000 * E - 03 'm ... ~ ................... mmm ................................................................... .................... mm mm mm mm, mmmm mmmmmmmm ............. mm ....................... : .. mm ................................................ mm ¡ i ergio/s vatio (W) 1,000 000 * E - 07 , = .... __ ............ mmm.m .. mmmmmm ............. m .mmmmm' ._mm:: ............. __ . m mmmmmmm .. m m ................................................................ m;. L .. ~.~~~9.~~!?...m__.. ______ ........................................................ _ ................................ . g) estatoamperio io (A) .m m mmmmmm mm m ............ mm mmm ............. . estatocoulomb (C) 1,555174 E-03 3,335640 E-10 3,335640 E -10 1,112650 E-12 8,987554 E + 11 i 8,987554 E + 11 1,112650 E -12 2,997925 E + 02 1,000000 * E + O 1,112 650 E E -10 C~DIR-3 . 0-12-01 O ~ ___ Versión: 04 --~Fecha : 13/07/2020 <J J~ Página:25 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número o l DIe 2020 ( (1 o '2 ,'3 '8 ',7 '.' ' ) Continuación de la Resolución: "Por la cuarse modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", Multiplíquese por -------"'---- '" --" ----------------,-.... -.-... --.-.............. "'+-----------.------.---.----------.-------.-------------------.-.------------.-.----.--.---.---.-----.-.-.-____ o "'t--------------·-------------·-·-----·----· 1 9,65219 E + 04 E + 04 ... _._-----_. .. _._---------_._._---_._----_._---_. __ . __ ._--_._ .. _ .... '------------ E-03 galón (Canadá, líquidos) ",,,, ... _ .. : ... ,,,,,, "'''''''''' "'''' "'''' "'''' "''''''' '''+'''''''''''' "'''''''''' ................... : ............ : .............................. "'''''''''' "'''''''''' "'''' ................................................. j galón (Reino Unido, líquidos) "'''' ..... :.''' ... '''.: .... "'''''''''': ''''''''''''''''''' "'''''''''' E-03 galón (Estados Unidos, áridos) E-03 .... _-_. __ ._---------_.-_._-----_._---------_._-_._-- galón (Estados Unidos, líquidos) E-03 ......................................... ............................................................................................... M gal (Estados Unidos, líquidos)/día E-08 gal (Estados Unidos, líquidos)/min cúbico por segundo (m3/s) gal (Estados Unidos, líquidos)lhp . h (§.f.º!~~!!~~I!1(?E:)~pE:)~!~~~~E:) _~~!!1!?I,!~_!i!?IE:)) ... I!1E:)!~(? cú b ic~p(?~j~!!(?(I!1=!~) .. gamma tesla (T) '''' "'''' ...... :.'''.: •.............................•• '''''''''''' ..........................................•....•.•...•.•......... _ ........................... '" gauss g/cm3 "'''''''''''''''' "'''''''''''''''' ••••........................................................•.• "'''''''''' •...•.•.•...............•.... gilbert grado grado grado (ángulo) °F: h . pie2/Btu (Tabla internacional) tesla (T) kilogramo por metro cúbico (kg/m3) grado (angular) radián (rad) radián (rad) E-02 E-02 R, resistencia térmi_~c.a~} ;-----:.-------.----.-.-.-----------------.! ~'~IY.II .r:) .. EI.).E:)!t.~ro~~'c~IU~~a!~dl.!:'ra~!dJ._~o~_P'~r~!ª!'~~I~ : 1!1~!'!Y_L .. __ . ___ .______ ¡:',fl:?] .2.~.~ .... '" IE::: .:::::-... ~0'_~1 _____ _ ; o i::··:-'h-~ ¡;je278iu(iermoqü í mica) , __ ._ .. _____ ... ,_R .... ,,,'_ .. ~E:)~!~tE:)r:)gi.ª ... !~r.rl1 .. i.~ª) ........................... "' ...... "' .......................... ~E:)Iy.i':!I!1E:)!r~~.l:l .. ª.~.~ª~ .(? .p(?.~. y.ª!i(?.( .~ .... : .... l!1~rYYL ... . ............ ; .1.,?l?? .?.ªº ..... "'.~ ... ::::: .. º .1 ..... "'.< ······························t· .. kilogramo (kg) 1,000 000 * E - 03 . ............................................... . i pascal (Pa) ! 9,806 650 * E + 01 ............................................................................................................................................................................ ·· .... -i ................................................................................. _._._._. __ .. - mm ________ ........ mmmmml_ f!.1~t~o cuadrado (m2) _m ____ .___ __ . _________ ¡_J _,ºº0ººº .. :_~.+ 04 ! segundo (s) : 3,600000 E + 03 ------------------------.--.------------.------.--------------------------------------------------------.--.. --.---- .----... --------: .. --.:------.. --.------.------------------------------.------.--------.--.--------------.--------.--------------------------------------------------.--------.--------------.¡------ _ ~g.f. _.: .... rl1. .......mmm .. m..............................................__ ___ . _______ . __________________ . __ . ______________________ . __ . __ . kgf . S2/m (masa) kgf/cm2 kgf/m2 kgf/mm2 kilocaloría (Tabla internacional) kilocaloría (media) kilocaloría (termoquímica) kilocaloría (termoquímica)/min kilocaloría (termoquímica)/s kilogramofuerza (kgf) kilolibra (1 000 Ibf) o (s) I 3,590 170 E + 03 julio (J) vatio (W) vatio (W) newton (N) newton (N) ! 9,806 650 * E + O ______________________ . ________________ . ___ . __ . _______ . ____ . __________________________ ...... ;._. __ c:.-'.::: __ c: __ ::: __ .::::.:::: __ ::: __ ._ .. __ = __ ... : ______ :::.::: ______ .m' : 9,806650 * E + 00 ¡ 9,806 650 * E + 04 i 9,806 650 * E + 00 9,806 650 * E + 06 4,186800 * E + 03 4,19002 E + 03 4,184000 * E + 03 6,973333 E + 01 84000 * E + 03 6650 * E + 00 8222 E + 03 ~~3.0-12-010 ~ 1Versión: 04 ar _ Fecha: 13/07/2020 J~ Página:26 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA LIt>.,Udy O,d.n MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL ~ ~t!U) , La movilidad Mintransporte es de todos D 2 Ole 2020 ¡ Resoluci9n Número O O '2 ~ :'~ .7, Continuación de la Resolución: "Por la cual ~e modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", Para convertir A Multiplíquese por kilolibra/pulgada2 (ksi) pascal (Pa) 6,894 757 E + 06 kilopondio newton (N) 9,806650 * E + 00 km/h metro por segundo (m/s) 2,777 778 E - 01 kW · h candela metro lambert candela por metro cuadrado (cd/m2) lambertpie candela por metro cuadrado (cd/m2) langley julio por metro cuadrado (J/m2) Ibf/pie newton por metro (N/m) Ibf/pie2 pascal (Pa) Ibf/pulgada newton por metro (N/m) Ibf/pulgada2 (psi) pascal (Pa) Ibfllb[relación empuje/peso (masa)] newton por kilogramo (Nlkg) Ibf . pie newton metro (N . m) Ibf . newton metro por metro (N . m/m) Ibf . pulgada newton metro (N . m) Ir · pUI!gaaa/pulgada newton metro por metro (N . m/m) _mmm mmmmmm _____ m.mmm ___ + __ mm ............ ___ .mm ... : .mm __ .. m.: .... ___ mm.m.: ..... ____ .......................... ____ _ pascal segundo (Pa . s) pascal segundo (Pa . s) pascal segundo (Pa . s) 1,488 164 m ........................ mmmmmmm .... mm ............................................................ +m.: ...... m ................ mm ~C ...... m. Ib/pie2 ¡ Ib/pie3 ¡ Ib/gal (Reino Unido, líquidos) ~ ....... . Ib/gal (Estados Unidos, líquidos) Ib/h .. ..,_ ~i!<:>~r.a.~<:>_p<:>r.~~~r.? ~~a.?r.a.~?~~~'.~~L__ ......... ¡ .. ~,~~~~~~ _~_.9~_ kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 6 E + 01 kilogramo por metro cúbico (kg/m3) E + 01 .................. : ......................................................................................................................................................................................................... ···················t······ kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 1,198 264 E + 02 kilogramo por s~g~~d~(kg;~) r 1 ,259 979 E - 04 ................................... _. __ . . ........................... _._- ......................................... ¡_...... . ...................................................................... .. Ib/hp · h t ib;P(~~~~~3q~~~~g~~P~~í~~~~~~~~~~~!i~I~) I ~::;:.~;~;~;~~~~~~~~~., .... ·.~ :··.~ ·:·'·i··~ ···.·.·.? ····m····(·m··~ ····~ ·····I····m ·······3····)··· ................................................................... , ....... : ... , .. = .. = .. :: ..... = .. = ... = ............. :~. :: º? , ! Ib/min nto de inercia) lb . pulgada2 (momento de inercia) ¡ libra (lb avoirdupois) libra (troyo de uso farmacéutico) ... ................. _ ........ . librafuerza (Ibf) litro ¡ kilogramo por segundo (kg/s) ............................... : ................................................................................................................................... . ; kilogramo por segundo (kg/s) ¡ kilogramo por metro cúbico (kg/m 3) kilogramo metro cuadrado (kg · m2) E - 02 ¡ kilogramo metro cuadrado (kg · m2) E - 04 ··T k¡i~g~~;;;~(kg) . ····· 4,535 924 E - 01 , kilogramo (kg) newton metro cúbico (m3) maxwell ..______m ....... ~_~~~E (~L _ ...................... -.--.. -... . ..................... -..... -... mi······:···,·::··::··::· mes (calendario medio) segundo (s) ; ...........................• : ...................................................................................................................................................................................... ;..... . ................. _ ...... ......................................................... _ ............................. _ ........................•................. , ••............... ha siemens (S) Clave: GDIR-3.0-12-010 ~ Versión: 04 \\ Fecha: 13/07/2020 J" Página:27 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos .02 Ole 2020 Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", . Para convertir A Multiplíquese por micrón metro (m) 1.000 000 * E - 06 micropulgada ¡ metro (m) ¡ 2.540 000 * E - 08 milésima de pulgada [mil] metro (m) 2.540 000 * E - 05 milésima de pulgada circular [circular mil] metro cuadrado (m2) 5.067 075 E - 10 milib~.~a~~r .......................................................................................................................... ................... ....................... mi p~~~~:~I('n~~·:)I .... ..... ... .. . . ............................................................... .... .... ...... ....... ..... .. ............................................. ... L 11 .. ~OJ~O'~0 ... ~01~0.~0 .. =* .. ~E::+~ .... 0~;2~ m.m .... l milímetro de mercurio (O°G) pascal (Pa) 1.333 22 E + 02 idos. agrimensura) metro (m) 1.609347 E + 03 ¡ .:11. nal) metro (m) 1.609 344 * E + 03 milla marina (internacional) metro (m) 1.852 000 * E + 03 milla marina (Reino Unido) metro (m) 1.853 184 * E + 03 milla marina (Estados Unidos) metro (m) 1.852000 * E + 03 milla2 (internacional) metro cuadrado (m2) 2.589 988 E + 06 mil/a2 (Estados Unidos. agrimensura) metro cuadrado (m2) 2.589 998 E + 06 mil/a/h (internacional) metro por segundo (mIs) 4470400 * E - 01 ,m ... i .. I .. I .. a ..... I ... h. ( ,inmtemrmnma mmcmimomnmaml,)mmmm ............ mmm ............ mmm, k .... i .. I . ó ..... m ......... e .... tmrmo ,pommrhmomrma ..... (.,.kmm mm/h.m). mm mm mm mmmm .................................... m+m1:m6m09344~E~oo l milla/min (internacional) metro por segundo (mIs) 2.682240~E~01 1 milla/s (internacional) metro por segundo (mIs) 1.609 344 * E + 03 minuto (ángulo) radián (rad) 2.908882 E - 04 minuto (solar medio) segundo (s) 6.000000 E + 01 minuto (sidéreo) segundo (s) 5.983617 E + 01 nudo (internacional) metro por segundo (mIs) 5.144444 E - 01 oersted amperio por metro (A/m) 7.957747 E + 01 ohmio centímetro ohmio metro (O . m) 1.000000 * E - 02 , oh ..... m ........ i .. o ....... c ..... i .. r ... c ..... u ..... 1 .. a ...... r ... mmim lmP mmommrmP mimemmmmm m ............ mm mmmmmm;imomh ... m ... miommmilímm mmetmromcmuma ..... d ...... r .... a ...... d ...... o ......... p ..... o ...... r ...... m ......... e ..... t ... r ... o ............... ( ... O .......... · ..... '" ... "m "" .. " .... -/m'" .... " .. JmmT 1:662426 E-03 onza (avoirdupois) kilogramo (kg) r 2:S34952 E - 02 onza (Estados Unidos, líquidos) metro cúbico (m3) ¡ 2,957353 'mom nmzmmamm(mmRmemimnmmommUnm·i·d······o·····,·····I·í··q·····u·····i··d······o·····s····)···· , ........... ............................................... +·····m ·········e ······t····r···o········c ·····u···,····b·····i··c·····o··m(m ······3·m) mmmmmmmmmm············································ .............................. m¡ 2:S41307 E-05 E-05 onza (troy o de uso farmacéutico) ! kilogramo (kg) I·· · ·~·~~~f~~~~ ....................... ······ ... ·····.·.mmmm.· ............ · ..... ·.··.· .. ···· . ... ... ... . ...m:······~·~~~·~···(·N)······ : onzafuerza . pulgada l ~~~~~~~Ú~(N.~j ·· [ onza líquida (Estados Unidos) I ;,:;~t;~~Úbi~~(;,:;3)·· · ') ,,,,,'o E 02 2,780139 E -01 7,061552 E-03 2,957353 E-05 ;...... . ................ ; .............................................................................................................................................................................................................................. . ¡ ~:~~:~:~ i oz (avoirdupois)/gal (Reino Unido, líquidos) kilogramo por metro cúbico (kg/m 3) E + 00 ................. m.m ................. ..................... mm ¡ oz (avoirdupois)/gal (Estados Unidos, líquidos) kilogramo por metro cúbico (kg/m 3) E + 00 r= "" , r.c.>:) L oz (avoirdupois)/pulgada3 ; kilogramo por metro cúb~ii,c~(o~m (~.~k~ªg(/~m~:3~~) ............................................................ mm Jm ~m~ !~~~~!~~ ............. ~:~?~ J ¡ oz (avoirdupois)/pie2 t kii~g;~~~p~~;,:;~t~~~~~drado (kg/m2) 3,051 517 E -01 ¡ oz (avoirdupois)/yard2 kilogramo por metro cuadrado (kg/m2) 575 E-02 L p¡:¡E!)~~ ............................. ...... ...................... .......................................... ..... ...... ..... .. .. L rl1~trc:l(rl1) . ..............................},ºª§.§?ªm .. ~:':J§ , kilogramo por pascal segundo metro cuadrado 5.721 35 E - 11 ...... ... . ;(~g/e¡:¡ : ~ : rl1~L CI~D-12-010 ~~ _ _ . Ve_rsión: 04 ~cha: 13/07/2020 <J Jl-,. Página:28 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE La movilidad Mintransporte es de todos Principio de Procedencia: 1062.492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número (002381 ) .0 2 DIe 2020, .. - ~ .... Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", ~ ...... Para convertir A Multiplíquese por ''',",oC) kilogl por pascal segund metro cuadrado 5,74525 E -11 (kg/Pa . s · m2) perm . pulgada (O°C) kilo!:~ram por pascal segund metro 1,45322 E-12 (kg/Pa . s . m) perm . pulgada (23°C) kilogramo por pascal segundo metro 1,45929 E-12 (kg/Pa . s . m) pie metro (m) 3,048 000 * E - 01 pie (Estados Unidos, Q~IIII1",nsura) metro (m) 3,048006 E -01 pie de agua (39,2°F) pascal (Pa) 2,98898 E +03 pie2 metro cuadrado (m2) 9,290 304 * E - 02 pie2fh (difusión térmica) metro cuadrado por segundo (m2/s) 2,580640 * E - 05 pie2/s metro cuadrado por segundo (m2/s) 9,290 304 * E - 02 Pie3 (volumen; módulo de sección) metro cúbico (m3) 2,831685 E - 02 pie3/min metro cúbico por segundo (m3/s) 4,719474 E-04 pie3/s metro cúbico por segundo (m3/s) 2,831685 E - 02 Pie4 (momento de sección) metro a la cuarta potencia (m4) 8,630975 E-03 pie/h metro por segundo (m/s) 8,466667 E-05 pie/min metro por segundo (m/s) 5,080000 * E - 03 pie/s metro por segundo (m/s) * E-01 pie/s2 metro por segundo al cuadrado (m/s2) * E-01 pie · lbf julio (J) 1,355818 E + 00 ----=~~n pie ' Ibf/h vatio (W) ¡ ">,'uu IU E- pie ' Ibf/min vatio (W) 2,259697 E- pie · Ibf/s vatio (W) I ~ :~i~ª;i E +00 pie . poundal julio (J) E-02 pinta (Estados Unidos, áridos) metro cúbico (m3) 5,506105 E-04 pinta (Estados Unidos, líquidos) metro cúbico (m3) .4 7~1 7F,&:, E 04 poise (viscosidad absoluta) pascal segundo (Pa . s) 1,000 000 * E - 01 polo unidad weber (Wb) 1,256637 E-07 poundal newton (N) 1,382550 E -01 poundal/pie2 pascal (Pa) 1,488 164 E + 00 poundal . s/pie2 pascal segundo (Pa . s) 1,488164 E + 00 pulgada metro (m) 2,540 000 * E - 02 da de agua (39,2°F) pascal (Pa) 2,49082 E + 02 da de agua (60°F) pascal (Pa) i 2,4884 E + 02 ..................... - da de mercurio (32°F) pascal (Pa) i 3,38638 E + 03 °F) pascal (Pa) 3,376 85 E + j¡ . ... metro cuadrado (m2 ) 6,451 600 * E - O ión) metro cúbico (m3) i 1,638706 E 05 /min metro cúbico por segundo (m3/s) 2,731 177 E-07 Pulgada4 (momento de sección) metro a la cuarta potencia (m4) 4,162314 E-07 ~IR-3.0-12-010 ~ ~ _ Versión: 04 !JI • Fecha: 13/07/2020 \~ Página:29 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA l, L~ (I»<I)I'O , d.n MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resoluc! ón NÚ.Q1ero ( .0 O ~ -?~ ' .~ I . ) o 2 DIe 2020 Continuación de la Resolución: "Por la cual se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 - Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", i Para convertir Multiplíquese por pulgada/s 2,540 000 * E - 02 pulgada/s2 metro por segundo al cuadrado (m/s2) E + 01 .................... --1 E + 01 l E~g(g()l)il)~E:lr~giªc:ic'lrlª~l)()E~i~ªL ........ ................. gE~y(GyL . ···························· .. ················1 i rem sievert (Sv) ! rhe 1 por pascal segundo (1/Pa . s) E-04 roentgen ! coulomb por kilogramo (Clkg) ................... ,. . ................ , .............. :::0.:: ............................................................................................. . l .. ~.f:lglJ.rl~()-<~rl.9.!:lJ()l _m.................. ......... .. . ... . ........................... i ... rª~i~rl(E~~) ............................................ _ ....... m..._._._+-.. _ .. !, ........ c.:: ........... : ................... E ......... -........ 0 .. ... 6 ............. , L segundo (sidéreo) segundo .. _.(:.s ..... :)... .............................................. E - 01 slug (kg) E + 01 ...: = ................................................................. mmm_m ... .. slug/pie3 Stilb stokes (viscosidad cinemática) I termia l tonelada ...... __ .. _. __ .... _ ......................................m ... __ ... . I tonelada (assay) ~ ......................................................... _ ••••.••••••••••••••••••••••••.•....••.••••.•.••..•••....••• ········.····.·.·.·.·.·.·.···H··· ___ · __ ·• tonelada (corta, 2000 lb) ! tonelada (equivalente nuclear de TNT) I tonelada (larga, 2240 lb) ! tonelada (métrica) tonelada (refrigeración) tonelada (de registro) tonelada (larga)/yarda3 (2 000 Ibf) torr (mm Hg, O°G) unidad térmica británica (Btu) abla internacional ! unidad térmica británica (Btu) (media) británica (B . rmica británica (Btu) (39°F) . rmica británica (Btu) (59°F) E + 01 E + 02 . .......................................................................................................................... mm' ......... : .............................................................. ........ , : kilogramo (kg) 2,916667 9,071847 .... :::: .... _ .... _ .. _ .... : ..... ::::.: .............................................................................. _ ... _ .. _ .. _ .. _ .. _ ... _ .... _ .. _- 4,184 1,016047 E-02 E + 02 E + 09 E + 03 E + 03 E + 03 E + 00 E + 03 E -01 E + 03 E + 02 E + 03 E + 03 E + 03 E + 03 E + 03 E+O f······:····:··········:··:·········· .. ······-···----·· ...... - ................................................................................................................................................................................... , ..... : ............... : ...... , .............................................................................................................................................................................. ! ............................................................................ . vatio por metro cuadrado 0N/m2) vatio por metro cuadrado 0N/m2) Cla~.0-12-010 ~ ~ __ L_~~rsión:04 ~~cha: 13/0712020 <:::J" JL.,. Página:30 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número .ll'J. Ole 2020 . o o .2 ·3 :;.,8·7, ") Continuación de la Resolución: "Por la cua¡'se modificai~ norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", Para convertir A Multiplíquese por ................. .... ... ............................................................................. . ............................................... _ ....... :....... ............................ _ ................................................................................................................... _.................................. ..~................................................................................... ...~ Yf3:.~9.~ ....... ................................................................................................................................................................... . yarda2 8,361 274 E - 01 7,645549 E - 01 cúbico por segundo (m3/s) 1,274258 E-02 Tabla 3-2. Fórmulas de conversión de temperatura ¡ P,ara cOlnvertir A , .......................................... _ ........ __ ... _ .. _.......................... . ........................................................................ --.................................... _ ...... . .... I~.f!1PE:l~~t.l:I .. r~_.QE:lJ~i.IJ.~ .. (!~(;) .................................................................................... ....... . Temperatura Fahrenheit (tOF) , , ................... ............... ...... ... t (tOF) ratura Celsius (tOe) Temperatura Rankine (tOR) APENDICE4 TIEMPO UNIVERSAL COORDINADO El Tiempo Universal Coordinado (UTC), ha sustituido la Hora Media de Greenwich (GMT) como norma internacional aceptada para fijar la hora. Es la base en muchos Estados para fijar la hora civil y se utiliza también en todo el mundo para las radiodifusiones de señales horarias empleadas en la aviación. Organismos como la Conferencia General sobre Pesas y Medidas (CGPM), el Comité Consultivo Internacional de Radiocomunicaciones (CCIR) y la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones (WARC) recomiendan el empleo del UTC. Toda medición del tiempo se basa en la duración de la rotación aparente del sol. Sin embargo, esta es una cantidad variable que depende, entre otras cosas, de donde se haga la medición en la tierra. El valor medio de esa duración, basado en las mediciones hechas en varios lugares de la tierra, se conoce como Tiempo Universal. Existe una escala de tiempo diferente, basada en la definición del segundo y conocida con el nombre de Tiempo Atómico Internacional (TAl). La combinación de estas dos escalas da como resultado el Tiempo Universal Coordinado (UTC), el cual consiste en el TAl ajustado en la medida necesaria mediante segundos intercalados hasta obtener una buena aproximación (siempre inferior a 0,5 segundos) al Tiempo Universal. " Nota.- La conversión de la hora en Tiempo Universal Coordinado a Hora Local Colombiana, corresponde a UTC - 05:00. APENDICE 5 PRESENTACiÓN DE LA FECHA Y LA HORA EN FORMA EXCLUSIVAMENTE NUMÉRICA 1. Introducción. En las Normas 2014 y 3307 de la Organización Internacional de Normalización (ISO), se describen en detalle los procedimientos para escribir la fecha y la hora en forma exclusivamente numérica y, en adelante, la OACI empleará dichos procedimientos en sus documentos cuando lo considere apropiado. ~DIR-3 .0-12-010 ~ Versión: 04 \ . Fecha: 13/07/2020 J '-1 Página:31 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL , La movilidad Mintransporte es de todos Resolución Número ( O O 2" ) O 2 DIe 2020.1 Continuación de la Resolución: "Por la cuaise I'nO'"difi~ If n&ma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", 2. Presentación de la fecha. 2.1. Cuando las fechas se presentan en forma exclusivamente numérica, el orden a seguir será año- mes-día. Los demás elementos que constituyen la fecha deberían ser: cuatro cifras para representar el año; no obstante, pueden omitirse las cifras que corresponden al "siglo" cuando no haya posibilidad de confusión. Al utilizar estas dos cifras queda claro que se está empleando la nueva secuencia de los elementos de la fecha; Dos cifras para representar el mes; Dos cifras para representar el día. 2.2. Cuando se considere necesario separar los elementos para facilitar la comprensión visual, la única separación que se debe emplear es un espacio o un guión. Por ejemplo, el 25 de agosto de 1983 puede escribirse de la siguiente manera: ó ó 19830825 ó 1983-08-25 ó 19830825 ó 830825 83-08-25 830825 2.3 La secuencia ISO se debe utilizar solamente cuando se emplee una presentación totalmente numérica. Las presentaciones que emplean una combinación de cifras y palabras se pueden seguir utilizando si resulta necesario (por ejemplo, 25 de agosto de 1983). 3. Presentación de la hora 3.1. Cuando la hora del día se haya de escribir en forma exclusivamente numérica, la secuencia debe ser la de horas-minutos-segundos. 3.2. Dentro del sistema horario de 24 horas, la hora debe representarse por medio de dos cifras que se extienden del 00 al 23, y éstas pueden ir seguidas de, o bien una fracción decimal de la hora o bien el número de minutos y segundos. Cuando la presentación de la hora se haga mediante un número decimal, se debe emplear un elemento separador decimal normal, seguido del número de cifras necesarias para facilitar la exactitud requerida. 3.3. De igual modo, los minutos deben representarse por medio de dos cifras del 00 al 59, seguidas de una fracción decimal de minuto o el número de segundos. 3.4. Los segundos deben representarse por medio de dos cifras del 00 al 59, seguidos, de ser necesario, de una fracción decimal de segundo. 3.5. Cuando sea necesario facilitar la comprensión visual deberían emplearse dos puntos para separar las horas de los minutos y los minutos de los segundos. Por ejemplo, las 3 horas 20 minutos y 18 segundos de la tarde podrían expresarse de la siguiente forma: 152018 ó 15:20: 18 en horas, minutos y segundos Clave: GDIR-3.0-12-01 O _____ Versión: 04 -í:"(¿...~cha : 13/07/2020 . ~"" Página:32 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020 Principio de Procedencia: 1062.492 REPÚBLICA DE COLOMBIA 1 L"n~."Or d"'l MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL La movilidad Mintransporte es de todos 8 , Resolución Número <002387 o 2 DIe 2020 ¡ - . ~ Continuación de la Resolución: "Por la cual"se modifica la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, se renumera e incorpora a dichos Reglamentos como norma RAC 205 • Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves", ó ó 1520.3 15.338 ó 15:20.3 en horas, minutos y fracción decimal de un minuto en horas y fracción decimal de una hora. 4. Grupos de fecha y hora combinados. Esta clase de presentación ofrece un método uniforme de escribir la fecha y la hora juntos, cuando esto sea necesario. En tales casos, el orden de los elementos es el de año-mes-día- horas-minutos-segundos. No siempre es necesario emplear todos los elementos. Por ejemplo, típicamente se podrían usar solamente los elementos día-horas- minutos ARTíCULO SEGUNDO. Una vez publicada en el Diario Oficial la presente Resolución, incorpórese en la versión oficial de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia publicada en la página web de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, www.aerocivil.gov.co. ARTíCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y, reemplaza y deroga la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia y las demás disposiciones que le sean contrarias. Proyectó: Revisó: PUBlíQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los ~ ' (' . ~. \ (y()\(J . D ~~~ . AN CARlOSSAlAZAR 'GÓMEZ Director General Soley Alexandra Sanjuanelo Corredor- Profesional Aeronáutico Grupo de Normas Aeronáuticas Edgar Benjamin Rivera Flórez - Coordinador Grupo Normas Aeronáuticas Aprobó: Lucas Rodriguez Gómez - Jefe Oficina de Transporte Aéreo . Juan Carlos Ramírez - Asesor Dirección Gene~ Rula Electrónica: F:INORMAS AERONAUTICASIPROYECTOS RAC 2020lPROY GNA <::.J Clave: GDIR-3.0-12-010 ~ Versión: 04 ~echa: 13/07/2020 ~ Página:33 de 33 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04 de Diciembre de 2020