Directiva con Carácter Vinculante06-2428/08/2024· Secretaría de Autoridad Aeronáutica
219-Aceptación de los Sistemas de Gestión de Seguridad Operacional - SMS
DIRECTIVA
ACEPTACIÓN DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DE
SEGURIDAD OPERACIONAL – SMS
Clave:
MAUT-1.0-22- 006
Versión:
01
Fecha de aprobación:
17/05/2024
Página: 1 de 5
1.
PROPÓSITO:
La presente Directiva establece los parámetros y mecanismos para aceptar los Sistemas
de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) de los proveedores de servicios y puede
utilizarse para una evaluación inicial, así como para una vigilancia continua del (SMS) de
un proveedor de servicios a la aviación que deba dar cumplimiento a RAC 219.
La herramienta se basa en un conjunto de indicadores que ayudan a la Aerocivil a evaluar
la eficacia del SMS de la organización. Esta herramienta de evaluación se diseñó para
mostrar el estándar esperado del SMS de una organización según la regulación y su
rendimiento en la gestión de riesgos de seguridad operacional de forma eficaz.
2.
APLICABILIDAD:
Esta Directiva aplica para todos los proveedores de servicios que, según los Reglamentos
Aeronáuticos de Colombia, expuestos en RAC 219 están obligados a implementar un
SMS. Debe tenerse en cuenta el tamaño, la naturaleza, la escalabilidad y la complejidad
de la organización al realizar la evaluación.
3.
DEFINICIONES Y ABREVIATURAS:
3.1 Definiciones:
a) Presente (P): hay evidencia de que el ítem evaluado es claramente visible y se
encuentra en la documentación del SMS de la organización.
b) Adecuado (S = Suitable): el ítem evaluado es adecuado según el tamaño, la naturaleza,
la complejidad y el riesgo inherente en la actividad, incluyendo las consideraciones del
sector de la industria.
c)
Operativo (O): hay evidencia de que el ítem evaluado está en uso y se está produciendo
una salida (resultado), es decir, está funcionando como se diseñó.
d) Efectivo (E): hay evidencia de que el ítem evaluado está logrando efectivamente el
resultado deseado y tiene un impacto positivo en la seguridad operacional.
e) Evidencia: Incluye documentación, informes, registro de las entrevistas y reuniones y es
probable que varíen según los diferentes niveles de evaluación del indicador. Por
ejemplo, para que un indicador esté presente la evidencia es probable que esté
solamente documentada, mientras que para evaluar si está operativo pueden ser
necesarios registros de evaluación, así como reuniones con personal de la organización
y/o sondeos con el personal de la organización. ‘Cómo se logra’ debe incluir
declaraciones resumidas y cualquier referencia a la documentación y a los registros.
f)
Escalabilidad: la capacidad de un sistema, red o proceso para manejar una cantidad
creciente de trabajo, o su potencial para ampliarse y para adaptarse a ese crecimiento.
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ACEPTACIÓN DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DE
SEGURIDAD OPERACIONAL – SMS
Clave:
MAUT-1.0-22- 006
Versión:
01
Fecha de aprobación:
17/05/2024
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3.2 Abreviaturas:
Las abreviaturas a continuación relacionadas aplican al contenido de esta Directiva y
fueron adicionadas a este documento en concordancia con lo definido en los
Reglamentos Aeronáuticos de Colombia RAC 1:
AAC:
Autoridad de Aviación Civil.
SMS:
Sistema de Gestión de Seguridad Operacional.
OACI:
Organización de Aviación Civil Internacional.
4.
ANTECEDENTES:
De conformidad con el Numeral 19 del Artículo 19 del Decreto 1294 de 2021, es función
de la Secretaría de Autoridad Aeronáutica: “Expedir directivas con carácter vinculante en
respaldo de las actividades de supervisión de la seguridad operacional y seguridad de la
aviación civil, en concordancia con los Reglamentos Aeronáuticos”.
La evaluación de la eficacia del SMS se lleva a cabo en función, tanto del cumplimiento
reglamentario, como del rendimiento en materia de seguridad operacional, a través de
una serie de indicadores basados en las últimas ediciones del Anexo 19 y manual de
gestión de la seguridad operacional de la OACI (Doc. 9859). La herramienta de evaluación
está organizada de acuerdo con el marco SMS del Anexo 19.
Los proveedores de servicios a la aviación a quienes aplica la presente Directiva deberán
demostrar a través de los procesos de certificación, actualización, vigilancia e inspección
que aplica la Aerocivil desde la Secretaría de Autoridad Aeronáutica, que cuentan con
Sistemas de Gestión de Seguridad Operacional efectivos. A la mayoría de las
organizaciones les llevará un tiempo implementar un SMS y algunos años alcanzar un
nivel de madurez en el cual sea eficaz.
5.
NORMATIVA RELACIONADA:
•
Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) 219.
•
Directiva - Reporte Obligatorio de Eventos de Seguridad Operacional (MOR).
6.
OTRAS REFERENCIAS:
•
Anexo 19 de OACI – Gestión de la Seguridad Operacional.
•
Documentos 9859 de OACI – Manual de gestión de la Seguridad operacional.
•
Programa Estatal para la Gestión de Autoridad en Seguridad Operacional – PEGASO
– (enlace).
•
Plan Colombiano de Seguridad Operacional – PCSO – (enlace).
•
Circular Informativa MAUT-5.0-22-002 Procedimiento de Certificación de una
Organización de Diseño Aprobada.
•
Circular Informativa 219-MAUT-1.0-22-005 CI Definición de Indicadores de
rendimiento en Materia de Seguridad Operacional (enlace)
•
Safety Management Implementation Website.
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SEGURIDAD OPERACIONAL – SMS
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Versión:
01
Fecha de aprobación:
17/05/2024
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7.
MATERIA:
De conformidad con el Numeral 19 del Artículo 19 del Decreto 1294 de 2021 citado
anteriormente, esta Directiva tiene carácter vinculante y como tal es de obligatorio
cumplimiento para los sujetos y/o actividades descritas en el Numeral 2 precedente, en
relación con:
7.1. Aplicación de la herramienta por parte de los inspectores de la SAA.
Los inspectores de Seguridad Operacional de la Secretaría de Autoridad Aeronáutica
deberán aplicar los procedimientos establecidos en los respectivos Manuales de
Inspección, generados para este efecto. La evaluación de los Sistemas de Gestión de
Seguridad Operacional se realizará aplicando la siguiente matriz de evaluación de niveles
de madurez de SMS.
La herramienta de evaluación se puede utilizar en diversas etapas, inicialmente se usará
para determinar si los elementos clave del SMS están presentes y son adecuados. En
una etapa posterior, puede evaluarse que el SMS esté operativo y sea eficaz y también
que considera las mejores prácticas. Se deberá tener en cuenta que los niveles de
madurez previamente expuestos tienen un orden donde P es el nivel de madurez mínimo,
y E es el nivel de madurez máximo. La matriz consta de las siguientes columnas:
Evaluación
Ítem
Componente
Elemento
indicadores
de
cumplimiento y
rendimiento
Eficacia
¿Cómo
se
logra?
Comentarios
Orientación
Que buscar
Presente (P)
Adecuado (S)
Operativo (O)
Eficaz (E)
Al evaluar los respectivos Sistemas de Gestión de Seguridad Operacional (SMS), los
inspectores deberán registrar en la columna de “Eficacia” de la herramienta de evaluación,
el estado en que se encuentre el ítem evaluado, teniendo en cuenta las orientaciones
que, para cada, ítem están establecidas en la misma matriz de evaluación.
Ahora bien, cuando una organización está iniciando o próxima a iniciar la
operación/servicio, podría ser el único momento en el que no todos los ítems evaluados
estarían presentes y serían adecuados, esto es previo incluso al proceso de certificación.
Nivel de madurez Presente y Adecuado (incluidas organizaciones en proceso de
certificación): Todos los ítems están, al menos, presentes y son adecuados, pero no todos
están funcionando (operativos). Este nivel es el necesario para la aceptación inicial del
SMS de una organización.
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Fecha de aprobación:
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En un nivel de madurez Operativo (pero no efectivo): Todos los ítems de cumplimiento y
desempeño están al menos en funcionamiento, aun cuando aún no se evidencia la
efectividad general, tal como se describe en la documentación que sustenta el SMS.
Cuando se llega a un nivel de Efectividad lograda: Todos los ítems de cumplimiento y de
desempeño están en funcionamiento y se logra la efectividad general, tal como la
organización lo ha descrito.
En algún punto de la evolución, incluso, una organización podrá contar con ítems de su
SMS a nivel de Excelencia, esto será, cuando la efectividad se logra y además hay
indicios de mejores prácticas y superioridad en la forma en que la organización ha
implementado tal ítem o conjunto de ítems, por ejemplo, de un elemento o de un
componente.
7.2. Parámetros de evaluación para aceptación inicial de un SMS
Una vez evaluada la totalidad de ítems presentes en la herramienta/matriz de evaluación
de la madurez de un SMS, los cuales cubren los cuatro componentes y doce elementos
que debe tener un SMS, se revisará que la totalidad de ítems haya obtenido por lo menos
la calificación “S” (“Suitable” = Adecuado).
Si este es el caso, el SMS de la organización evaluada se podrá dar por aceptado. Si la
organización obtiene al menos uno de los ítems en Presente “P”, el SMS no puede ser
aceptado.
Si dentro del proceso de aceptación de un SMS, uno o varios ítems no solo se evidencian
como “S” (adecuado), sino además obtienen calificaciones superiores como “O”
Operacional o “E”, siempre y cuando los demás sean por lo menos “S”, también será un
SMS aceptable ante la autoridad aeronáutica.
7.3. Formalización de la aceptación inicial de un SMS
El inspector que realiza la evaluación deberá emitir la comunicación formal pertinente, ya
sea la carta de aceptación inicial en procesos de certificación una vez cerrada la fase de
inspección y demostración del proceso de certificación y en el caso de actualización de
norma será el oficio de cierre de la tercera fase de actualización dirigida al Ejecutivo
Responsable de la Organización, con copia al Gerente (Director/Jefe, según sea la
nominación dentro de la Organización) de SMS con una copia en pdf de la evaluación
realizada (matriz de evaluación en pdf).
Es importante anotar que se espera que una organización evolucione hacia un nivel de
madurez eficaz; no obstante, podría ocurrir que un SMS que en una evaluación haya sido
aceptado (todos los ítems por lo menos en “S”), se degrade y caiga al estado “P”, razón
que motivará que el inspector de seguridad operacional genere la respectiva
comunicación dirigida al Ejecutivo Responsable de la Organización, como parte de plan
de vigilancia basada en riesgos, para gestión de vigilancia, inspección y control.
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Versión:
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Fecha de aprobación:
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8.
VIGENCIA:
La presente Directiva se encuentra en versión original y entra en vigor a partir de la fecha
de publicación.
9.
CONTACTO PARA MÁS INFORMACIÓN:
Para cualquier consulta adicional respecto a esta Directiva, favor dirigirla a:
Coordinador(a) Grupo Planificación de Autoridad
Programa Estatal para la Gestión de Autoridad en Seguridad Operacional (PEGASO)
Secretaría de Autoridad Aeronáutica de Aerocivil
seguridadoperacional@aerocivil.gov.co
Bogotá, Mayo 17 de 2024.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
CR (RA) RODRIGO RAMÓN ZAPATA ROMERO
SECRETARIO DE AUTORIDAD AERONÁUTICA
Proyectó:
Olga Beatriz Martínez Mariño – Grupo Planificación de Autoridad
Revisó:
Henry de Jesus Gamboa Castañeda – Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos
CONTROL DE ENMIENDAS: Con el objeto de mantener la trazabilidad y control de las
enmiendas, esta información es permanente y no es modificable.
Versión
Origen
Tema
Fecha de
expedición
01
Edición inicial
Aceptación de los Sistemas de Gestión de
Seguridad Operacional – SMS –, a la luz
de RAC 219.
17/05/2024