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Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC)20504/12/2020· Secretaría de Autoridad Aeronáutica, Dirección General

Unidades de medida para las operaciones aéreas y terrestres de las aeronaves

Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil SECRETARÍA DE AUTORIDAD AERONÁUTICA Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos Reglamentos Aeronáuticos de Colombia UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AÉREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES Edición Original Diciembre 2020 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 2 R A C 205 UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AÉREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES El presente RAC 205, fue adoptado mediante Resolución N° 002387 del 02 de Diciembre de 2020; Publicada en el Diario Oficial Número 51.518 del 04 de Diciembre de 2020, la cual renumeró y derogó la norma RAC 100, modificando su sistema de nomenclatura y se incorporó como RAC 205 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia –RAC- ENMIENDAS AL RAC 205 Enmienda Número Origen Tema Expedido-Modifica- Adiciona/Surte efecto Edición Original Anexo 5 de la OACI. Incluye enmiendas de la 1 a la 17 Unidades De Medida Para Las Operaciones Aéreas y Terrestres De Las Aeronaves – Nueva Norma RAC 205 Expedido Resol. # 002387 del 02-Dic-2020 Publicada en el Diario Oficial N° 51.518 del 04-Dic-2020 Surte Efecto 04 de Diciembre de 2020 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 3 PREAMBULO La República de Colombia es miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), al haber suscrito el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, celebrado en Chicago en 1944, aprobado mediante la Ley 12 de 1947, y como tal, debe dar cumplimiento a dicho Convenio y a las normas contenidas en sus anexos técnicos. De conformidad con lo previsto en el Artículo 37 del mencionado Convenio internacional, los Estados miembros se comprometieron a colaborar a fin de lograr el más alto grado de uniformidad posible en sus reglamentaciones, normas, procedimientos y organización relativos a las aeronaves, personal, aerovías y servicios auxiliares y en todas las cuestiones en que tal uniformidad facilite y mejore la navegación aérea, para lo cual la Organización de Aviación Civil Internacional –OACI, adopta y enmienda las normas, métodos recomendados y procedimientos internacionales correspondientes, contenidos en la anexos técnicos a dicho Convenio, entre ellos el Anexo 5 – “Unidades de medida que se emplearan en las operaciones aéreas y terrestres”. La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), como autoridad aeronáutica de la República de Colombia, en cumplimiento del mandato contenido en el mencionado Artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y debidamente facultada por el artículo 1782 del Código de Comercio, el artículo 47 de la Ley 105 de 1993, el artículo 68 de la Ley 336 de 1996 y el artículo 5º del Decreto 260 de 2004, modificado por el Decreto 823 de 2017, ha expedido los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC), con fundamento en los referidos Anexos Técnicos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional acaecido en Chicago de 1944. Igualmente, es función de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil – UAEAC, armonizar los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia - RAC con las disposiciones que al efecto promulgue la Organización de Aviación Civil Internacional y garantizar el cumplimiento del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, junto con sus Anexos, tal y como se estipula en el artículo 5° del Decreto 260 de 2004, modificado por el Decreto 823 de 2017. Mediante Resolución No 01313 del 26 de marzo de 2007, la UAEAC, en uso de sus facultades legales, adoptó e incorporó a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, la Parte Décimo Octava de dichos Reglamentos, sobre “UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AÉREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES”, desarrollando el Anexo 5 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Para facilitar el logro del propósito de uniformidad en sus reglamentaciones aeronáuticas, según el citado Artículo 37 del Convenio de Chicago de 1944, varios Estados miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC), a través de sus respectivas autoridades aeronáuticas, implementaron el Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP), mediante el cual vienen preparando los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR), también con fundamento en los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, en espera de que los Estados participantes desarrollen y armonicen sus reglamentos nacionales en torno a tales LAR. La UAEAC es miembro del SRVSOP, según el convenio suscrito por la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 4 Entidad el día 26 de julio de 2011, mediante el cual acordaron la armonización de los RAC con los LAR propuestos por el Sistema a sus miembros, con lo cual se lograría, también, mantenerlos armonizados con los Anexos promulgados por la OACI, con los reglamentos aeronáuticos de los demás Estados suscriptores del Convenio de Chicago y, especialmente, con los de los demás Estados latinoamericanos miembros del SRVSOP. Mediante resolución No 06352 del 14 de noviembre de 2013, la UAEAC, igualmente adoptó una nueva metodología y sistema de nomenclatura para los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, en aras de su armonización con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos –LAR, con lo cual, la Parte Décimo-Octava de los Reglamentos Aeronáuticos, pasó a denominarse RAC 18, renumerada luego como RAC 100, mediante Resolución 3548 de diciembre 21 de 2015. Es necesario modificar las disposiciones contenidas en la norma RAC 100 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, para actualizarlas incorporando en ellas las enmiendas que ha efectuado la Organización de Aviación Civil Internacional al Anexo 5, lo cual comprende las Enmiendas 1 al 17 al mencionado Anexo. Aún cuando entre los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos- LAR, no existe actualmente una norma sobre Unidades de Medida para las Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves, en desarrollo del Anexo 5 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, el proceso de armonización que se viene adelantando impone la necesidad de hacer movimiento en las normas y su nomenclatura, para ajustarla a la estructura propia de los reglamentos aeronáuticos armonizados, con lo cual es necesario renumerar la norma RAC 100, como RAC 205 y modificar su sistema de nomenclatura, para que resulte compatible con el resto de la normatividad que se viene armonizando con el sistema LAR. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 5 ÍNDICE UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AÉREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES ................................... 6 CAPÍTULO A Generalidades ........................................................................................................................................ 6 205.001 Aplicación ............................................................................................................................................. 6 205.005 Definiciones y símbolos ....................................................................................................................... 6 CAPÍTULO B (Reservado) ........................................................................................................................................ 10 CAPÍTULO C Aplicación normalizada de las unidades de medida .......................................................................... 10 205.300 Unidades del Sistema Internacional (SI) ............................................................................................ 10 205.305 Unidades ajenas al sistema SI ............................................................................................................ 11 205.310 Aplicación de unidades específicas .................................................................................................... 11 205.315 Expresión de la unidad empleada ...................................................................................................... 16 CAPITULO D TERMINACION DEL USO DE LAS UNIDADES OPCIONALES AJENAS AL SISTEMA ... INTERNACIONAL -SI 17 APENDICE 1 (RESERVADO) ..................................................................................................................................... 17 APÉNDICE 2 GUIA SOBRE LA APLICACIÓN DEL SI ................................................................................................... 17 APÉNDICE 3 FACTORES DE CONVERSION ............................................................................................................... 28 APENDICE 4 TIEMPO UNIVERSAL COORDINADO ................................................................................................... 38 APENDICE 5 PRESENTACIÓN DE LA FECHA Y LA HORA EN FORMA EXCLUSIVAMENTE NUMÉRICA ....................... 39 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 6 RAC 205 UNIDADES DE MEDIDA PARA LAS OPERACIONES AÉREAS Y TERRESTRES DE LAS AERONAVES CAPÍTULO A Generalidades 205.001 Aplicación (a) Este Reglamento contiene disposiciones para la utilización de un sistema normalizado de unidades de medida en las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil, basado en el Sistema Internacional de Unidades (SI) y en ciertas unidades que no pertenecen a ese sistema pero cuyo uso se considera necesario para satisfacer las necesidades especiales de la aviación civil, en concordancia con el Adjunto A del Anexo 5 de la OACI. (b) Las normas contenidas en este Reglamento serán aplicables en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil nacional o internacional, que se desarrollen en, hacia, o desde Colombia. Nota.- Este Reglamento hace relación al uso de unidades de medida para a aviación civil, en aplicación de lo previsto en el Anexo 5 -Unidades de medida que se emplearán en las operaciones aéreas y terrestres- al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, sin perjuicio de las competencias que, en el país, correspondan a otras autoridades, y particularmente al Instituto Nacional de Metrología de Colombia. 205.005 Definiciones y símbolos (a) Cuando se utilicen los términos siguientes en las normas y métodos recomendados relativos a las unidades de medida que han de emplearse en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil internacional, los mismos tendrán los significados que se expresan a continuación: Actuación humana. Capacidades y limitaciones humanas que repercuten en la seguridad y eficiencia de las operaciones aeronáuticas. Amperio (A). Es la unidad SI de intensidad de corriente eléctrica. Se define al fijar el valor numérico de la carga elemental, e, en 1.602 176 634 ×10–19, cuando se expresa en la unidad C, igual a A· s, donde el segundo se define en función de ΔνCs Becquerel (Bq). La actividad de un radionúclido que sufre una transición nuclear espontánea por segundo. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 7 Candela (cd). Es la unidad SI de intensidad luminosa en una dirección dada. Se define al fijar el valor numérico de la eficacia luminosa de la radiación monocromática de frecuencia 540 × 1012 Hz, Kcd, en 683, cuando se expresa en la unidad lm·W−1, igual a cd·sr·W−1, o a cd·sr·kg−1·m−2·s3, donde el kilogramo, el metro y el segundo se definen en función de h, c y ΔνCs. Culombio (C). La cantidad de electricidad transportada en 1 segundo por una corriente de 1 amperio. Estereorradián (sr). Ángulo sólido que tiene su vértice en el centro de una esfera y que corta sobre la superficie de la esfera un área igual a la de un cuadrado cuyos lados tienen una longitud igual al radio de la esfera. Faradio (F). Capacidad de un condensador entre cuyas placas aparece una diferencia de potencia de 1 voltio cuando está cargado con una cantidad de electricidad igual a 1 culombio. Grado Celsius (°C). Nombre especial con que se designa la unidad kelvin para utilizarla en la expresión de valores de temperatura Celsius. El grado Celsius se usa para expresar la unidad de temperatura Celsius, que por definición es igual en magnitud a la unidad kelvin. El valor numérico de una diferencia de temperatura o intervalo de temperatura es el mismo cuando se expresa en grados Celsius o en kelvin Gray (Gy). La energía entregada por radiación ionizante a una masa de materia correspondiente a 1 julio por kilogramo. Henrio (H). La inductancia de un circuito cerrado en el cual se produce una fuerza electromotriz de 1 voltio cuando la corriente eléctrica en el circuito varía uniformemente con una cadencia de 1 amperio por segundo. Hertzio (Hz). Frecuencia de un ciclo por segundo. Julio (J). Trabajo realizado cuando el punto de aplicación de una fuerza de 1 newton se desplaza una distancia de 1 metro en la dirección de la fuerza. Kelvin (K). Es la unidad SI de temperatura termodinámica. Se define al fijar el valor numérico de la constante de Boltzmann, k, en 1.380 649 ×10–23, cuando se expresa en la unidad J·K- 1, igual a kg·m2·s-2·K-1, donde el kilogramo, el metro y el segundo se definen en función de h, c y ΔνCs. Kilogramo (kg). Unidad de masa; es igual a la masa del prototipo internacional del kilogramo. Se define al fijar el valor numérico de la constante de Planck, h, en 6.626 070 15 ×10–34, cuando se expresa en la unidad J·s, igual a kg·m2·s-1, donde el metro y el segundo se definen en función de c y ΔνCs. Litro (L). Unidad de volumen para medir líquidos y gases, que es igual a 1 decímetro cúbico. Lumen (lm). Flujo luminoso emitido en un ángulo sólido de un estereorradián por una fuente puntual que posee una intensidad uniforme de 1 candela. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 8 Lux (lx). Iluminación producida por un flujo luminoso de 1 lumen distribuido uniformemente sobre una superficie de 1 metro cuadrado. (1 Ix = 1 Im/m2) Metro (m). Distancia que la luz recorre en el vacío en 1/299 792 458 de segundo. Se define al fijar el valor numérico de la velocidad de la luz en el vacío, c, en 299 792 458, cuando se expresa en la unidad m·s-1, donde el segundo se define en función de la frecuencia del Cesio ΔνCs Milla marina (NM). La longitud exactamente igual a 1 852 metros. Mol (mol). Es la unidad SI de cantidad de sustancia. Un mol contiene exactamente 6.022 140 76 ×1023 entidades elementales. Esta cifra es el valor numérico fijo de la constante de Avogadro, NA, cuando se expresa en la unidad mol-1 y se denomina número de Avogadro. La cantidad de sustancia, símbolo n, de un sistema, es una medida del número de entidades elementales especificadas. Una entidad elemental puede ser un átomo, una molécula, un ion, un electrón, cualquier otra partícula o un grupo especificado de partículas. Newton (N). Fuerza que, aplicada a un cuerpo que posee una masa de 1 kilogramo produce una aceleración de 1 metro por segundo al cuadrado. Nudo (kt). La velocidad igual a 1 milla marina por hora. Ohmio (Ω). Resistencia eléctrica entre dos puntos de un conductor cuando una diferencia de potencial de 1 voltio, aplicada entre estos dos puntos, produce en ese conductor una corriente de 1 amperio, no siendo el conductor fuente de fuerza electromotriz alguna. Pascal (Pa). Presión o tensión de 1 newton por metro cuadrado. Pie (ft). La longitud exactamente igual a 0,3048 metros. Radián (rad). Ángulo plano entre dos radios de un círculo que corta, sobre la circunferencia, un arco de longitud igual al radio. Segundo (tiempo) (s). Duración de 9 192 631 770 períodos de la radiación correspondiente a la transición entre los dos niveles hiperfinos del átomo del cesio-133 en estado normal. Siemens (S). Conductancia eléctrica de un conductor en el cual se produce una corriente de 1 amperio por una diferencia de potencial eléctrico de 1 voltio. Sievert (Sv). Unidad de dosis de radiación equivalente que corresponde a 1 julio por kilogramo. Temperatura Celsius (t /°C ). Temperatura igual a la diferencia t /°C = T/K– T0 entre dos temperaturas termodinámicas T y T0, donde T0 = 273.15 K. Tesla (T). Densidad de flujo magnético dada por un flujo magnético de 1 weber por metro cuadrado. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 9 Tonelada métrica (t). Masa igual a 1 000 kilogramos. Vatio (W). Potencia que da origen a la producción de energía al ritmo de 1 julio por segundo. Voltio (V). Unidad de diferencia de potencial y de fuerza electromotriz, que es la diferencia de potencial eléctrico entre dos puntos de un conductor que transporta una corriente constante de 1 amperio, cuando la potencia disipada entre estos dos puntos es igual a 1 vatio. Weber (Wb). Flujo magnético que, al atravesar un circuito de una sola espira produce en ésta una fuerza electromotriz de 1 voltio cuando el flujo disminuye uniformemente a cero en un segundo. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 10 CAPÍTULO B (Reservado) CAPÍTULO C Aplicación normalizada de las unidades de medida 205.300 Unidades del Sistema Internacional (SI) (a) El Sistema Internacional de Unidades – preparado y actualizado por la Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM), se utilizará en Colombia, teniendo en cuenta las secciones 205.305 y 205.310 previstos en los numerales 3.2 y 3.3 del Anexo 5 de la OACI,como sistema normal de unidades de medida en todos los aspectos de las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil. (b) Prefijos. Se utilizarán los prefijos y símbolos que figuran en la Tabla C-1 para componer los nombres y los símbolos de los múltiplos y submúltiplos decimales de las unidades (SI). (1) El término “unidades SI”, tal como se emplea aquí, comprende tanto las unidades básicas como las derivadas y así mismo, sus múltiplos y submúltiplos. (2) Véanse en el Apéndice 2 las instrucciones sobre la aplicación general de los prefijos. Tabla C-1. Prefijos de las unidades SI Factor por el que debe multiplicarse la unidad Prefijo Símbolo 1 000 000 000 000 000 000 = 1018 exa E 1 000 000 000 000 000 = 1015 peta P 1 000 000 000 000 = 1012 tera T 1 000 000 000 = 109 giga G 1 000 000 = 106 mega M 1 000 = 103 kilo K 100 = 102 hecto h 10 = 101 deca da 0,1 = 10-1 deci d 0,01 = 10-2 centi c 0,001 = 10-3 mili m 0,000 001 = 10-6 micro µ 0,000 000 001 = 10-9 nano n 0,000 000 000 001 = 10-12 pico p 0,000 000 000 000 001 = 10-15 femto f 0,000 000 000 000 000 001 = 10-18 atto a Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 11 205.305 Unidades ajenas al sistema SI (a) Unidades ajenas al SI para uso permanente junto con el sistema SI. (a) Las unidades ajenas al sistema SI que figuran en la Tabla C-2, se utilizarán bien sea en lugar de las unidades SI o como alternativa de ellas, en calidad de unidades primarias de medición, aunque únicamente como se especifica en la Tabla C-4. Tabla C-2. Unidades ajenas al SI para uso permanente junto con el sistema SI Magnitudes específicas de la Tabla C-4 relativas a Unidad Símbolo Definición (en términos de las unidades SI) ángulo plano Grado ° 1° = (𝜋𝜋 /180) rad Minuto ' 1' = (1 /60)° = (𝜋𝜋 /10 800) rad Segundo '' 1'' = (1 /60)' = (𝜋𝜋 /648 000) rad Masa tonelada métrica t 1 t = 103 kg Temperatura grado Celsius °C 1 unidad °C = 1 unidad Ka) Tiempo minuto min 1 min = 60 s hora h 1 h = 60 min = 3 600 s día d 1 d = 24 h = 86 400 s semana, mes, año — Volumen litro L 1 L = 1 dm3 = 10-3 m3 a) Para la conversión, véase la Tabla 3-2 en el Apéndice 3 en concordancia con el Adjunto C Tabla C-2 del anexo 5 de la OACI. (b) Otras unidades permitidas temporalmente con carácter opcional junto con el sistema SI, se permitirá el uso temporal de las unidades de medida que no pertenecen al sistema SI que figuran en la Tabla C-3, únicamente para las magnitudes que figuran en la Tabla C-4. Nota.- Existe el propósito de que las unidades ajenas al SI que figuran en la Tabla C-3 y que se aplican como se indica en la Tabla C-4, dejen de utilizarse, de acuerdo con las fechas que determine Consejo de la OACI. Estas fechas de terminación, una vez establecidas, por la OACI, se indicarán en el Capítulo D, de éste Reglamento. 205.310 Aplicación de unidades específicas (a) La aplicación de unidades de medida para ciertas magnitudes que se utilizan en las operaciones aéreas y terrestres de la aviación civil internacional, estarán de acuerdo con la Tabla C-4. (b) Con el fin de facilitar las operaciones en ambientes en los que se utilicen unidades de medida específicas normalizadas y otras ajenas al SI, o en la transición entre ambientes que utilicen diferentes unidades; toda magnitud expresada en unidades ajenas al SI, en los presentes Reglamentos Aeronáuticos y en todo documento escrito con fines aeronáuticos, irá seguida de su correspondiente conversión al SI (entre paréntesis), según sea aplicable. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 12 Nota.- Las Unidades ajenas al SI, se emplearán con el fin de evitar posibles confusiones, solo en aquellos casos en que su uso sea más común y generalizado internacionalmente, en las operaciones aéreas y terrestres de las aeronaves, como sucede con el Nudo, como unidad de velocidad, la Milla Marina como unidad de distancia, y el Pie como unidad para altitud, entre otras (ver tablas C-2, C-3 y C-4). Tabla C-3. Otras unidades cuyo uso se permite temporalmente con carácter opcional junto con las unidades SI Magnitudes específicas de la Tabla C- 4 relativas a Unidad Símbolo Definición (en términos de las unidades SI) distancia (longitudinal) milla marina NM 1 NM = 1 852 m distancia (vertical)a) pie ft 1 ft = 0,304 8 m Velocidad nudo kt 1 kt = 0,514 444 m/s a) altitud, elevación, altura, velocidad vertical. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 13 Tabla C-4. Aplicación normal de las unidades específicas de medida Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 14 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 15 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 16 205.315 Expresión de la unidad empleada Siempre que se expresen magnitudes en forma verbal o escrita, deberá indicarse claramente la unidad empleada. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 17 CAPITULO D TERMINACION DEL USO DE LAS UNIDADES OPCIONALES AJENAS AL SISTEMA INTERNACIONAL -SI 205.400 (a) Las unidades que no pertenecen al sistema SI y que figuran en la Tabla C-3 del presente reglamento, habiendo sido conservadas temporalmente en la tabla 3-3 del Anexo 5 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, se conservan igualmente en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, para utilizarlas como unidades opcionales, debido a su amplia difusión y para evitar posibles problemas de seguridad que podrían surgir, debido a la falta de coordinación internacional en cuanto a su uso. (Ver Nota subsiguiente a capítulo C, 205.310). (1) En razón a que internacionalmente no se ha fijado una fecha para la terminación del uso del Nudo, como unidad de velocidad, de la Milla Marina como unidad de distancia, ni del Pie como unidad para altitud; en las operaciones aéreas y terrestres, tales unidades se seguirán empleando de modo que, sobre su eventual terminación se reglamentaría tan solo después de que exista una determinación internacional. (b) La utilización, en las operaciones de la aviación civil internacional, de las unidades opcionales que no pertenecen al Sistema Internacional -SI, enumeradas en la Tabla 3-3 del Anexo 5 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional y en la tabla C-3 de éste Reglamento, se dará por terminada en las fechas que indique la Organización de Aviación Civil Internacional. APENDICE 1 (RESERVADO) APÉNDICE 2 GUIA SOBRE LA APLICACIÓN DEL SI 1. Introducción 1.1. El Sistema Internacional de Unidades es un sistema completo y coherente que comprende tres clases de unidades: a) unidades fundamentales; Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 18 b) unidades suplementarias; y c) unidades derivadas. 1.2. El SI se basa en siete unidades para otras tantas dimensiones independientes, que figuran en la Tabla 2-1. 1.3 Las unidades suplementarias del SI figuran en la Tabla 2-2 y pueden considerarse como unidades fundamentales o como unidades derivadas. Tabla 2-1. Unidades fundamentales SI Magnitud Unidad Símbolo cantidad de materia Mol mol corriente eléctrica Amperio A intensidad luminosa Candela cd longitud Metro m masa Kilogramo kg temperatura termodinámica Kelvin K tiempo Segundos s Tabla 2-2. Unidades suplementarias SI Magnitud Unidad Símbolo ángulo plano Radián rad ángulo solido Estereorradián sr 1.4 Las unidades derivadas del SI se forman combinando unidades fundamentales, unidades suplementarias y otras unidades derivadas, de acuerdo con las relaciones algebraicas entre las magnitudes correspondientes. Los símbolos para las unidades derivadas se forman con los signos matemáticos de multiplicación, división y utilizando exponentes. Las unidades SI derivadas que poseen nombres y símbolos especiales figuran en la Tabla 2-3. Nota. En la Tabla C-4 se indica la aplicación de las unidades derivadas que figuran en la Tabla 2-3 y de otras unidades comunes, en las operaciones de la aviación civil internacional. Tabla 2-3. Unidades suplementarias SI Magnitud Unidad Símbolo Derivación actividad de los radionúclidos becquerel Bq l/s cantidad de electricidad, carga eléctrica coulomb C A · s capacidad eléctrica faradio F C/V conductancia eléctrica Siemens S A/V densidad de flujo magnético tesla T Wb/m2 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 19 dosis absorbida (radiación) gray Gy J/kg dosis equivalente (radiación) sievert Sv J/kg energía, trabajo, cantidad de calor julio J N · m flujo luminoso 90 lumen lm cd · sr flujo magnético weber Wb V · s frecuencia (de un fenómeno periódico) hertz Hz l/s fuerza newton N kg · m/s2 iluminancia lux lx lm/m2 inductancia henrio H Wb/A potencia, flujo radiante vatio W J/s presión, tensión mecánica pascal Pa N/m2 resistencia eléctrica ohmio Ω V/A tensión eléctrica, diferencia de potencial, fuerza electromotriz voltio V W/A 1.5 El SI es una selección racional de unidades del sistema métrico que individualmente no son nuevas. La ventaja mayor del SI es que existe únicamente una unidad para cada magnitud física — el metro para la longitud, el kilogramo (en lugar del gramo) para la masa, el segundo para el tiempo, etc. De estas unidades elementales o fundamentales, derivan las unidades para todas las demás magnitudes mecánicas. Estas unidades derivadas se definen mediante relaciones simples como: velocidad igual a régimen de variación de la distancia; aceleración igual a régimen de variación de la velocidad; fuerza igual a masa por aceleración; trabajo o energía igual a fuerza por distancia; potencia igual a trabajo realizado por unidad de tiempo, etc. Algunas de estas unidades tienen únicamente nombres genéricos, por ejemplo, metro por segundo para el caso de la velocidad; otras poseen nombres especiales, como newton (N) para la fuerza, julio (J) para el trabajo o la energía, vatio (W) para la potencia. Las unidades SI de fuerza, energía y potencia, son invariables ya se trate de un proceso mecánico, eléctrico, químico o nuclear. Una fuerza de 1 newton aplicada en una distancia de 1 metro puede producir 1 julio de calor, que es una magnitud idéntica a la que puede producir 1 vatio de potencia eléctrica en 1 segundo. 1.6 Además de las ventajas resultantes del empleo de una sola unidad SI para cada magnitud física, está la comodidad de utilizar un juego de símbolos y abreviaturas individuales y bien definidos. Estos símbolos y abreviaturas eliminan la confusión que puede surgir de las prácticas corrientes en diferentes disciplinas, tales como el uso de “b” tanto para el bar, que es una unidad de presión, como para el barn, que es una unidad de superficie. 1.7 Otra ventaja del SI es que conserva la relación decimal entre múltiplos y submúltiplos de las unidades básicas para cada magnitud física. Se establecen prefijos para designar múltiplos y submúltiplos de las unidades, que van desde “exa” (1018) hasta “atto” (10-18) para mayor comodidad de la expresión oral y escrita. 1.8 Otra gran ventaja del SI es su coherencia. Las unidades podrían seleccionarse arbitrariamente, pero si se establecieran unidades independientes para cada categoría de magnitudes comparables entre sí, los factores numéricos de las ecuaciones parecerían Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 20 provenir de una escala diferente de valores. Con todo, es posible y en la práctica resulta más conveniente, seleccionar un sistema de unidades de modo que las ecuaciones establecidas con valores numéricos, inclusive los factores numéricos, posean exactamente la misma forma que las ecuaciones correspondientes efectuadas con magnitudes. Un sistema de unidades determinado de este modo se designa como coherente con respecto al sistema de magnitudes y ecuaciones en cuestión. Las ecuaciones entre unidades de un sistema de unidades coherentes contiene como factor numérico únicamente el número 1. En un sistema coherente, el producto o cociente de dos magnitudes unitarias cualesquiera es la unidad de la magnitud resultante. Por ejemplo, en un sistema coherente, la superficie unitaria resulta de la multiplicación de la longitud unitaria por la longitud unitaria; la velocidad unitaria resulta de la división de la longitud unitaria por el tiempo unitario y la fuerza unitaria resulta de la multiplicación de la masa unitaria por la aceleración unitaria. Nota: En la Figura 2-1 se ilustra la relación existente entre las unidades del SI. 2. Masa, fuerza y peso 2.1 La excepción principal del SI con respecto al sistema gravimétrico de unidades métricas de uso en la tecnología, consiste en la diferenciación explícita de las unidades de masa y de fuerza. En el SI, la designación kilogramo se limita a la unidad de masa y no ha de emplearse la designación kilogramo-fuerza (en la cual frecuentemente se comete el error de omitir el sufijo fuerza). En su lugar se utiliza la unidad SI de fuerza, que es el newton. Del mismo modo, se utiliza el newton y no el kilogramo-fuerza para formar unidades de fuerza derivadas, por ejemplo, presión o tensión mecánica (N/ m2 = Pa), energía (N · m = J), y potencia (N · m/s = W). 2.2 Existe mucha confusión en el empleo del término peso como magnitud que puede significar fuerza, o bien masa. En el uso común, el término peso significa casi siempre masa; por lo tanto, cuando se habla del peso de una persona, la magnitud que se alude es la masa. En la ciencia y en la tecnología, el término peso generalmente ha significado la fuerza que, aplicada a un cuerpo, le impartiría una aceleración igual a la aceleración local en caída libre. El adjetivo “local” en la frase “aceleración local en caída libre” generalmente ha significado emplazamiento en la superficie de la tierra; en este contexto, la “aceleración local en caída libre” posee el símbolo g (designado a veces como “aceleración de la gravedad”), cuyos valores difieren en más de 0,5% en diferentes puntos de la superficie de la tierra, y disminuyen a medida que aumenta la distancia con respecto a la tierra. Por lo tanto, como el peso es una fuerza = masa × aceleración debida a la gravedad, el peso de una persona depende del lugar en que se encuentre, lo que no sucede con la masa. Una persona que posea una masa de 70 kg puede experimentar en la tierra una fuerza (peso) de 686 newtons (≈155 lbf) y solamente una fuerza (peso) de 113 newtons (≈22 lbf) en la luna. Debido al uso doble del término peso como magnitud, debería evitarse esta designación de peso en el uso tecnológico, salvo en las circunstancias en que su significado resulte totalmente inequívoco. Cuando se utilice ese término, importa saber si se hace referencia a la masa o a la fuerza y utilizar correctamente las unidades SI, que correspondan, o sea, el kilogramo para la masa o el newton para la fuerza. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 21 2.3 Al determinar la masa con una balanza o báscula, interviene la gravedad. Cuando se utiliza una masa patrón para pesar la masa que se mide, se elimina el efecto directo de la gravedad en ambas masas, aunque por lo general no se evita el efecto indirecto debido a la flotabilidad del aire o de otros fluidos. Al utilizar una balanza de resortes, la masa se mide de un modo indirecto, ya que el instrumento responde a la fuerza de la gravedad. Esas balanzas pueden calibrarse en unidades de masa, si la variación en cuanto a aceleración de la gravedad y las correcciones por flotabilidad no afectaran mucho su uso. 3. Energía y momento de torsión 3.1 El producto vectorial de fuerza y brazo de momento se designa comúnmente por la unidad newton metro. Esta unidad de momento flector o momento de torsión causa confusiones con la unidad de energía, que también es el newton metro. La relación con la energía se esclarecería si el momento de torsión se expresara como newton metro por radián, ya que el producto del momento de torsión y de la rotación angular es energía: (N · m/rad) · rad = N · m 3.2 Si se mostraran los vectores, la diferencia entre energía y momento de torsión sería evidente, ya que la orientación de la fuerza y la longitud son diferentes en los dos casos. Es importante tener en cuenta esta diferencia cuando se utilicen el momento de torsión y la energía; el julio no debería utilizarse nunca para expresar el momento de torsión. 4. Prefijos SI 4.1 Selección de prefijos 4.1.1 En general, los prefijos SI deberían utilizarse para indicar órdenes de magnitud, eliminando de este modo los dígitos no significativos y los ceros iniciales en las fracciones decimales, con lo cual se deja abierta la posibilidad de una notación en potencias de 10, que se prefieren en los cálculos. Por ejemplo: 12 300 mm resulta 12,3 m 12,3 × 103 m resulta 12,3 km 0,001 23 μA resulta 1,23 nA 4.1.2 Al expresar una magnitud entre un valor numérico y una unidad, los prefijos deberían seleccionarse preferentemente de modo que el valor numérico se encuentre entre 0,1 y 1 000. Para reducir la diversidad al mínimo, se recomienda utilizar los prefijos que representen potencias de 1 000. Sin embargo, en los casos siguientes puede resultar útil proceder de otro modo: a) al expresar superficie y volumen, puede ser necesario utilizar los prefijos hecto, deca, deci y centi; por ejemplo: hectómetro cuadrado, centímetro cúbico; Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 22 b) en las tablas de valores de la misma magnitud, o al tratar de esos valores dentro de un contexto dado, por lo general es preferible utilizar siempre el mismo múltiplo de unidad; y c) en el caso de ciertas magnitudes de aplicación en casos particulares, comúnmente se utiliza siempre el mismo múltiplo. En los planos de la técnica mecánica, por ejemplo, se utilizan los hectopascales para los reglajes de altímetro y los milímetros para las dimensiones lineales, aunque esos valores se encuentren más allá de la gama de 0,1 a 1 000. 4.2 Prefijos en las unidades compuestas1 Se recomienda que se utilice un solo prefijo al formar cualquier múltiplo de una unidad compuesta. Normalmente debería agregarse el prefijo a la unidad en el numerador. Se presenta una excepción cuando una de las unidades es el kilogramo. Por ejemplo: V/m, no mV/mm; MJ/kg, no kJ/g 1 Unidad compuesta es la unidad derivada que se expresa mediante dos o más unidades, o sea que carece de nombre individual simple. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 23 Figura 2-1 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 24 4.3 Prefijos compuestos No han de utilizarse prefijos compuestos, formados por yuxtaposición de dos o más prefijos SI. Por ejemplo: 1 nm no 1mμm; 1 pF no 1μμF Si se necesitaran valores que se encuentren fuera del alcance de los prefijos, los mismos deberían expresarse utilizando la unidad básica con potencias de 10. 4.4 Potenciación de las unidades Un exponente agregado a un símbolo con un prefijo indica que el múltiplo o submúltiplo de la unidad (la unidad con su prefijo) se eleva a la potencia expresada por el exponente. Por ejemplo: 1 cm3 = (10-2 m)3 = 10-6 m3 1 ns-1 = (10-9 s)-1 = 109 s-1 1 mm2/s = (10-3 m)2/s = 10-6 m2/s 5. Estilo y utilización 5.1 Reglas de escritura de los símbolos de las unidades 5.1.1 Los símbolos de las unidades deberían imprimirse en tipo redondo (vertical), cualquiera sea la tipografía que se utilice en el resto del texto. 5.1.2 Los símbolos de las unidades no sufren modificación alguna en el plural. 5.1.3 Los símbolos de las unidades no van acompañados por un punto, salvo que se trate de fin de frase. 5.1.4 Los símbolos de unidades que se expresan en letras se escriben en minúsculas (cd), salvo que el nombre de la unidad se haya derivado de un nombre propio, en cuyo caso la primera letra del símbolo va con mayúscula (W, Pa). Los símbolos del prefijo y de la unidad conservan su forma indicada, cualquiera que sea la tipografía empleada en el texto. 5.1.5 En la expresión completa de una magnitud, debería dejarse un espacio entre el valor numérico y el símbolo de la unidad. Por ejemplo, escríbase 35mm, no 35mm, y 2,37lm, no 2,37lm. En otros idiomas, cuando la magnitud posee valor de adjetivo, con frecuencia se intercala un guión, por ejemplo, 35-mm film. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 25 Excepción: No se deja espacio alguno entre el valor numérico y los símbolos que indican grado, minuto y segundo de ángulo plano, ni en los grados Celsius. 5.1.6 No se deja espacio alguno entre el prefijo y los símbolos de la unidad. 5.1.7 Para las unidades deberían emplearse símbolos y no abreviaturas. Por ejemplo, utilícese “A”, y no “amp”, para indicar amperio. 5.2 Reglas para la escritura de los nombres 5.2.1 Los nombres de las unidades no abreviados se escriben como si fueran nombres comunes. Por lo tanto, la primera letra del nombre de una unidad no lleva mayúscula, salvo al comienzo de frase o en un texto escrito totalmente con mayúsculas, por ejemplo un título, aunque el nombre de la unidad se derive de un nombre propio y por lo tanto se represente por un símbolo con mayúscula (véase 5.1.4). Por ejemplo escríbase normalmente “newton” y no “Newton”, aunque el símbolo sea N. 5.2.2 Cuando lo exijan las reglas gramaticales, se utilizarán plurales, los cuales se forman regularmente. Por ejemplo, henrios como plural de henrio. No obstante, existen algunas unidades cuyos nombres son invariables en plural. Ejemplos de ellos son: Singular Plural lux lux hertz hertz siemens siemens 5.2.3 No se deja espacio alguno ni se pone guión entre el prefijo y el nombre de la unidad. 5.3 Unidades formadas por multiplicación y división 5.3.1 Con los nombres de la unidad: Para el producto, utilícese (preferentemente) un espacio, o bien un guión: newton metro o newton-metro. En el caso del vatio hora, puede omitirse el espacio: vatiohora. Para el cociente, utilícese la palabra por y no una barra: metro por segundo no metro/segundo. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 26 En las potencias, utilícese el modificador al cuadrado o al cubo, a continuación del nombre de la unidad: metro por segundo al cuadrado. En el caso de superficie o de volumen, el modificador se coloca después del nombre de la unidad: milímetro cuadrado, metro cúbico. Esta excepción se aplica también a las unidades derivadas en las que se utiliza superficie o volumen: vatio por metro cuadrado. Nota.- En las expresiones complicadas se prefieren los símbolos, en lugar de las palabras, para evitar ambigüedades. 5.3.2 Con símbolos de unidades: El producto puede indicarse de uno de los dos modos siguientes: Nm o N · m para el newton metro. Nota.- Cuando se utilice como prefijo un símbolo que coincida con el símbolo de la unidad, deberían adoptarse precauciones especiales para evitar confusiones. Por ejemplo, la unidad newton metro para indicar el momento de una torsión, debería escribirse Nm o N · m para no confundirla con mN, que es el milinewton. Se exceptúan de esta regla las páginas impresas por computadora, la escritura de la máquina de escribir automática, etc., que no pueden imprimir el punto alto, en cuyo caso puede utilizarse el punto sobre la línea. Para el cociente, utilícese una de las formas siguientes: m/s o m · s-1 . o m . s En ningún caso debería emplearse más de una barra en la misma expresión, salvo que se agreguen paréntesis para evitar ambigüedades. Por ejemplo, escríbase: J/(mol · K) o J · mol-1 · K-1 o (J/mol)/K pero no J/mol/K. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 27 5.3.3 Los símbolos y los nombres de las unidades no deberían mezclarse en la misma expresión. Escríbase: julios por kilogramo o J/kg o J · kg-1 pero no julios/kilogramo ni julios/kg ni julios · kg-1 5.4 Números 5.4.1 El separador decimal preferido es el punto sobre la línea. Nota.- La Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM por siglas en francés) admiten en el Sistema Internacional de Unidades (SI) desde 2003 y la norma ISO 80000 desde 2009 el uso del punto o la coma como signo de separador decimal, los mismos documentos mencionados prefieren e incorporan en sus textos el uso punto. 5.4.2 No ha de utilizarse coma ni punto para separar dígitos. En cambio, deberían separarse los dígitos por grupos de tres, a izquierda y a derecha a partir del punto decimal, dejando un pequeño espacio de separación. El separador decimal preferido es el punto sobre la línea. la Conferencia General de Pesas y Medidas Por ejemplo: 73 655 7 281 2,567 321 0,133 47 El espacio entre grupos debería tener la anchura de la letra “i” aproximadamente y ser constante aunque se utilice un espaciado de anchura variable entre las palabras. 5.4.3 El signo de multiplicación de números es una cruz (×) o un punto a media altura. En otros idiomas, sin embargo, si se utilizara el punto a media altura como signo de multiplicación, no debe utilizarse el punto sobre la línea como signo decimal. 5.4.4 Es incorrecto agregar letras al símbolo de una unidad con el fin de indicar la naturaleza de la magnitud. Por lo tanto, no son aceptables MWe por “megawatios de potencia eléctrica”, ni Vac por “voltios de corriente continua”, ni kJt por “kilojulios de energía térmica”. Por esta razón, no debería intentarse la creación de equivalentes SI de las abreviaturas “psia” y “psig”, que se encuentran con frecuencia en bibliografía inglesa para establecer una distinción entre presión absoluta y presión manométrica. Si del contexto surgieran dudas en cuanto a lo que quiere expresarse, la palabra presión debería utilizarse cuando corresponda. Por ejemplo: “. . . con una presión manométrica de 13 kPa” o “. . . con una presión absoluta de 13 kPa”. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 28 APÉNDICE 3 FACTORES DE CONVERSION 1. Generalidades 1.1. La lista de factores de conversión que figura en este Apéndice se ha establecido para expresar los equivalentes de diferentes unidades de medición como múltiplos numéricos de unidades SI. 1.2. Los factores de conversión se presentan de modo que sea fácil adaptarlos para la presentación visual de computadora y para la transmisión de datos electrónicos. Los factores se escriben como número mayor que la unidad e inferior a 10, con seis decimales o menos. A continuación del número va la letra E (exponente), el signo más o el signo menos y dos dígitos que indican la potencia de 10 por la cual hay que multiplicar el número con el fin de obtener el valor correcto. Por ejemplo: 3,523 907 E – 02 es 3,523 907 × 10-2 ó 0,035 239 07 De un modo análogo, 3,386 389 E + 03 es 3,386 389 × 103 ó 3 386,389 1.3 Un asterisco (*) colocado a continuación del sexto decimal indica que el factor de conversión es exacto y que todos los dígitos siguientes son ceros. Si se indican menos de seis decimales, quiere decir que no se justifica una precisión mayor. 1.4 Otros ejemplos del uso de las tablas: Para convertir a Multiplíquese por libra-fuerza por pie cuadrado Pa 4,788 026 E + 01 pulgada m 2,540 000*E – 02 donde: 1 lbf/pie2 = 47,880 26 Pa 1 pulgada = 0,025 4 m (exactamente) 2. Factores que no figuran en la lista Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 29 2.1 Los factores de conversión de unidades compuestas que no figuran en la tabla pueden deducirse fácilmente de los números indicados en la lista, mediante sustitución de las unidades convertidas, del modo siguiente: Ejemplo: Para hallar el factor de conversión de lb · pies/s a kg · m/s: en primer lugar conviértase 1 libra a 0,453 592 4 kg 1 pie a 0,304 8 m y después sustitúyase: (0,453 592 4 kg) × (0,304 8 m)/s = 0,138 255 kg . m/s Siendo el factor 1,382 55 E – 01. Tabla 3-1. Factores de conversión a unidades SI (Los símbolos de las unidades SI se indican entre paréntesis) Para convertir A Multiplíquese por abamperio amperio (A) 1,000 000 *2 E + 01 abcoulomb coulomb (C) 1,000 000 * E + 01 abfaradio faradio (F) 1,000 000 * E + 09 abhenrio henrio (H) 1,000 000 * E – 09 abmho siemens (S) 1,000 000 * E + 09 abohmio ohmio (Ω) 1,000 000 * E – 09 abvoltio voltio (V) 1,000 000 * E – 08 acre (Estados Unidos, agrimensura) metro cuadrado (m2) 4,046 873 E + 03 amperio hora coulomb (C) 3,600 000 * E + 03 año (calendario) segundo (s) 3,153 600 E + 07 año (sidéreo) segundo (s) 3,155 815 E + 07 año (tropical) segundo (s) 3,155 693 E + 07 año luz metro (m) 9,460 55 E + 15 área metro cuadrado (m2) 1,000 000 * E + 02 atmósfera (tecnológica = 1 kgf/cm2) pascal (Pa) 9,806 650 * E + 04 atmósfera (tipo) pascal (Pa) 1,013 250 * E + 05 bar pascal (Pa) 1,000 000 * E + 05 barril (de petróleo, 42 galones Estados Unidos, líquidos) metro cúbico (m3) 1,589 873 * E – 01 braza metro (m) 1,828 8 E + 00 Btu †3 (Tabla internacional)/h vatio (W) 2,930 711 E – 01 2* Un asterisco (*) colocado a continuación del sexto decimal indica que el factor de conversión es exacto y que todos los dígitos siguientes son ceros. Si se indican menos de seis decimales, quiere decir que no se justifica una precisión mayor. 3† Btu = British thermal unit (unidad térmica británica). Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 30 Btu (termoquímica)/h vatio (W) 2,928 751 E – 01 Btu (termoquímica)/min vatio (W) 1,757 250 E + 01 Btu (termoquímica)/s vatio (W) 1,054 350 E + 03 Btu (Tabla internacional)/h · pie2 · °F (C, coeficiente de transmisión térmica) vatio por metro cuadrado kelvin (W/m2 · K) 5,678 263 E + 00 Btu (termoquímica)/h · pie2 · °F (C, coeficiente de transmisión térmica) vatio por metro cuadrado kelvin (W/m2 · K) 5,674 466 E + 00 Btu (Tabla internacional)/s · pie2 · °F vatio por metro cuadrado kelvin (W/m2 · K) 2,044 175 E + 04 Btu (termoquímica)/s · pie2 · °F vatio por metro cuadrado kelvin (W/m2 · K) 2,042 808 E + 04 Btu (Tabla internacional)/pie2 julio por metro cuadrado (J/m2) 1,135 653 E + 04 Btu (termoquímica)/ pie2 julio por metro cuadrado (J/m2) 1,134 893 E + 04 Btu (termoquímica)/ pie2 · h vatio por metro cuadrado (W/m2) 3,152 481 E + 00 Btu (termoquímica)/ pie2 · min vatio por metro cuadrado (W/m2) 1,891 489 E + 02 Btu (termoquímica)/ pie2 · s vatio por metro cuadrado (W/m22) 1,134 893 E + 04 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 31 Para convertir A Multiplíquese por Btu (Tabla internacional) · pie/h · pie2 · °F (k, conductividad térmica) vatio por metro kelvin (W/m · K) 1,730 735 E + 00 Btu (termoquímica) · pie/h · pie2 · °F (k, conductividad térmica) vatio por metro kelvin (W/m · K) 1,729 577 E + 00 Btu (Tabla internacional) · pulg/h · pie2 · °F (k, conductividad térmica) vatio por metro kelvin (W/m · K) 1,442 279 E – 01 Btu (termoquímica) · pulg/h · pie2 · °F (k, conductividad térmica) vatio por metro kelvin (W/m · K) 1,441 314 E – 01 Btu (Tabla internacional) · pulg/s · pie2 · °F (k, conductividad térmica) vatio por metro kelvin (W/m · K) 5,192 204 E + 02 Btu (termoquímica) · pulg/s · pie2 · °F (k, conductividad térmica) vatio por metro kelvin (W/m · K) 5,188 732 E + 02 Btu (termoquímica)/pulg2 · s vatio por metro cuadrado (W/m2) 1,634 246 E + 06 Btu (Tabla internacional)/lb julio por kilogramo (J/kg) 2,326 000 * E + 03 Btu (termoquímica)/lb julio por kilogramo (J/kg) 2,324 444 E + 03 Btu (Tabla internacional)/lb · °F (c, capacidad térmica) julio por kilogramo kelvin (J/kg · K) 4,186 800 * E + 03 Btu (termoquímica)/lb · °F (c, capacidad térmica) julio por kilogramo kelvin (J/kg · K) 4,184 000 * E + 03 bujía pie lux (lx) 1,076 391 E + 01 caballo de fuerza (550 pies · lbf/s) vatio (W) 7,456 999 E + 02 caballo de fuerza (eléctrico) vatio (W) 7,460 000 * E + 02 caballo de fuerza (hidráulico) vatio (W) 7,460 43 E + 02 caballo de fuerza (métrico) vatio (W) 7,354 99 E + 02 caballo de fuerza (Reino Unido) vatio (W) 7,457 0 E + 02 caída libre (g), normal metro por segundo al cuadrado (m/s2) 9,806 650 * E + 00 calibre (pulgada) metro (m) 2,540 000 * E – 02 cal (termoquímica)/cm2 julio por metro cuadrado (J/m2) 4,184 000 * E + 04 cal (Tabla internacional)/g julio por kilogramo (J/kg) 4,186 800 * E + 03 cal (termoquímica)/g julio por kilogramo (J/kg) 4,184 000 * E + 03 cal (Tabla internacional)/g · °C julio por kilogramo kelvin (J/kg · K) 4,186 800 * E + 03 cal (termoquímica)/g · °C julio por kilogramo kelvin (J/kg · K) 4,184 000 * E + 03 cal (termoquímica)/min vatio (W) 6,973 333 E – 02 cal (termoquímica)/s vatio (W) 4,184 000 * E + 00 cal (termoquímica)/cm2 · min vatio por metro cuadrado (W/m2 ) 6,973 333 E + 02 cal (termoquímica)/cm2 · s vatio por metro cuadrado (W/m2 ) 4,184 000 * E + 04 cal (termoquímica)/cm · s · °C vatio por metro kelvin (W/m · K) 4,184 000 * E + 02 caloría (Tabla internacional) julio (J) 4,186 800 * E + 00 caloría (media) julio (J) 4,190 02 E + 00 caloría (termoquímica) julio (J) 4,184 000 * E + 00 caloría (15°C) julio (J) 4,185 80 E + 00 caloría (20°C) julio (J) 4,181 90 * E + 00 caloría (kilogramo, Tabla internacional) julio (J) 4,186 800 * E + 03 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 32 caloría (kilogramo, media) julio (J) 4,190 02 E + 03 Para convertir A Multiplíquese por caloría (kilogramo, termoquímica) julio (J) 4,184 000 * E + 03 centímetro de mercurio (0°C) pascal (Pa) 1,333 22 E + 03 centímetro de agua (4°C) pascal (Pa) 9,806 38 E + 01 centipoise pascal segundo (Pa · s) 1,000 000 * E – 03 centistokes metro cuadrado por segundo (m2/s) 1,000 000 * E – 06 clo kelvin metro cuadrado por vatio (K · m2/W) 2,003 712 E – 01 copa metro cúbico (m3) 2,365 882 E – 04 cuarto (Estados Unidos, áridos) metro cúbico (m3) 1,101 221 E – 03 cuarto (Estados Unidos, líquidos) metro cúbico (m3) 9,463 529 E – 04 curie becquerel (Bq) 3,700 000 * E + 10 día (solar medio) segundo (s) 8,640 000 E + 04 día (sidéreo) segundo (s) 8,616 409 E + 04 dina newton (N) 1,000 000 * E – 05 dina · cm newton metro (N · m) 1,000 000 * E – 07 dina/cm2 pascal (Pa) 1,000 000 * E – 01 electronvoltio julio (J) 1,602 19 E – 19 EMU [unidad electromagnética] de capacitancia faradio (F) 1,000 000 * E + 09 EMU de corriente amperio (A) 1,000 000 * E + 01 EMU de inductancia henrio (H) 1,000 000 * E – 09 EMU de potencial eléctrico voltio (V) 1,000 000 * E – 08 EMU de resistencia ohmio (Ω) 1,000 00 0* E – 09 ergio julio (J) 1,000 000 * E – 07 ergio/cm2 · s vatio por metro cuadrado (W/m2) 1,000 000 * E – 03 ergio/s vatio (W) 1,000 000 * E – 07 escrúpulo kilogramo (kg) 1,555 174 E – 03 estatoamperio amperio (A) 3,335 640 E – 10 estatocoulomb coulomb (C) 3,335 640 E – 10 estatofaradio faradio (F) 1,112 650 E – 12 Estatohenrio henrio (H) 8,987 554 E + 11 Estatohmio ohmio (Ω) 8,987 554 E + 11 Estatomho siemens (S) 1,112 650 E – 12 Estatovoltio voltio (V) 2,997 925 E + 02 estéreo metro cúbico (m3) 1,000 000 * E + 00 ESU [unidad electrostática] de capacitancia faradio (F) 1,112 650 E – 12 ESU de corriente amperio (A) 3,335 6 E – 10 ESU de inductancia henrio (H) 8,987 554 E + 11 ESU de potencial eléctrico voltio (V) 2,997 9 E + 02 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 33 ESU de resistencia ohmio (Ω) 8,987 554 E + 11 faraday (a base del carbono 12) coulomb (C) 9,648 70 E + 04 Para convertir A Multiplíquese por faraday (físico) coulomb (C) 9,652 19 E + 04 faraday (químico) coulomb (C) 9,649 57 E + 04 fermi (femtometro) metro (m) 1,000 000 * E – 15 fotio lumen por metro cuadrado (lm/m2) 1,000 000 * E + 04 gal metro por segundo al cuadrado (m/s2) 1,000 000 * E – 02 galón (Canadá, líquidos) metro cúbico (m3) 4,546 090 E – 03 galón (Reino Unido, líquidos) metro cúbico (m3) 4,546 092 E – 03 galón (Estados Unidos, áridos) metro cúbico (m3) 4,404 884 E – 03 galón (Estados Unidos, líquidos) metro cúbico (m3) 3,785 412 E – 03 gal (Estados Unidos, líquidos)/día metro cúbico por segundo (m3/s) 4,381 264 E – 08 gal (Estados Unidos, líquidos)/min metro cúbico por segundo (m3/s) 6,309 020 E – 05 gal (Estados Unidos, líquidos)/hp · h (SFC, consumo específico de combustible) metro cúbico por julio (m3/J) 1,410 089 E – 09 gamma tesla (T) 1,000 000 * E – 09 gauss tesla (T) 1,000 000 * E – 04 g/cm3 kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 1,000 000 * E + 03 gilbert amperio (A) 7,957 747 E – 01 grado grado (angular) 9,000 000 * E – 01 grado radián (rad) 1,570 796 E – 02 grado (ángulo) radián (rad) 1,745 329 E – 02 °F · h · pie2/Btu (Tabla internacional) (R, resistencia térmica) kelvin metro cuadrado por vatio (K · m2/W) 1,761 102 E – 01 °F · h · pie2/Btu (termoquímica) (R, resistencia térmica) kelvin metro cuadrado por vatio (K · m2/W) 1,762 280 E – 01 gramo kilogramo (kg) 1,000 000 * E – 03 gramofuerza/cm2 pascal (Pa) 9,806 650 * E + 01 hectárea metro cuadrado (m2) 1,000 000 * E + 04 hora (solar media) segundo (s) 3,600 000 E + 03 hora (sidérea) segundo (s) 3,590 170 E + 03 kgf · m newton metro (N · m) 9,806 650 * E + 00 kgf · s2/m (masa) kilogramo (kg) 9,806 650 * E + 00 kgf/cm2 pascal (Pa) 9,806 650 * E + 04 kgf/m2 pascal (Pa) 9,806 650 * E + 00 kgf/mm2 pascal (Pa) 9,806 650 * E + 06 kilocaloría (Tabla internacional) julio (J) 4,186 800 * E + 03 kilocaloría (media) julio (J) 4,190 02 E + 03 kilocaloría (termoquímica) julio (J) 4,184 000 * E + 03 kilocaloría (termoquímica)/min vatio (W) 6,973 333 E + 01 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 34 kilocaloría (termoquímica)/s vatio (W) 4,184 000 * E + 03 kilogramofuerza (kgf) newton (N) 9,806 650 * E + 00 kilolibra (1 000 lbf) newton (N) 4,448 222 E + 03 Para convertir A Multiplíquese por kilolibra/pulgada2 (ksi) pascal (Pa) 6,894 757 E + 06 kilopondio newton (N) 9,806 650 * E + 00 km/h metro por segundo (m/s) 2,777 778 E – 01 kW · h julio (J) 3,600 000 * E + 06 lambert candela por metro cuadrado (cd/m2) 1/π* E + 04 lambert candela por metro cuadrado (cd/m2) 3,183 099 E + 03 lambertpie candela por metro cuadrado (cd/m2) 3,426 259 E + 00 langley julio por metro cuadrado (J/m2) 4,184 000 * E + 04 lbf/pie newton por metro (N/m) 1,459 390 E + 01 lbf/pie2 pascal (Pa) 4,788 026 E + 01 lbf/pulgada newton por metro (N/m) 1,751 268 E + 02 lbf/pulgada2 (psi) pascal (Pa) 6,894 757 E + 03 lbf/lb[relación empuje/peso (masa)] newton por kilogramo (N/kg) 9,806 650 E + 00 lbf · pie newton metro (N · m) 1,355 818 E + 00 lbf · pie/pulgada newton metro por metro (N · m/m) 5,337 866 E + 01 lbf · pulgada newton metro (N · m) 1,129 848 E – 01 lbf · pulgada/pulgada newton metro por metro (N · m/m) 4,448 222 E + 00 lbf · s/pie2 pascal segundo (Pa · s) 4,788 026 E + 01 lb/pie · h pascal segundo (Pa · s) 4,133 789 E – 04 lb/pie · s pascal segundo (Pa · s) 1,488 164 E + 00 lb/pie2 kilogramo por metro cuadrado (kg/m2) 4,882 428 E + 00 lb/pie3 kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 1,601 846 E + 01 lb/gal (Reino Unido, líquidos) kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 9,977 633 E + 01 lb/gal (Estados Unidos, líquidos) kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 1,198 264 E + 02 lb/h kilogramo por segundo (kg/s) 1,259 979 E – 04 lb/hp · h (SFC, consumo específico de combustible) kilogramo por julio (kg/J) 1,689 659 E – 07 lb/pulgada3 kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 2,767 990 E + 04 lb/min kilogramo por segundo (kg/s) 7,559 873 E – 03 lb/s kilogramo por segundo (kg/s) 4,535 924 E – 01 lb/yarda3 kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 5,932 764 E – 01 lb · pie2 (momento de inercia) kilogramo metro cuadrado (kg · m2) 4,214 011 E – 02 lb · pulgada2 (momento de inercia) kilogramo metro cuadrado (kg · m2) 2,926 397 E – 04 libra (lb avoirdupois) kilogramo (kg) 4,535 924 E – 01 libra (troy o de uso farmacéutico) kilogramo (kg) 3,732 417 E – 01 librafuerza (lbf) newton (N) 4,448 222 E + 00 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 35 litro metro cúbico (m3) 1,000 000 * E – 03 maxwell weber (Wb) 1,000 000 * E – 08 mes (calendario medio) segundo (s) 2,628 000 E + 06 mho siemens (S) 1,000 000 * E + 00 Para convertir A Multiplíquese por micrón metro (m) 1,000 000 * E – 06 micropulgada metro (m) 2,540 000 * E – 08 milésima de pulgada [mil] metro (m) 2,540 000 * E – 05 milésima de pulgada circular [circular mil] metro cuadrado (m2) 5,067 075 E – 10 milibar pascal (Pa) 1,000 000 * E + 02 milímetro de mercurio (0°C) pascal (Pa) 1,333 22 E + 02 milla (Estados Unidos, agrimensura) metro (m) 1,609 347 E + 03 milla (internacional) metro (m) 1,609 344 * E + 03 milla marina (internacional) metro (m) 1,852 000 * E + 03 milla marina (Reino Unido) metro (m) 1,853 184 * E + 03 milla marina (Estados Unidos) metro (m) 1,852 000 * E + 03 milla (terrestre) metro (m) 1,609 3 E + 03 milla2 (internacional) metro cuadrado (m2) 2,589 988 E + 06 milla2 (Estados Unidos, agrimensura) metro cuadrado (m2) 2,589 998 E + 06 milla/h (internacional) metro por segundo (m/s) 4,470 400 * E – 01 milla/h (internacional) kilómetro por hora (km/h) 1,609 344 * E + 00 milla/min (internacional) metro por segundo (m/s) 2,682 240 * E + 01 milla/s (internacional) metro por segundo (m/s) 1,609 344 * E + 03 minuto (ángulo) radián (rad) 2,908 882 E – 04 minuto (solar medio) segundo (s) 6,000 000 E + 01 minuto (sidéreo) segundo (s) 5,983 617 E + 01 nudo (internacional) metro por segundo (m/s) 5,144 444 E – 01 oersted amperio por metro (A/m) 7,957 747 E + 01 ohmio centímetro ohmio metro (Ω · m) 1,000 000 * E – 02 ohmio circularmil por pie ohmio milímetro cuadrado por metro (Ω · mm2/m) 1,662 426 E – 03 onza (avoirdupois) kilogramo (kg) 2,834 952 E – 02 onza (Estados Unidos, líquidos) metro cúbico (m3) 2,957 353 E – 05 onza (Reino Unido, líquidos) metro cúbico (m3) 2,841 307 E – 05 onza (troy o de uso farmacéutico) kilogramo (kg) 3,110 348 E – 02 onzafuerza newton (N) 2,780 139 E – 01 onzafuerza · pulgada newton metro (N · m) 7,061 552 E – 03 onza líquida (Estados Unidos) metro cúbico (m3) 2,957 353 E – 05 oz (avoirdupois)/gal (Reino Unido, líquidos) kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 6,236 021 E + 00 oz (avoirdupois)/gal (Estados Unidos, líquidos) kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 7,489 152 E + 00 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 36 oz (avoirdupois)/pulgada3 kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 1,729 994 E + 03 oz (avoirdupois)/pie2 kilogramo por metro cuadrado (kg/m2) 3,051 517 E – 01 oz (avoirdupois)/yard2 kilogramo por metro cuadrado (kg/m2) 3,390 575 E – 02 parsec metro (m) 3,085 678 E + 16 perm (0°C) kilogramo por pascal segundo metro cuadrado (kg/Pa · s · m2) 5,721 35 E – 11 Para convertir A Multiplíquese por perm (23°C) kilogramo por pascal segundo metro cuadrado (kg/Pa · s · m2) 5,745 25 E – 11 perm · pulgada (0°C) kilogramo por pascal segundo metro (kg/Pa · s · m) 1,453 22 E – 12 perm · pulgada (23°C) kilogramo por pascal segundo metro (kg/Pa · s · m) 1,459 29 E – 12 pie metro (m) 3,048 000 * E – 01 pie (Estados Unidos, agrimensura) metro (m) 3,048 006 E – 01 pie de agua (39,2°F) pascal (Pa) 2,988 98 E + 03 pie2 metro cuadrado (m2) 9,290 304 * E – 02 pie2/h (difusión térmica) metro cuadrado por segundo (m2/s) 2,580 640 * E – 05 pie2/s metro cuadrado por segundo (m2/s) 9,290 304 * E – 02 Pie3 (volumen; módulo de sección) metro cúbico (m3) 2,831 685 E – 02 pie3/min metro cúbico por segundo (m3/s) 4,719 474 E – 04 pie3/s metro cúbico por segundo (m3/s) 2,831 685 E – 02 Pie4 (momento de sección) metro a la cuarta potencia (m4) 8,630 975 E – 03 pie/h metro por segundo (m/s) 8,466 667 E – 05 pie/min metro por segundo (m/s) 5,080 000 * E – 03 pie/s metro por segundo (m/s) 3,048 000 * E – 01 pie/s2 metro por segundo al cuadrado (m/s2) 3,048 000 * E – 01 pie · lbf julio (J) 1,355 818 E + 00 pie · lbf/h vatio (W) 3,766 161 E – 04 pie · lbf/min vatio (W) 2,259 697 E – 02 pie · lbf/s vatio (W) 1,355 818 E + 00 pie · poundal julio (J) 4,214 011 E – 02 pinta (Estados Unidos, áridos) metro cúbico (m3) 5,506 105 E – 04 pinta (Estados Unidos, líquidos) metro cúbico (m3) 4,731 765 E – 04 poise (viscosidad absoluta) pascal segundo (Pa · s) 1,000 000 * E – 01 polo unidad weber (Wb) 1,256 637 E – 07 poundal newton (N) 1,382 550 E – 01 poundal/pie2 pascal (Pa) 1,488 164 E + 00 poundal · s/pie2 pascal segundo (Pa · s) 1,488 164 E + 00 pulgada metro (m) 2,540 000 * E – 02 pulgada de agua (39,2°F) pascal (Pa) 2,490 82 E + 02 pulgada de agua (60°F) pascal (Pa) 2,488 4 E + 02 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 37 pulgada de mercurio (32°F) pascal (Pa) 3,386 38 E + 03 pulgada de mercurio (60°F) pascal (Pa) 3,376 85 E + 03 pulgada2 metro cuadrado (m2 ) 6,451 600 * E – 04 Pulgada3 (volumen; módulo de sección) metro cúbico (m3) 1,638 706 E – 05 Pulgada3/min metro cúbico por segundo (m3/s) 2,731 177 E – 07 Pulgada4 (momento de sección) metro a la cuarta potencia (m4) 4,162 314 E – 07 Para convertir A Multiplíquese por pulgada/s metro por segundo (m/s) 2,540 000 * E – 02 pulgada/s2 metro por segundo al cuadrado (m/s2) 2,540 000 * E – 02 quintal (corto) kilogramo (kg) 4,535 924 E + 01 quintal (largo) kilogramo (kg) 5,080 235 E + 01 rad (dosis de radiación absorbida) gray (Gy) 1,000 000 * E – 02 rem sievert (Sv) 1,000 000 * E – 02 rhe 1 por pascal segundo (1/Pa · s) 1,000 000 * E + 01 roentgen coulomb por kilogramo (C/kg) 2,58 E – 04 segundo (ángulo) radián (rad) 4,848 137 E – 06 segundo (sidéreo) segundo (s) 9,972 696 E – 01 slug kilogramo (kg) 1,459 390 E + 01 slug/pie · s pascal segundo (Pa · s) 4,788 026 E + 01 slug/pie3 kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 5,153 788 E + 02 Stilb candela por metro cuadrado (cd/m2) 1,000 000 * E + 04 stokes (viscosidad cinemática) metro cuadrado por segundo (m2/s) 1,000 000 * E – 04 termia julio (J) 1,055 056 E + 08 tonelada kilogramo (kg) 1,000 000 * E + 03 tonelada (assay) kilogramo (kg) 2,916 667 E – 02 tonelada (corta, 2 000 lb) kilogramo (kg) 9,071 847 E + 02 tonelada (equivalente nuclear de TNT) julio (J) 4,184 E + 09 tonelada (larga, 2 240 lb) kilogramo (kg) 1,016 047 E + 03 tonelada (métrica) kilogramo (kg) 1,000 000 * E + 03 tonelada (refrigeración) vatio (W) 3,516 800 E + 03 tonelada (de registro) metro cúbico (m3) 2,831 685 E + 00 tonelada (larga)/yarda3 kilogramo por metro cúbico (kg/m3) 1,328 939 E + 03 tonelada (corta)/h kilogramo por segundo (kg/s) 2,519 958 E – 01 toneladafuerza (2 000 lbf) newton (N) 8,896 444 E + 03 torr (mm Hg, 0°C) pascal (Pa) 1,333 22 E + 02 unidad térmica británica (Btu) (Tabla internacional) julio (J) 1,055 056 E + 03 unidad térmica británica (Btu) (media) julio (J) 1,055 87 E + 03 unidad térmica británica (Btu) (termoquímica) julio (J) 1,054 350 E + 03 Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 38 unidad térmica británica (Btu) (39°F) julio (J) 1,059 67 E + 03 unidad térmica británica (Btu) (59°F) julio (J) 1,054 80 E + 03 unidad térmica británica (Btu) (60°F) julio (J) 1,054 68 E + 0 W · h julio (J) 3,600 000 * E + 03 W · s julio (J) 1,000 000 * E + 00 W/cm2 vatio por metro cuadrado (W/m2) 1,000 000 * E + 04 W/pulgada2 vatio por metro cuadrado (W/m2) 1,550 003 E + 03 Para convertir A Multiplíquese por yarda metro (m) 9,144 000 * E – 01 yarda2 metro cuadrado (m2) 8,361 274 E – 01 yarda3 metro cúbico (m3) 7,645 549 E – 01 yarda3/min metro cúbico por segundo (m3/s) 1,274 258 E – 02 Tabla 3-2. Fórmulas de conversión de temperatura Para convertir A Multiplíquese por Temperatura Celsius (tºC) Temperatura Kelvin (tK) tK = tºC + 273,15 Temperatura Fahrenheit (tºF) Temperatura Celsius (tºC) tºC = (tºF − 32)/1,8 Temperatura Fahrenheit (tºF) Temperatura Kelvin (tK) tK = (tºF + 459,67)/1,8 Temperatura Kelvin (tK) Temperatura Celsius (tºC) tºC = tK − 273,15 Temperatura Rankine (tºR) Temperatura Kelvin (tK) tK = tºR/1,8 APENDICE 4 TIEMPO UNIVERSAL COORDINADO El Tiempo Universal Coordinado (UTC), ha sustituido la Hora Media de Greenwich (GMT) como norma internacional aceptada para fijar la hora. Es la base en muchos Estados para fijar la hora civil y se utiliza también en todo el mundo para las radiodifusiones de señales horarias empleadas en la aviación. Organismos como la Conferencia General sobre Pesas y Medidas (CGPM), el Comité Consultivo Internacional de Radiocomunicaciones (CCIR) y la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones (WARC) recomiendan el empleo del UTC. Toda medición del tiempo se basa en la duración de la rotación aparente del sol. Sin embargo, esta es una cantidad variable que depende, entre otras cosas, de donde se haga la medición en la tierra. El valor medio de esa duración, basado en las mediciones hechas en varios lugares de la tierra, se conoce como Tiempo Universal. Existe una escala de tiempo diferente, basada en la definición del segundo y conocida con el nombre de Tiempo Atómico Internacional (TAI). La combinación de estas dos escalas da como resultado el Tiempo Universal Coordinado (UTC), el cual consiste en el TAI ajustado en la medida necesaria mediante segundos intercalados hasta obtener una buena aproximación (siempre inferior a 0,5 segundos) al Tiempo Universal. ” Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 39 Nota.- La conversión de la hora en Tiempo Universal Coordinado a Hora Local Colombiana, corresponde a UTC – 05:00. APENDICE 5 PRESENTACIÓN DE LA FECHA Y LA HORA EN FORMA EXCLUSIVAMENTE NUMÉRICA 1. Introducción. En las Normas 2014 y 3307 de la Organización Internacional de Normalización (ISO), se describen en detalle los procedimientos para escribir la fecha y la hora en forma exclusivamente numérica y, en adelante, la OACI empleará dichos procedimientos en sus documentos cuando lo considere apropiado. 2. Presentación de la fecha. 2.1. Cuando las fechas se presentan en forma exclusivamente numérica, el orden a seguir será año-mes-día. Los demás elementos que constituyen la fecha deberían ser: — cuatro cifras para representar el año; no obstante, pueden omitirse las cifras que corresponden al “siglo” cuando no haya posibilidad de confusión. Al utilizar estas dos cifras queda claro que se está empleando la nueva secuencia de los elementos de la fecha; — Dos cifras para representar el mes; — Dos cifras para representar el día. 2.2. Cuando se considere necesario separar los elementos para facilitar la comprensión visual, la única separación que se debe emplear es un espacio o un guión. Por ejemplo, el 25 de agosto de 1983 puede escribirse de la siguiente manera: 19830825 ó 830825 ó 1983-08-25 ó 83-08-25 ó 1983 08 25 ó 83 08 25 2.3 La secuencia ISO se debe utilizar solamente cuando se emplee una presentación totalmente numérica. Las presentaciones que emplean una combinación de cifras y palabras se pueden seguir utilizando si resulta necesario (por ejemplo, 25 de agosto de 1983). 3. Presentación de la hora 3.1. Cuando la hora del día se haya de escribir en forma exclusivamente numérica, la secuencia debe ser la de horas-minutos-segundos. Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil Secretaría de Autoridad Aeronáutica - Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos REGLAMENTOS AERONÁUTICOS DE COLOMBIA _______________________________________________________________________________ RAC 205 Ir al ÍNDICE 40 3.2. Dentro del sistema horario de 24 horas, la hora debe representarse por medio de dos cifras que se extienden del 00 al 23, y éstas pueden ir seguidas de, o bien una fracción decimal de la hora o bien el número de minutos y segundos. Cuando la presentación de la hora se haga mediante un número decimal, se debe emplear un elemento separador decimal normal, seguido del número de cifras necesarias para facilitar la exactitud requerida. 3.3. De igual modo, los minutos deben representarse por medio de dos cifras del 00 al 59, seguidas de una fracción decimal de minuto o el número de segundos. 3.4. Los segundos deben representarse por medio de dos cifras del 00 al 59, seguidos, de ser necesario, de una fracción decimal de segundo. 3.5. Cuando sea necesario facilitar la comprensión visual deberían emplearse dos puntos para separar las horas de los minutos y los minutos de los segundos. Por ejemplo, las 3 horas 20 minutos y 18 segundos de la tarde podrían expresarse de la siguiente forma: 152018 ó 15:20:18 en horas, minutos y segundos ó 1520.3 ó 15:20.3 en horas, minutos y fracción decimal de un minuto ó 15.338 en horas y fracción decimal de una hora. 4. Grupos de fecha y hora combinados. Esta clase de presentación ofrece un método uniforme de escribir la fecha y la hora juntos, cuando esto sea necesario. En tales casos, el orden de los elementos es el de año-mes-día- horas-minutos-segundos. No siempre es necesario emplear todos los elementos. Por ejemplo, típicamente se podrían usar solamente los elementos día-horas- minutos